Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/12/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 04 de diciembre de 2023

fecha 06/09/2019 -según factura obrante a fojas 6- y por el que el área técnica sostiene que no debía abonar copago, correspondiéndole el reintegro por lo abonado y posterior débito a la entidad, hechos que a la fecha del informe ya fueron realizados;
Que se informan los datos de adhesión del profesional Leandro Ezequiel AMADO, M.P. N 80.511, quien registra domicilio real en calle Pellegrini N 680, de la localidad de Lobos y domicilios profesionales en calle 24 N 763, de la localidad de Navarro, con adhesión al C. O. de Mercedes y en calle Rivadavia N 718, de la localidad de Lobos, con adhesión al C. O.
de Lobos, ambos círculos se hallan nucleados a través de la FOPBA;
Que se han agregado bonos facturados por el profesional durante el año 2021, correspondientes a pacientes de las localidades de Navarro y Lobos, encontrándose adjuntadas las certificaciones afiliatorias de dichas personas;
Que sobre dicha facturación se procedió a recabar declaraciones testimoniales, de cuyo análisis se destaca que: la afiliada Patricia Inés GOMEZ manifiesta reconocer la consulta facturada como recibida así como también la firma, es paciente habitual del odontólogo y abonó la suma de pesos mil quinientos $1.500 por una extracción y en otra consulta pagó la suma de pesos cinco mil $5.000 por otra extracción y colocación de prótesis; la afiliada Isabel DIAZ refiere que reconoce la consulta facturada y le corresponde la firma, dice que concurrió por una urgencia y continuó el tratamiento, la primera vez que concurrió abonó la suma de pesos quince mil $15.000 y luego en dos o tres oportunidades más abonó pesos tres mil $3.000, no recibiendo factura por las sumas pagadas; el afiliado Juan José HERRERA, expresa que concurrió por extracciones dentarias, reconociendo ser paciente habitual del odontólogo, haber concurrido a consulta y que le pertenecen las firmas insertas, asevera no recordar cuanto abonó; afiliada María Eugenia RAMIREZ, reconoce la atención del profesional en el mes de julio de 2021, la consulta fue por tratamiento de ortodoncia a su hijo Juan Esteban HOURCADE, correspondiéndole a él las firmas obrantes en la facturación, afirma que su hijo es paciente del odontólogo AMADO desde el año 2018, atendiéndose en la localidad de Navarro, expresa que abonó dinero, no recordando el monto exacto; afiliada María Magdalena MARQUEZ, reconoce la consulta facturada como recibida y las firmas como propias, se atiende con el odontólogo desde 2019 y expresa haber abonado la suma de pesos seiscientos cincuenta $650 por cada consulta; afiliado Víctor Héctor NATALINI, manifiesta ser paciente del odontólogo AMADO desde hace unos 10 años, en la oportunidad reconoce la consulta y la firma, abonó la suma de pesos setecientos $700, fue atendido en Navarro; afiliado Marcelo Horacio PODESTA, reconoce la consulta como recibida y las firmas como propias, dice ser paciente habitual del odontólogo desde hace unos años y recuerda que en la ocasión abonó la suma de pesos tres mil $3.000 y que se atendió en el consultorio de Navarro; la afiliada María Magdalena MARQUEZ, depone nuevamente, pero esta vez en representación de su hijo Benjamín SOLLIVELA, quien se atiende con el profesional desde el año 2020, reconoce que fue atendido en julio de 2021, así como lo facturado por el odontólogo y dice que la firma corresponde a su hijo Benjamín, expresa que en la oportunidad abonó la suma de pesos seiscientos cincuenta $650, se atiende en Navarro; la afiliada María Lorena VIDELA, expresa que concurrió al consultorio de la localidad de Navarro, en julio de 2021 a ver al odontólogo AMADO, para pedir presupuesto para un tratamiento de conducto, coronas, pernos y un puente, dice no ser paciente habitual del odontólogo, abonó pesos quinientos $500 por solo pedir presupuesto y el odontólogo manifestó que IOMA
sólo pagaba una consulta por mes a cada afiliado, a la afiliada le pareció exagerado el monto del presupuesto de pesos ciento treinta mil $130.000 que le pasó el profesional;
Que el área técnica informa que de lo manifestado por los afiliados se puede interpretar que hay cobros indebidos reiterados y hace constar que la facturación glosada en autos ha sido abonada y pasa a detallar, según los códigos facturados, cuanto debería haber abonado cada afiliado a la fecha de la atención, sumas que en ninguno de los casos excede de pesos ciento cincuenta y cuatro $154;
Que el Presidente del IOMA, ordena la instrucción de sumario, la que se plasma en la RESO- 2023-1219-GDEBADEDRDYAIOMA de acuerdo a la facultad prevista en el artículo 8 inciso d de la Ley N 6982 y 7 inc. h punto 18 del Decreto Reglamentario N 593/22, y la instrucción formuló la pertinente imputación, en razón que el odontólogo Leandro Ezequiel AMADO, M.P. N 80.511, de la localidad de Lobos, habría incurrido -prima facieen la comisión de la falta que contempla el artículo 7 inciso h punto 3 apartado k -No respetar, el prestador, el arancel autorizado por el Instituto, cobrando al afiliado más de lo que corresponde y punto 4 apartado e -La comisión en forma reiterada de las faltas leves del artículo 7 inciso h punto 3 apartados k y l - del Decreto N 593/22, Reglamentario de la Ley N 6982 T.O.1987;
Que obra en autos la cédula de notificación pertinente dirigida al prestador, otorgándole oportunidad de vista y descargo, traslado a raíz del cual formula su presentación, donde solicita el archivo de las presentes actuaciones por considerar que se trata de denuncias infundadas; afirma que las actuaciones se han iniciado por un pedido de reintegro del paciente Santiago GIACONE por tratamiento de gingivitis en arcada superior e inferior, quien fue atendido y se le extendió la factura pertinente, por estar la prestación en período de carencia, dado que según la normativa de IOMA, da cobertura para la gingivitis crónica una vez por año y una arcada por mes, no ambas a la vez; agrega que con la factura acompañó nota explicando el motivo, dado que el paciente tiene gran facilidad para la formación de cálculo; resalta que de la auditoría surge con claridad, que son verdaderos pacientes, que fueron atendidos y correctamente tratados y que en cada uno de los casos se otorgó el recibo correspondiente, siempre que se hayan cobrado sumas que como en el caso que da origen, correspondiera cobrar o por tratamientos no nomenclados en el convenio entre el IOMA y la entidad;
Que en alusión a cada paciente en particular señala, que la señora Patricia GOMEZ, quien dice haber abonado la suma de pesos mil quinientos $1500, manifiesta que el cobro lo efectuó por agregado dentario a la prótesis y que el otro monto mencionado por la afiliada se realizó por agregado de diente y retenedores, aclarando que todas las reparaciones o resoluciones protésicas, no están en nomenclador y la única cobertura que corresponde es por reintegro de IOMA; en el caso de la afiliada Isabel DIAZ, refiere el profesional que fue atendida por una urgencia, por lo que le cobró resolución de urgencia, que no tiene cobertura y que según sus registros la suma de pesos quince mil $15.000 que refiere la paciente, correspondían a la entrega inicial de confección de prótesis nueva, resaltando que idéntica situación se planteó con el afiliado Juan José HERRERA, quien tiene prótesis, y le realizó múltiples extracciones con sus respectivos agregados, finalizando con confección de prótesis nueva, todo ello más los agregados dentarios a prótesis; en cuanto al paciente Esteban HOURCADE, abonó en su consultorio la consulta mensual del tratamiento de ortodoncia que se le estaba realizando, y cuya cobertura no está contemplada en el nomenclador, respecto de los pacientes María Magdalena MARQUES y Víctor Héctor NATALINI, expresa que ambos abonaron bono y co seguro por prestación; expresa que el afiliado Marcelo Horacio PODESTA abonó agregado dentario a prótesis, se le había realizado una extracción, por la que tuvo cobertura pero no en el agregado dentario protético y el afiliado Benjamín SOLIVILLA abonó el kit de bioseguridad
SECCIÓN OFICIAL > página 77

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/12/2023 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date04/12/2023

Page count184

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