Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/01/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 15 de enero de 2024

6º Fijación del número de miembros titulares y suplentes del Directorio período 01-01-2024 a 31-12-2027.
7º Elección de sus integrantes.
Sociedad no comprendida en el art. 299 de la LSC. CP. Leandro Juan Respuela. Autorizado ene. 15 v. ene. 19

SOCIEDADES
LA MONETA CAMBIO S.A.
POR 3 DÍAS - Se comunica que 1 Mediante A.G.E. de fecha 27/12/2023 se resolvió aumentar el capital social que al 30 de abril de 2023 asciende a $33.996.480 Pesos Treinta y Tres Millones Novecientos Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta en la suma de $42.600.000 Pesos Cuarenta y Dos Millones Seiscientos Mil, mediante la emisión de 42.600.000
acciones ordinarias nominativas no endosables valor nominal de Un peso $1 cada una y de un voto por acción; por lo por lo que el capital social queda conformado por $76.596.480 Pesos Setenta y Seis Millones Quinientos Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta, representado en Setenta y Seis Millones Quinientos Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta 76.596.480 acciones ordinarias nominativas no endosables valor nominal de Un peso $1 cada una de ellas y de un voto por acción. 2 Atento que parte del elenco de accionistas no concurrió a dicha asamblea, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 194 de la Ley 19.550, se otorga a los accionistas el plazo de Treinta 30 días a contar desde la última publicación del presente, para manifestar el ejercicio de su derecho de suscripción preferente. La sociedad no se encuentra comprendida en el art. 299 de la Ley 19.550. Francisco Salvador Pagano, Presidente.
ene. 12 v. ene. 16

ILABS COMPANY S.A.
POR 1 DÍA - Constitución. Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: Tiene por objeto la explotación como empresa de los siguientes rubros: 1 Administración, desarrollo y explotación de establecimientos agropecuarios y rurales, en inmuebles propios o arrendados, así como la colaboración, complementación, gerenciamiento y/o representación de emprendimientos, empresas y negocios de actividades agropecuarias; 2 Prestación de servicios de organización, producción y comercialización de actividades agropecuarias y agroindustriales; 3 Actividades agrícola-ganaderas mediante la administración, arriendo, o aparcería, incluyéndose todo tipo de producción, comercialización, compra, venta, permuta, exportación-importación, intermediación, representación, consignación, acopio, almacenamiento, fraccionamiento, envasado y distribución de frutos y productos de la actividad agropecuaria en general, el mejoramiento de suelos, recuperación de tierras áridas o anegadas, desmontes y todo tipo de tareas de preparación de tierras, inclusive fumigación y demás labores agrícolas; 4 Capacitación, prestación de servicios y asistencia técnica a empresas agropecuarias o dedicadas a la agrotecnología a través de cursos, seminarios, talleres, conferencias, y realización de actividades científicas, culturales, sociales, de investigación, en el ámbito del objeto de la sociedad; 5 Administración, comercialización, creación, desarrollo, diseño, fabricación y adaptación de tecnología, agrotecnología, plataformas tecnológicas y/o software para el mercado agrícola, ganadero e industrial para mejorar y optimizar dichos mercados, su funcionamiento, seguridad y resultados económicos; 6 Administración del funcionamiento de plataformas y multiplataformas digitales, de las actividades relacionadas con el presente objeto; 7 Obtención de aerofotografías y otras clases de imágenes sensoriales, mediante cámaras aéreas y/o sensores remotos radar, infrarrojo, termal, tecnología Lidar, y otras que se desarrollen en el futuro; 8
Procesamiento y aprovechamiento integral de las imágenes sensoriales antes mencionadas obtenidas por cuenta propia y/o de terceros mediante su análisis e interpretación con especial aplicación a la investigación, evaluación y empleo de los sensores remotos a los distintos campos de la ciencia, la técnica, la economía y la recreación. La sociedad no realizará operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ni aquellas para las cuales se requiera el concurso público, excepto que obtenga las autorizaciones pertinentes. Toda actividad que así lo requiera será realizada por profesionales con título habilitante en la materia. A tales efectos, la sociedad tendrá plena capacidad para obtener los registros y/o inscripciones que fueren menester ante organismos gubernamentales para el desarrollo de tales actividades. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente instrumento. Joaquín María Villar, Escribano Registro 12 Tigre. Autorizado por contrato de fecha 28/11/2023. Joaquín María Villar, Notario.

VARIOS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
POR 5 DÍAS - La Dirección Provincial de Mediación notifica a BAHIA HOUSE, CUIT 30-71688577-8, lo dispuesto mediante DISPO-2023-321-GDEBA-DPMMJYDHGP: "Visto el EX-2023-30458691-GDEBA-DPMMJYDHGP por el que tramita la incomparecencia injustificada a la audiencia de mediación previa obligatoria de Bahia House, CUIT 30-71688577-8, y en los términos del artículo 14 de la Ley N 13.951 y; Considerando Que, la Ley N 13.951 en su artículo 2 estableció el carácter de la mediación previa a todo proceso judicial con el objeto de promover y facilitar la comunicación directa entre las partes que permita la solución del conflicto; disponiendo asimismo en su artículo 14, que en los casos de incomparecencia injustificada de cualquiera de las partes a la primera audiencia, cada uno de los incomparecientes deberá abonar una multa equivalente a dos 2 veces la retribución mínima que le corresponda percibir al mediador o la mediadora por su gestión;
Que, el DECRE-2021-600-GDEBA-GPBA reglamentario de la Ley N 13.951 estipula que cuando la mediación no pudiere
SECCIÓN OFICIAL > página 151

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/01/2024 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date15/01/2024

Page count184

Edition count3401

Première édition02/07/2010

Dernière édition28/06/2024

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