Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/06/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 26 de junio de 2024

Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 940/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Domingo 23 de Junio de 2024
VISTO el expediente EX-2024-13115973-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, mediante el cual se propicia implementar el régimen provincial de tarifa social de energía eléctrica para los/as usuarios/as beneficiarios/as de la provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 11.769 y sus modificatorias Texto ordenado por Decreto Nº 1868/04 estableció el Marco Regulatorio Eléctrico de la provincia de Buenos Aires;
Que el artículo 3 de la citada Ley dispone que la Provincia ajustará su política en materia de energía eléctrica a diversos objetivos, en particular, a proteger los derechos de los usuarios de conformidad con las disposiciones constitucionales y normativas vigentes;
Que su artículo 40 establece que el régimen tarifario del servicio público de energía eléctrica incluirá una tarifa de interés social para ser aplicada a aquellos usuarios residenciales con escasos recursos económicos;
Que conforme los términos del Consenso Fiscal 2018, aprobado por la Ley Nacional Nº 27.469 y por la Ley Provincial Nº 15.079, se previó que en el marco de la reducción de subsidios nacionales destinados a servicios públicos cada jurisdicción defina la tarifa eléctrica diferencial, en función de las condiciones socioeconómicas de los/as usuarios/as residenciales;
Que, en consecuencia, a partir del 1 de enero de 2019, de conformidad con el artículo 103 y concordantes de la Ley N
15.078, de Presupuesto General Provincial para el Ejercicio 2019, la provincia de Buenos Aires asumió el costo de la Tarifa Social Eléctrica, para la totalidad de los/as usuarios/as bonaerenses, incluyendo a aquellos/as ubicados/as en las áreas concesionadas a la Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte Sociedad Anónima EDENOR S.A. y a la Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima EDESUR S.A. en territorio provincial;
Que, en ese sentido, se definió que, hasta tanto se determine el régimen provincial de la tarifa social, se continúe en el territorio provincial con el sistema y mecanismo de instrumentación determinados por el Estado Nacional, vigente al 31 de diciembre de 2018, implementado por las Resoluciones del entonces Ministerio de Energía y Minería Nº 6/2016, N 7/2016, por las Resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Energía ENRE Nº 602/2017, Nº 603/2017 y sus modificatorias Nº 207/2018 y Nº 208/2018, con excepción de lo referente al Plan Estímulo;
Que, consecuentemente, a partir del 1 de enero de 2019, se mantuvo la aplicación del régimen de tarifa social establecido por la Resolución Nº 6/2016 del entonces Ministerio de Energía y Minería para los/as usuarios/as radicados/as en todo el territorio provincial, independientemente de la jurisdicción bajo la cual se encontrara la distribuidora del servicio eléctrico, y se sostuvieron los criterios de elegibilidad establecidos por la Resolución Nº 219 E/2016 del citado Ministerio, sobre la base de la información disponible en el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, organismo actuante en el ámbito del entonces Ministerio de Desarrollo Social, actual Ministerio de Capital Humano de la Nación;
Que, por otra parte, la Ley N 15.480, sancionada el 28 de diciembre de 2023, prorrogó hasta el 31 de marzo de 2025, entre otras, la emergencia económica y energética en el ámbito de la provincia de Buenos Aires;
Que, en dicha inteligencia, por el artículo 16 de la citada Ley Nº 15.480 se autorizó al Poder Ejecutivo a modificar la metodología, criterios de inclusión y/o exclusión, así como los topes en el pago en la bonificación de la Tarifa Social de Energía Eléctrica a cargo de la Provincia, aplicable a aquellos/as usuarios/as que carecen de capacidad de pago suficiente para hacer frente a los precios establecidos con carácter general, incluyendo a los medidores comunitarios;
Que, en virtud de los argumentos expuestos y de conformidad con las disposiciones y atribuciones comprendidas en el Consenso Fiscal 2018, aprobado por el artículo 144 de la Ley N 15.079, y en el artículo 16 de la Ley N 15.480, se estima
SECCIÓN OFICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/06/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date26/06/2024

Page count172

Edition count3402

Première édition02/07/2010

Dernière édition01/07/2024

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