Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 10 de junio de 2024

a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H.
Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Encomendar a la Delegación Zonal el seguimiento de las Reservas dispuestas en el Artículo Cuarto y Considerando Décimo apartado 1, como así también de los temas tratados en el Considerando Décimo apartados 3
inciso e y 5 inciso d, de la presente Resolución.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar al Ministerio de Hacienda y Finanzas lo tratado en el Considerando Séptimo inciso 3 de la presente Resolución ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia al Relator de la Vocalía Municipalidades A, a la Municipalidad de De La Costa y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de ciento noventa y nueve fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo Sexto. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 213/2024.
Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo; Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 23/05/2024
N de Expediente: 4-066.0-2016
Ente u Organismo: Municipalidad de Lobería Ejercicio: 2016
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando PRIMERO mantener la Amonestación aplicada conforme Artículo Tercero, Considerando Sexto de la Sentencia recurrida a María Soledad MARCOS Artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo, mantener la Multa aplicada conforme Artículo Cuarto, Considerando Sexto de la Sentencia recurrida de: $30.000,00 a María Magdalena DE NOIA, $7.800,00 a Fermín EDER, $7.500,00 a Héctor Mario HARDOY, $15.000,00 a Pedro Miguel MARCO y de $8.000,00 a Martín Andrés SAN ANTÓN. Asimismo, proceder a reducir la Multa de: $43.000,00 aplicada a Juan José FIORAMONTI, manteniéndola en la suma de $42.500,00y $7.000,00 aplicada a Mario Alberto TERUGGI, manteniéndola en la suma de $6.500,00 Artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Tercero, dejar sin efecto el Cargo de $4.274,09
por el que debía responder el Intendente, Juan José FIORAMONTI en solidaridad con la Contadora, María Magdalena DE
NOIA, conforme el Artículo Quinto, Considerando Cuarto, Inciso 3 de la Sentencia recurrida artículo 39 de la Ley Nº 10869
y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Cuarto, dejar sin efecto el Cargo de $6.610.443,13, por el que se responsabilizara por $4.003.729,73 al Intendente, Juan José FIORAMONTI en solidaridad con la Contadora, María Magdalena DE NOIA y por $2.606.713,40 al Intendente, Juan José FIORAMONTI en solidaridad con la Contadora, María Magdalena DE NOIA y con el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Pedro Miguel MARCO, conforme el Artículo Sexto, Considerando Cuarto, Inciso 4 de la Sentencia recurrida artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Quinto, dejar sin efecto el Cargo de $301.100,87
por el que se responsabilizara al Intendente, Juan José FIORAMONTI en solidaridad con la Contadora, María Magdalena DE NOIA, conforme el Artículo Séptimo, Considerando Cuarto, Inciso 5 de la Sentencia recurrida artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Sexto, dejar sin efecto el Cargo de $2.505.952,87
por el que se responsabilizara a la Tesorera, María Soledad MARCOS, conforme el Artículo Octavo, Considerando Quinto, Inciso 2 de la Sentencia recurrida artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Juan José FIORAMONTI, Pedro Miguel MARCO, Mario Alberto TERUGGI, Martín Andrés SAN ANTÓN, Fermín EDER, María Magdalena DE NOIA y María Soledad MARCOS, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarle a los alcanzados por la sanción pecuniaria, plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1865/4 Multa-CBU 0140999801200000186543 a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas - CUIT 30-66570882-5, debiendo comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobantes que así lo acrediten. Asimismo, y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de la causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Héctor Mario HARDOY lo dispuesto en el Artículo Segundo y que atento a lo señalado en el Considerando Séptimo parte pertinente, no corresponde disponer el depósito de la misma.

SECCIÓN OFICIAL > página 77

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date10/06/2024

Page count146

Edition count3406

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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