Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/12/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 22 de diciembre de 2023

comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se le hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente. Artículo quinto: Rubricar, archívese."
Fallo: 828/2022.
Gustavo Eduardo Diez, Juan Pablo Peredo, Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Federico Gastón Thea.
Rubricado: Ricardo César Patat.
dic. 20 v. dic. 27
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los Artículos 30º y 27º in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el término de cinco 5 días al señor JORGE ALBERTO ZAPATA, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 21 de Septiembre de 2023, en el Expediente N 4-219.0-2015, Municipalidad De Hurlingham, Ejercicio 2015, cuya parte pertinente dice: La Plata, 21 de septiembre de 2023 Resuelve Artículo Cuarto:
Por los fundamentos expuestos en el Considerando cuarto, dejar sin efecto el cargo dispuesto por el artículo octavo, de la sentencia dictada el 14 de marzo de 2017por el que se responsabilizara en forma solidariaSr. Jorge Alberto Zapata artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias. Artículo sexto: Por los fundamentos expuestos en el Considerando sexto, dejar sin efecto el cargo dispuesto por el artículo décimo, de la sentencia dictada el 14 de marzo de 2017por el que se responsabilizara en forma solidariaSr. Jorge Alberto Zapataartículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
Artículo octavo: Notificar a los Sres. Jorge Alberto Zapatalo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellosArtículo undécimo: Rubríquese, archívese.
Fallo: 585/2023.
Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo, Gustavo Eduardo Diez, Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
dic. 20 v. dic. 27
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 30/11/2023
N de Expediente: 4-078.2-2022
Ente u Organismo: Municipalidad de Moreno - Instituto de Desarrollo Urbano, Ambiental y Regional IDUAR
Ejercicio: 2022
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de MUNICIPALIDAD DE MORENO INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO, AMBIENTAL Y REGIONAL I.D.U.A.R., ejercicio 2022, acorde a lo expresado en el considerando séptimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo, apartados 1 y 2 y tercero, apartados 1 y 2.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto y en base a la determinación realizada en el considerando sexto, aplicar una amonestación al Administrador General Federico Aliaga y al Contador Leandro Martín Risi artículo 16 de la Ley nro. 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Encomendar a la Delegación Zonal las verificaciones indicadas en el considerando segundo, apartado 1.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a los Sres. Federico Aliaga y Leandro Martín Risi, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Moreno y al Instituto de Desarrollo Urbano, Ambiental y Regional I.D.U.A.R., para su conocimiento.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubríquese por el Señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de diez fojas; publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica de este Honorable Tribunal de Cuentas;
reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el artículo quinto.
Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 745/2023
Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Juan Pablo Peredo; Gustavo Eduardo Diez; Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 30/11/2023
N de Expediente: 3-085.0-2017
Ente u Organismo: Municipalidad de Pehuajó
SECCIÓN OFICIAL > página 92

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/12/2023 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date22/12/2023

Page count156

Edition count3419

Première édition02/07/2010

Dernière édition29/07/2024

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