Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 01 de julio de 2024

Provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Tercero. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 179/2024.
Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo; Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave y Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 06/06/2024
N de Expediente: 4-108.1-2022
Ente u Organismo: Municipalidad de San Fernando - Consorcio Parque Náutico S.A. SAPEM
Ejercicio: 2022
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar lo actuado por la MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO - CONSORCIO PARQUE
NÁUTICO S.A. S.A.P.E.M.; ejercicio 2022 con relación a los estados contables auditados, con estricta sujeción a los elementos auditados detallados en el Resultando XII, y a los requerimientos documentales exigidos por la Relatoría, y con los alcances que en cada considerando se exponen.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de los incumplimientos abordados en el Considerando Segundo apartado a.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo, apartados b, c y d y en base a la determinación realizada en el Considerando Cuarto, disponer la aplicación de una AMONESTACIÓN al Presidente del Directorio Sr. Santiago RÍOS Artículo 16 de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: En las condiciones manifestadas en el Considerando Tercero, apartados a, b, c y d, dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores, comunicando su cese a los Sres. Santiago RÍOS, Luis Antonio FREITAS y Carlos Alberto TRAVERSO.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a los Sres. Santiago RÍOS, Luis Antonio FREITAS y Carlos Alberto TRAVERSO, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos, haciéndoseles saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley N 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar constancia que el examen de cuentas por parte del H. Tribunal de Cuentas, no implica liberación de otras responsabilidades para los titulares y autoridades de la Sociedad respecto de aspectos controlados por otros organismos que pudieran afectar los derechos y obligaciones de la Municipalidad de San Fernando a partir de su participación societaria.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente Resolución al Consorcio Parque Náutico San Fernando S.A. S.A.P.E.M.; a la Municipalidad de San Fernando y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de diez fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Quinto. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 413/2024.
Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Gustavo Eduardo Diez, Juan Pablo Peredo, Federico Gastón Thea. Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión.
Fecha de Acuerdo: 06/06/2024.
N de Expediente: 4-090.0-2018.
Ente u Organismo: Municipalidad de Puán.
Ejercicio: 2018.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando primero, mantener el llamado de atención que fuera impuesto al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Carlos Lisandro Koller a través del artículo cuarto, considerando noveno del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, mantener la multa de $50.000,00 que fuera al Intendente Municipal Facundo David Castelli a través del artículo cuarto, considerando noveno del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando tercero mantener la multa de $35.000,00 que fuera dispuesta por el artículo cuarto, considerando noveno del fallo de las cuentas del ejercicio 2018, por la que se responsabilizara al Contador Municipal y responsable del Sistema de Presupuesto Fernando Andrés Merkel Riera artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto mantener la multa de $11.000,00 que fuera dispuesta por el artículo cuarto, considerando noveno del fallo de las cuentas del ejercicio 2018, por la que se responsabilizara a la Tesorera Municipal María Laura Vicente artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto, mantener el cargo de $341.841,31 que fuera dispuesto por el artículo quinto, considerando sexto, apartado 6.1 del fallo de las cuentas del ejercicio 2018, por el
SECCIÓN OFICIAL > página 80

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date01/07/2024

Page count145

Edition count3407

Première édition02/07/2010

Dernière édition08/07/2024

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