Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/05/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 21 de mayo de 2024

CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública inició el proceso de Redeterminación de Precios de la obra: Programa CAPS - Grupo 9.1 - CAPS Favaloro, CAPS Pueblo de la Paz y CAPS Néstor Kirchner - San Vicente, partido de San Vicente - Licitación Pública Nº 155/2021, conforme lo establecido por el Decreto N 290/21 y modificatorias;
Que, la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública ha procedido a la revisión de los cálculos, considerándose los factores de ajuste aplicados al certificado, emitiendo el informe técnico correspondiente;
Que, la Dirección Provincial de Arquitectura y la empresa ZETRA S.A. suscribieron con fecha 24 de abril de 2024, ad referéndum de la aprobación del Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios en los términos del artículo 23 del Anexo I de la RESO-2021-943-GDEBAMIYSPGP;
Que las partes aceptan los precios redeterminados a valores de agosto de 2022 a enero de 2023 que constan como Anexo I;
Que, en lo que respecta a las variaciones que surgen por ajuste de precios sobre el anticipo financiero y la obra básica ejecutada, todos los factores de ajuste aplicados a cada certificado se establecen de acuerdo al detalle del Anexo I y a lo acordado en el Acta Acuerdo suscripta;
Que las partes acuerdan que al momento de efectuar la liquidación y pago de los montos reconocidos en la mencionada Acta Acuerdo deberá procederse a descontar el importe abonado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en concepto de ajuste provisorio en los certificados N 6 a 11 correspondientes a los meses de agosto de 2022, septiembre de 2022, octubre de 2022, noviembre de 2022, diciembre de 2022 y enero de 2023, dando por finalizado a partir de dicho mes el proceso de ajuste provisorio;
Que, en virtud de lo expuesto en el considerando anterior, corresponde detraer la suma total de pesos veintinueve millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y siete con cuarenta y tres centavos $29.489.147,43 abonada en concepto de ajuste provisorio;
Que, se deja constancia, que en concepto de la presente redeterminación se le reconocerá a la contratista la suma de pesos treinta y cinco millones doscientos ochenta y tres mil novecientos ochenta y seis con noventa y ocho centavos $35.283.986,98 en el mismo período y que, efectuado el correspondiente balance, surge una diferencia a favor del contratista a ser certificada por la suma de pesos cinco millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta y nueve con cincuenta y cinco centavos $5.794.839,55 cuyo detalle se observa en Anexo I, a la que adicionando las sumas de pesos cincuenta y siete mil novecientos cuarenta y ocho con treinta y nueve centavos $57.948,39, del 1 % para dirección e inspección, de pesos cincuenta y siete mil novecientos cuarenta y ocho con treinta y nueve centavos $57.948,39 del 1 % para embellecimiento y de pesos ciento setenta y tres mil ochocientos cuarenta y cinco con dieciocho centavos $173.845,18 para la reserva del 3 % establecida en la Ley N 14.052, modificatoria del artículo 8 de la Ley N
6.021, alcanza un total de pesos seis millones ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y uno con cincuenta y un centavos $6.084.581,51;
Que la Contratista renuncia a todo reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del proceso de redeterminación, en los términos del artículo 19 del Anexo I de la RESO2021-943-GDEBA-MIYSPGP, como asimismo se compromete a cumplir el plan de trabajos y curva de inversión correspondiente a la obra faltante de ejecución;
Que la Dirección de Presupuesto realizó la imputación preventiva del gasto;
Que la Dirección Provincial de Arquitectura propicia la presente gestión;
Que la Subsecretaría de Recursos Hídricos presta expresa conformidad a la presente gestión, según lo establecido en la RESO-2024-318-GDEBA-MIYSPGP;
Que han tomado la intervención de su competencia la Delegación de la Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 27 de la Ley N 15.477, en el marco de lo establecido por el Decreto N 290/21 y modificatorias, reglamentado por RESO-2021-943-GDEBA-MIYSPGP y modificatorias;
Por ello, EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar el Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios y su Anexo, suscripta entre la Dirección Provincial de Arquitectura y la empresa ZETRA S.A. contratista de la obra: Programa CAPS - Grupo 9.1 - CAPS Favaloro, CAPS Pueblo de la Paz y CAPS Néstor Kirchner - San Vicente, partido de San Vicente - Licitación Pública Nº 115/2021 que agregados como IF-2024-14052787-GDEBA-DPAMIYSPGP e IF-2023-48423855-GDEBA-DPRPOPMIYSPGP e IF2024-11473690-GDEBA-DPAMIYSPGP, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2. Determinar que la gestión aprobada por el artículo 1 asciende a la suma de pesos treinta y cinco millones doscientos ochenta y tres mil novecientos ochenta y seis con noventa y ocho centavos $35.283.986,98 en el mismo período y que, efectuado el correspondiente balance, surge una diferencia a favor del contratista a ser certificada por la suma de pesos cinco millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta y nueve con cincuenta y cinco centavos $5.794.839,55 cuyo detalle se observa en Anexo I, a la que adicionando las sumas de pesos cincuenta y siete mil novecientos cuarenta y ocho con treinta y nueve centavos $57.948,39, del 1 % para dirección e inspección, de pesos cincuenta y siete mil novecientos cuarenta y ocho con treinta y nueve centavos $57.948,39 del 1 % para embellecimiento y de pesos ciento setenta y tres mil ochocientos cuarenta y cinco con dieciocho centavos $173.845,18 para la reserva del 3 % establecida en la Ley N 14.052, modificatoria del artículo 8 de la Ley N 6.021, alcanza un total de pesos seis millones ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y uno con cincuenta y un centavos $6.084.581,51;
ARTÍCULO 3. La presente gestión será atendida con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2023
Ley N 15.394 - Prorrogado para el ejercicio 2024 por Decreto N 12/2024 - JU 14 - PR 8 - SP 1 - PY 12586 - OB 85 - IN 5 -

SECCIÓN OFICIAL > página 9

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/05/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date21/05/2024

Page count124

Edition count3424

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/08/2024

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