Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/07/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 20 de julio de 2023

junio de 2023, ad referéndum de la aprobación del Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios en los términos del artículo 18 del Anexo I del Decreto Nº 367/17 E;
Que las partes aceptan para la obra básica y su modificación por artículo 7º de la obra: Hospital Zonal Especializado de Agudos y Crónicos Dr. Antonio Cetrángolo - Guardia y Emergencia - Vicente López, partido de Vicente López, los precios redeterminados a valores de septiembre de 2018, y diciembre de 2018, abril de 2019, junio de 2019 y agosto de 2019, que constan como Anexo I;
Que, respecto al Anticipo Financiero del 30 % otorgado sobre el monto de contrato a valores de la primera redeterminación, a lo ejecutado a valores de la primera a la quinta redeterminación definitiva de precios para la obra básica, y a lo ejecutado a valores de la quinta redeterminación para el adicional por artículo 7º, las variaciones que surgen serán de aplicación de acuerdo al detalle del Anexo II y a lo acordado en el Acta Acuerdo suscripta;
Que, asimismo, las partes dejan constancia que esta redeterminación de precios se realizó sobre la base de los análisis de precios, que se incorporan como Anexo III y de los índices y/o precios de referencia detallados en el Anexo IV;
Que las partes acuerdan que al momento de efectuar la liquidación y pago de los montos reconocidos en la presente Acta Acuerdo, deberá procederse a descontar los importes abonados por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el marco de las RESOL-2018-2183-GDEBA-MIYSPGP, RESOL-2019-203-GDEBA-MIYSPGP, RESOL-2019-1194-GDEBAMIYSPGP, RESOL-2019-1430-GDEBA-MIYSPGP y RESO-2021-217-GDEBA-MIYSPGP, que aprobaron la primera a la quinta provisoria a los meses de septiembre de 2018, y diciembre de 2018, abril de 2019, junio de 2019 y agosto de 2019, respectivamente solicitadas oportunamente por la contratista en virtud del Decreto N 367/17 E;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde detraer la suma total de pesos diecisiete millones seiscientos noventa y cinco mil seiscientos veintiocho con dos centavos $17.695.628,02 abonada en concepto de redeterminación provisoria en los certificados Nº 1 a 14 correspondientes a los meses de septiembre de 2018 a octubre de 2019 dando por finalizado a partir de dicho mes el proceso de adecuación provisoria aprobado por las resoluciones anteriormente mencionadas en el considerando anterior;
Que, se deja constancia que en concepto de la presente redeterminación se le reconocerá a la contratista la suma de pesos veintiún millones cuatrocientos treinta y un mil trescientos sesenta y siete con cincuenta y ocho centavos $21.431.367,58, en el mismo período, y que efectuado el correspondiente balance, surge una diferencia a favor del contratista a ser certificada por la suma de pesos tres millones setecientos treinta y cinco mil setecientos treinta y nueve con cincuenta y seis centavos $3.735.739,56, cuyo detalle se observa en Anexo V;
Que por lo expuesto y conforme el informe adjunto, el monto relativo de la primera a la decimocuarta redeterminación definitiva de precios es de pesos tres millones setecientos treinta y cinco mil setecientos treinta y nueve con cincuenta y seis centavos $3.735.739,56 al que adicionando las sumas de pesos treinta y siete mil trescientos cincuenta y siete con treinta y nueve centavos $37.357,39 del 1 % para dirección e inspección y de pesos treinta y siete mil trescientos cincuenta y siete con treinta y nueve centavos $37.357,39 del 1 % para embellecimiento, hace un total de pesos tres millones ochocientos diez mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con treinta y cuatro centavos $3.810.454,34;
Que la Contratista renuncia a todo reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del proceso de redeterminación, en los términos del artículo 17 Anexo I del Decreto N
367/17 E;
Que el Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial mediante DISPO-2023-18-GDEBA-CAFFMHYDUGP realiza el compromiso del gasto;
Que la Dirección Provincial Arquitectura propicia la presente gestión;
Que la Subsecretaría de Obras Públicas comparte el criterio expuesto y presta conformidad a la presente gestión;
Que han tomado la intervención de su competencia la Delegación de la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el Decreto Nº 367/17 E y la RESOL-2017- 235EGDEBA-MIYSPGP; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley N 15.164, modificado por la Ley N 15.309;
Por ello, EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar el Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios y sus Anexos, suscripta entre la Dirección Provincial de Arquitectura y la empresa CONSTRUCCIONES LA PLATA S.A., contratista de la obra: Hospital Zonal Especializado de Agudos y Crónicos Dr. Antonio Cetrángolo - Guardia y Emergencia - Vicente López, partido de Vicente López, que agregados mediante IF-2023-24412459-GDEBA-DPAMIYSPGP, IF-2023-04349874-GDEBADPRPOPMIYSPGP e IF-2023-23062565-GDEBA-DPAMIYSPGP forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2. Determinar que la gestión aprobada por el artículo 1 asciende a la suma de pesos tres millones setecientos treinta y cinco mil setecientos treinta y nueve con cincuenta y seis centavos $3.735.739,56 al que adicionándole las sumas de pesos treinta y siete mil trescientos cincuenta y siete con treinta y nueve centavos $37.357,39 del 1 % para dirección e inspección y de pesos treinta y siete mil trescientos cincuenta y siete con treinta y nueve centavos $37.357,39
del 1 % para embellecimiento, hace un total de pesos tres millones ochocientos diez mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con treinta y cuatro centavos $3.810.454,34.
ARTÍCULO 3. Atender la suma mencionada precedentemente con cargo a la DISPO-2023-18-GDEBA-CAFFMHYDUGP
del Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial.
ARTÍCULO 4. El Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial, transferirá a la respectiva cuenta de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos el importe correspondiente a las reservas para dirección e inspección y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires la correspondiente a embellecimiento, para la cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la realización de las gestiones pertinentes.

SECCIÓN OFICIAL > página 25

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/07/2023 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date20/07/2023

Page count129

Edition count3428

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Dernière édition09/08/2024

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