Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 01 de julio de 2024

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente sentencia al Relator de la Vocalía Municipalidades A, a la Municipalidad de La Matanza, a la Municipalidad de La Matanza - Centro Ambiental de Reconversión Energética y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO SEXTO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de seis fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo Tercero. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 403/2024.
Ariel Héctor Pietronave, Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo, Gustavo Eduardo Diez y Federico Gastón Thea. Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 06/06/2024
N de Expediente: 4-219.0-2017
Ente u Organismo: Municipalidad de Hurlingham Ejercicio: 2017
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando primero, mantener la multa de $25.000,00 que fuera impuesta al Director de Personal Guillermo Righini, a través del artículo tercero, considerando décimo del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, mantener la multa de $10.000,00 que fuera impuesta al Tesorero Municipal Ernesto Gustavo Salcedo Souto, a través del artículo tercero, considerando décimo del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando tercero, mantener la multa de $50.000,00 que fuera impuesta al Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta, a través del artículo tercero, considerando décimo del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto, modificar el cargo de $1.455.158,74 que fuera dispuesto por el artículo cuarto, considerando tercero, apartado 2, inciso 1, subinciso 1 del fallo de las cuentas del ejercicio 2017, dejándolo sin efecto hasta la suma de $551.265,54 por el que se responsabilizara al Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez en solidaridad con el Tesorero Municipal Alejandro Torres, manteniéndolo por la suma de $903.893,20 por el que responderá el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez en solidaridad con el Tesorero Municipal Alejandro Torres artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto, mantener el cargo de $70,58 que fuera dispuesto por el artículo quinto, considerando tercero, apartado 2, inciso 16, subinciso 2 del fallo de las cuentas del ejercicio 2017, por el que responderá el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez en solidaridad con el Tesorero Municipal Alejandro Torres artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando sexto, mantener el cargo de $265.044,16 que fuera dispuesto por el artículo sexto, considerando octavo, apartado 4 del fallo de las cuentas del ejercicio 2017, por el que responderá por la suma de $ 130.058,08 el Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta en solidaridad con el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez y por la suma de $134.986,08 el Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta en solidaridad con el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez y con el Tesorero Municipal Gastón Raúl Renedo artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Por los fundamentos expuestos en el considerando séptimo, mantener el cargo de $349.876,71 que fuera dispuesto por el artículo séptimo, considerando octavo, apartado 6 del fallo de las cuentas del ejercicio 2017, por el que responderá por la suma de $233.994,52 el Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta en solidaridad con el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez, con el Secretario de Infraestructura Urbana Luis Ángel Pereyra y con el Tesorero Municipal Gastón Raúl Renedo y por la suma de $115.882,19 el Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta en solidaridad con el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez y con el Secretario de Infraestructura Urbana Luis Ángel Pereyra artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Por los fundamentos expuestos en el considerando octavo, mantener el cargo de $3.776.447,69 que fuera dispuesto por el artículo octavo, considerando octavo, apartado 9 del fallo de las cuentas del ejercicio 2017, por el que responderá por la suma de $3.522.902,14 el Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta en solidaridad con el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez y con el Secretario de Seguridad Damián Alejandro Feu y por la suma de $
253.545,55 el Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta en solidaridad con el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez, con el Secretario de Seguridad Damián Alejandro Feu y con el Tesorero Municipal Gastón Raúl Renedo artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Por los fundamentos expuestos en el considerando noveno, dejar sin efecto el cargo de $156.569,56
que fuera dispuesto por el artículo noveno, considerando octavo, apartado 10, del fallo de las cuentas del ejercicio 2017, por el que se responsabilizara al Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta en solidaridad con el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez, con la Directora de Compras Graciela Rosana Hernández y con el Secretario de Seguridad Damián Alejandro Feu artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Por los fundamentos expuestos en el considerando décimo, liberar de responsabilidad por la suma de $939.681,46 al Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta, al Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez, al Secretario de Obras Públicas Gustavo Jorge Linares y al Secretario de Infraestructura Urbana Luis Ángel Pereyra, manteniendo el cargo de $943.701,77 formulado a través del artículo décimo, considerando octavo, apartado 12 del fallo recurrido, por el que responderá por la suma de $4.020,31 el Intendente Municipal Juan Horacio Zabaleta en solidaridad con el Contador Municipal Marcelo Gabriel Rodríguez, con el Secretario de Obras Públicas Gustavo Jorge Linares, con el
SECCIÓN OFICIAL > página 78

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date01/07/2024

Page count145

Edition count3404

Première édition02/07/2010

Dernière édition03/07/2024

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