Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 15 de marzo de 2024

importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4 multapesosCBU
01400999801200000186543 a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten, dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38º de la Ley N 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Dejar constancia que el examen de cuentas por parte del Honorable Tribunal de Cuentas, no implica liberación de otras responsabilidades para los titulares y autoridades de la sociedad respecto de aspectos controlados por otros organismos que pudieran afectar los derechos y obligaciones de la Municipalidad de Bahía Blanca a partir de su participación societaria.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente, al Relator de la Vocalía Municipalidades A, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Bahía Blanca y a la Municipalidad de Bahía Blanca - Bahía Transporte SAPEM.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de veintitrés fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo Cuarto. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 740/2023.
Ariel Héctor Pietronave, Daniel Carlos Chillo, Gustavo Eduardo Diez, Juan Pablo Peredo y Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 29/02/2024
N de Expediente: 4-056.0-2022
Ente u Organismo: Municipalidad de Guaminí Ejercicio: 2022
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la MUNICIPALIDAD DE GUAMINÍ ejercicio 2022, acorde a lo expresado en el Considerando noveno.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances de las cuestiones tratadas en el Considerando segundo acápite 4.
ARTÍCULO TERCERO: Disponer que la Delegación actuante retome las cuestiones a que se refieren los considerandos segundo apartado 8 y tercero acápite 1.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos reseñados en los Considerandos segundo, tercero y sexto y en base a la determinación efectuada en el Considerando octavo aplicar multas de $300.000,00 al Intendente Municipal Sr. José Augusto Nobre Ferreira, de $100.000,00 a la Contadora Municipal Sra. Marilina Varela y sendas amonestaciones al Secretario de Hacienda y Responsable del Sistema de Presupuesto Sr. Juan Cruz Pirosanto, a la Tesorera Municipal Sra. Marisol Masiero, a la Intendente Municipal Interina Sra. María Laura Rafael, al Intendente Municipal Interino Sr. Sergio Leonardo Cazzulo y a la Responsable del Sistema de Administración de Bienes Físicos Sra. Julieta Marcos Artículo 16 de la Ley nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto, disponer la formulación de cargo por la suma de $390.000,00 por el que deberán responder solidariamente el Intendente Municipal Sr. José Augusto Nobre Ferreira y la Contadora Municipal Sra. Marilina Varela artículo 16 inciso 3 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar sin efecto la reserva del ejercicio anterior tratada en el considerando séptimo, notificando de tal circunstancia al Intendente Municipal Sr. José Augusto Nobre Ferreira, a la Contadora Municipal Sra. Marilina Varela y a la Tesorera Municipal Sra. Marisol Masiero.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a los Sres. y Sras. José Augusto NOBRE FERREIRA, Marilina VARELA, Juan Cruz PIROSANTO, Marisol MASIERO, María Laura RAFAEL, Sergio Leonardo CAZZULO y Julieta MARCOS de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas Pesos - CBU 0140999801200000186543 y Nº 108/9
cargos Pesos CBU 0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Guaminí, y al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo manifestado en el considerando cuarto.

SECCIÓN OFICIAL > página 59

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date15/03/2024

Page count121

Edition count3423

Première édition02/07/2010

Dernière édition02/08/2024

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