Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/11/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 06 de noviembre de 2023

que se detallan en el documento electrónico N IF-2023-44819144-GDEBA-DITAFMDAGP y otorgar un subsidio por los montos que para cada uno de los/las beneficiarios/as se consigna en el mencionado documento;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 de la Ley N 15.164, modificada por Ley N 15.309, y el Decreto N 1037/03;
Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO AGRARIO
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar los proyectos presentados por los/las beneficiarios/as que se detallan en el documento electrónico N IF-2023-44819144-GDEBA-DITAFMDAGP, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución, seleccionados en el marco del Concurso de Proyectos de Fortalecimiento Productivo de la Agricultura Familiar Bonaerense II aprobado por la RESO-2023-237-GDEBA-MDAGP.
ARTÍCULO 2. Otorgar la suma total de pesos tres millones seiscientos setenta y un mil doscientos ocho con dieciseis centavos $3.671.208,16 en calidad de subsidio, según lo normado por el Decreto N 1037/03, a favor delos/las beneficiarios/as por los montos que para cada beneficiario/a se consigna en el Anexo Único.
ARTÍCULO 3. El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Presupuesto General de la Administración Provincial para el Ejercicio 2023 - Ley N 15.394: Jurisdicción 13
- Unidad Ejecutora 106 - Programa 19, Actividad 2, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 5, Principal 1, Parcial 4 $
1.628.627,42 - Inciso 5, Principal 2, Parcial 1 $2.042.580,74 - Ubicación Geográfica 999.
ARTÍCULO 4. Los/las beneficiarios/as del subsidio otorgado por el artículo 2 deberá rendir cuenta documentada de la correcta utilización de los fondos en un plazo máximo de ciento veinte 120 días hábiles administrativos de percibido el subsidio, conforme lo previsto en el apartado Rendición del Subsidio del Manual Operativo del Concurso de Proyectos de Fortalecimiento Productivo de la Agricultura Familiar Bonaerense aprobado por la RESO-2023-237-GDEBA-MDAGP, y los artículos 5 del Decreto N 1037/2003 y 9 y subsiguientes del Reglamento para el Otorgamiento de Subsidios en el marco del Decreto N 1037/03 aprobado por la RESOL-2017-64-E-GDEBA-MAGP.
ARTÍCULO 5. Los/las beneficiarios/as harán mención del subsidio otorgado en toda oportunidad en que se difunda el Concurso de Proyectos de Fortalecimiento Productivo de la Agricultura Familiar Bonaerense, aprobado por la RESO2023-237-GDEBA-MDAGP, y colocará la cartelería correspondiente al proyecto a ejecutar conforme los lineamientos y/o diseño que le comunique el Ministerio.
En caso de realizarse difusión y/o publicidad relativa a esta convocatoria y/o a la ejecución del proyecto o sus resultados, se hará constar la participación del Ministerio, quien podrá indicar la forma en que deberá difundirse o publicitarse su participación.
Asimismo, los/las beneficiarios/as deberán incluir en la cartelería, señalética y todo otro material promocional o publicitario el isologotipo Alimentos Bonaerenses, logos o isologos correspondientes a Mercados Bonaerenses, Ministerio de Desarrollo Agrario, Programa de Reconstrucción y Transformación Provincial 6 por 6 2022-2027, 6 por 6 2022-2027, y/o aquellos que le comunique el Ministerio.
ARTÍCULO 6. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Javier Leonel Rodríguez, Ministro.

ANEXO/S
IF-2023-44819144-GDEBADITAFMDAGP

9c9a29e6543b53d9c92310df0bcc847e9ed6f711c43d9012e59a2cb296ac6631 Ver
RESOLUCIÓN N 783-MDAGP-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 30 de Octubre de 2023
VISTO el EX-2023-36336465-GDEBA-DSTAMDAGP mediante el cual tramita la aprobación del proyecto Cooperativa Mirando al Futuro LTDA "Por Más Cooperativa" presentado por la Cooperativa de Provisión de Servicios para Productores Porcinos Mirando al Futuro Limitada en el marco del llamado al Concurso de Proyectos de Fortalecimiento Productivo de la Agricultura Familiar Bonaerense II y el otorgamiento de un subsidio a tal entidad a fin de destinarlo a la ejecución del mencionado proyecto, la Ley N 15.164, modificada por Ley N 15.309, los Decretos N 1037/03 y N 75/20, las RESO2023-237-GDEBA-MDAGP y RESOL-2017-64-E-GDEBA-MAGP, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 15.164, modificada por Ley N 15.309, establece que es función de los Ministros Secretarios, en materia de su competencia, desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno de la provincia de Buenos Aires;
Que el artículo 22 de dicha Ley prevé que corresponde al Ministro de Desarrollo Agrario asistir al Gobernador en todo lo inherente a las materias de su competencia y, en particular, entender en la promoción, producción y calidad agropecuaria;
Que mediante el Decreto N 75/20 se aprobó l a estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Agrario estableciendo dentro de las acciones de la Subsecretaria de Desarrollo y Calidad Agroalimentaria las de impulsar el desarrollo de proyectos tecnológicos y emprendimientos de desarrollo productivo y empresario a través de la generación de redes de colaboración estratégica con actores del ecosistema innovador provincial, nacional e internacional, tendientes al
SECCIÓN OFICIAL > página 76

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/11/2023 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date06/11/2023

Page count188

Edition count3408

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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