Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/03/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 01 de marzo de 2024

con 24 años desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación.
Que posteriormente, se acompaña Código Jubilatorio emitido por la ex empleadora a los efectos del pase a definitivo.
A raíz de todo ello, se dicta la Resolución N 860.999/17, que acuerda el beneficio de jubilación ordinaria a partir del 1 de abril de 2011, en base al 70 % del sueldo bonificaciones asignadas al cargo de Maestra de Grado y al 51 % de Maestra de Grado, ambos con 24 años desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación.
A consecuencia de ello, tomó debida intervención el Sector Gestión y Recupero de Deudas y se liquidó el respectivo cargo deudor por los haberes abonados indebidamente por el periodo 01/04/2011 al 30/12/2017, el que asciende a la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 06/100 $177.377,06.
Y se dictó el acto administrativo N 955.804 de fecha 25 de agosto de 2021, que declaro legitimo el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente y dispone afectar los haberes previsionales a los fines de cancelar el mismo.
Que se ha cursado notificación a la beneficiaria de la deuda liquidada, de manera infructuosa en virtud de haber acaecido su fallecimiento, en fecha 10/07/2021.
Que en la instancia corresponde revocar, a tenor de lo dispuesto por el art. 114 del Decreto Ley 7647/70 y en todos sus términos el acto de marras y establecer la forma del recupero de dichas sumas.
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Revocar la resolución N 955.804 de fecha 25 de agosto de 2021, a contrario sensu de lo normado en el artículo 114 del Decreto-Ley 7647/70, atento haberse producido el fallecimiento de la titular, SILVIA MABEL VIDAL, con anterioridad al dictado de la misma y los argumentos vertidos precedentemente.
ARTÍCULO 2º. Declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos el cual asciende a la suma de PESOS CIENTO
SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 06/100 $177.377,06 por haberes indebidamente abonados a SILVIA MABEL VIDAL, por el período comprendido entre el 01/04/2011 al 30/12/2017, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80 y argumentos vertidos precedentemente.
ARTÍCULO 3º. El Departamento Control Legal deberá verificar la existencia de proceso sucesorio abierto en cabeza de la causante de autos, a los fines de intimar al pago a los derecho-habientes, de la deuda liquidada en el art. 2o. Para el supuesto de que no haya sucesorio abierto, a fin de posibilitar la notificación del pertinente título ejecutivo, se deja constancia de la publicación de edictos realizada, de conformidad con el art. 66 del DecretoLey 7647/70, ARTÍCULO 4º. Registrar. Pasar las actuaciones al Departamento Notificaciones de la Subdirección Técnica y Administrativa / Dirección Administrativa Técnica y Legal. Cumplido, dar el trámite que por derecho corresponda.
Oportunamente archivar.
Dirección Administrativa. Técnica y Legal - Departamento Relatoria.
Marina Moretti, Presidente.
POR 1 DÍA - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el Expediente Nº 21557-401261-17, la Resolución Nº 22.889, de fecha 31 de enero de 2024.
RESOLUCIÓN Nº 22.889
VISTO el expediente N 21557-401261-17 iniciado por Jorge Luciano SANDES, atento la deuda que mantenía con este Instituto el causante, en virtud de haberse producido su deceso sin que llegara a cancelar la misma, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 977282 de fecha 26 de mayo de 2022, se reconocen a los fines previsionales, los servicios insalubres desempeñados por Jorge Luciano SANDES como Enfermero en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata, en calidad de Becario, durante el período comprendido entre el 01-01-1993 al 31-12-1998;
Que en el mismo acto, se declara legitimo el cargo deudor liquidado en concepto de; aportes personales y contribuciones patronales no efectuados, que ascienden a la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y OCHO CON 07/100 $263.368,07 y PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTISEIS
CON 05/100 $197.526,05 respectivamente;
Que a foja 25 el titular de autos se notifica de la deuda declarada legitima;
Que con fecha 6 de mayo de 2023 se produce el deceso de Jorge Luciano SANDES, sin que haya llegado a cancelar la deuda;
Que han tomado intervención los Organismos Asesores a fojas 30/31, estimando que corresponde perseguir el recupero de la deuda en el ámbito de la sucesión;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 31/01/24, según consta en el Acta N
3708
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Intimar de pago a los derechohabientes de Jorge Luciano SANDES, atento su fallecimiento, para que realicen propuesta de pago de lo adeudado a este Instituto de Previsión Social, bajo apercibimiento de iniciar las acciones
SECCIÓN OFICIAL > página 82

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/03/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date01/03/2024

Page count127

Edition count3406

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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