Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/02/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 08 de febrero de 2024

Área Contable de la Oficina Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, certificó que el haber mensual nominal que por todo concepto percibe un Oficial de Policía en actividad de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, asciende a la suma de pesos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y tres con 72/100 $45.283,72; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 15.164, la Ley Nº 12.297 y las propias del cargo; Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere la Resolución Nº RESO-2020-430-GDEBA-MSGP el Director Provincial de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada Resuelve Artículo 1. Sancionar al señor Alejandro Peinado, DNI N
30.414.465, con domicilio constituido en la calle R. Peña N 864 de la localidad de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires; con una multa de pesos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y tres con 72/100 $45.283,72, equivalente un 1
veces el haber mensual nominal que por todo concepto percibe un Oficial de Policía en actividad de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, por haberse acreditado en autos que ha desarrollado un servicio de serenos particulares, sin estar habilitado para ello por la Autoridad de Aplicación artículo 26 del Decreto Nº 4.069/91. Artículo 2. Disponer la clausura del servicio de serenos particulares constatado adoptándose el procedimiento del caso artículo 26 del Decreto Nº 4.069/91. Artículo 3º. Hacer saber al imputado que le asiste el derecho de impugnar la presente resolución, mediante los recursos de revocatoria con jerárquico en subsidio o de apelación, a presentarse dentro de los diez 10 o cinco 5 días respectivamente, conforme lo establecido en el artículo 60, punto 19, incisos a y b del Decreto Nº 1.897/02. Artículo 4º. El pago de la multa impuesta deberá hacerse efectivo dentro de los treinta 30 días hábiles de quedar firme la presente, mediante depósito en la Cuenta Corriente Fiscal Nº 50.479/3 sucursal 2000 del Banco de la Provincia de Buenos Aires; bajo apercibimiento de perseguirse el cobro de la misma por el procedimiento de apremio. Artículo 5. Registrar, comunicar, notificar, pasar a la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada y publicar en el Boletín Informativo del Ministerio de Seguridad. Una vez firme que se encuentre la presente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Queda Ud. debidamente notificado. Firmado Marcelo Daniel Montero.
Mariano Garay, Oficial Subinspector feb. 5 v. feb. 9
POR 5 DÍAS - Por intermedio de la presente notifico a Usted, en causa contravencional N 7.786 expediente N 21.100200.803/18, se instruye con intervención de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, se ha dictado Resolución Ministerial la cual reza textualmente: Resolución Número: RESO-2019-41-GDEBA-DPGSPMSGP - La Plata, Buenos Aires - lunes 28 de enero de 2019 - Referencia: CC
7.786 - Visto el expediente Nº 21.100-200.803/18, correspondiente a la causa contravencional Nº 7.786, en la que resulta imputada la firma CASA DEL AUDIO, y considerando: Que mediante el acta obrante a fojas 1 y 2, labrada el 3 de julio de 2018, de la que surge que personal policial se constituyó en un objetivo denominado Casa del Audio, sito en avenida Bartolomé Mitre N 569 de la localidad y partido de Moreno; en dicha ocasión constataron en el local la presencia del Sr.
Baptista Diaz Jhon Luis DNI N 95.695.765, quien manifestó desempeñarse como personal de control, realiando tareas de control de mercadería en el ingreso del establecimiento de la Casa del Audio, quien se encontraba cumpliendo tareas de seguridad, protegiendo y custodiando los bienes y las personas del lugar, vestían uniforme provisto por la encartada.
Seguidamente se hace presente el Sr. Ayerdi Gustavo Daniel DNI N 24.306.778, quien resulta ser el subgerente de la sucursal, a quien se lo puso en conocimiento de la presencia policial y se le hizo entrega de un duplicado de acta; Que el Departamento Informes dependiente de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, informó que el objetivo y los identificados en el acta de constatación, no se encuentran declarados; Que debidamente emplazada la firma Casa del Audio Maransi S.A., compareció a ejercer su derecho de defensa en tiempo y forma, sin que de su análisis se desprendan elementos suficientes que pudieran desvirtuar la falta endilgada; Que el acta de inicio de estas actuaciones, reúne los extremos exigidos por el artículo 60 incisos 6 y 7 del Decreto Nº 1.897/02 y por lo tanto hace plena fe de los hechos pasados por ante los funcionarios intervinientes, no habiendo sido desvirtuada por otras piezas de la causa; Que del análisis de los elementos de cargo obrantes en la presente, ha quedado debidamente acreditado que la firma Casa del Audio Maransi S.A., ha contratado un servicio de seguridad privada desarrollado en sus instalaciones por una empresa que no se encontraba habilitada como prestadora de servicios de seguridad privada, infringiendo lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 12.297; Que en igual sentido se expidió la Dirección de Planificación y Coordinación de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada en su condición de Órgano Asesor; Que el Área Contable de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada, certificó el valor actual del Vigía, a los fines de la aplicación de la sanción correspondiente, en la suma de ciento veinte mil doscientos quince con ochenta y uno centavos $120.215,81; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 10, 15 y 23 de la Ley Nº 14.803, la Ley Nº 12.297 y las propias del cargo; Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere la Resolución Nº 122/16 el Director Provincial de la Dirección Provincial para la gestión de la seguridad privada Resuelve Artículo 1º. Sancionar a la firma Casa del Audio Maransi S.A., con domicilio constituido en avenida Bartolomé Mitre N
569 de la localidad y partido de Moreno, provincia de Buenos Aires; con una multa de pesos trescientos sesenta mil seiscientos cuarenta y siete con cuarenta y tres centavos $360.647,43, equivalente a tres 3 vigías, por haberse acreditado en autos que ha contratado y usufructuado el servicio de una prestadora de servicios de seguridad privada no habilitada por la Autoridad de Aplicación artículo 20 de la Ley Nº 12.297. Artículo 2º. Hacer saber a la imputada que le asiste el derecho de impugnar la presente resolución, mediante los recursos de revocatoria con jerárquico en subsidio o de apelación, a presentarse dentro de los diez 10 o cinco 5 días respectivamente, conforme lo establecido en el artículo 60, punto 19, incisos a y b del Decreto Nº 1.897/02. Artículo 3º. El pago de la multa impuesta deberá hacerse efectivo dentro de los treinta 30 días hábiles de quedar firme la presente, mediante depósito en la Cuenta Corriente Fiscal Nº 50.479/3
sucursal 2000 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de perseguirse el cobro de la misma por el procedimiento de apremio. Artículo 4º. Registrar, comunicar, notificar, pasar a la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada y publicar en el Boletín Informativo del Ministerio de Seguridad. Una vez firme que se encuentre la presente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar. Alberto Héctor Greco. Queda ud. debidamente notificado.
Mariano Garay, Oficial Subinspector.
feb. 5 v. feb. 9
POR 5 DÍAS - Por intermedio de la presente notifico a Usted, en causa contravencional N 7.767 expediente N 21.100174.947/18, se instruye con intervención de la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada del Ministerio
SECCIÓN OFICIAL > página 125

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/02/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date08/02/2024

Page count198

Edition count3418

Première édition02/07/2010

Dernière édition26/07/2024

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