Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/07/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 06 de julio de 2023

VISTO el EX-2023-7364436-GDEBA-DDPRYMGEMSGP, a través del cual se gestiona la aprobación de un Contrato de Comodato, suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Fernando, y CONSIDERANDO:
Que el aludido Contrato de Comodato se celebró entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en ese acto por su titular, Dr. Sergio Alejandro Berni y la Municipalidad de San Fernando, representada por su Intendente Municipal, Lic. Juan Francisco Andreotti;
Que a través de dicho instrumento la Municipalidad entrega al Ministerio, en comodato un 1 vehículo marca Fiat modelo Cronos 1.3, de su propiedad, que será destinado como móvil policial, en tareas de seguridad pública, en el ámbito del distrito;
Que el plazo del presente comodato será de cinco 5 años, a partir de su aprobación, pudiendo las partes renovar dicha cesión por idéntico período;
Que mediante la cláusula cuarta, se establece que la Municipalidad se hará cargo de los gastos relacionados con el mantenimiento, combustible, ploteo, equipamiento adicional, la reparación de dichas unidades, y la contratación de los seguros respectivos;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno orden 49, Contaduría General de la Provincia orden 55 y Fiscalía de Estado orden 63, no encontrando obstáculos para su convalidación;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 15.164, modificada por Ley N 15.309;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO Nº 272/17 E Y SUS MODIFICATORIOS
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar el Contrato de Comodato celebrado entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en ese acto por su titular, Dr. Sergio Alejandro Berni y la Municipalidad de San Fernando, representada por su Intendente Municipal, Lic. Juan Francisco Andreotti, cuyo objeto material resulta ser un 1 vehículo marca Fiat modelo Cronos 1.3, de su propiedad, que será destinad como móvil policial, en tareas de seguridad pública, en el ámbito del distrito, cuyo texto IF-2023-26089518-GDEBA-DRIYCMSGP forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, a la Municipalidad de San Fernando, comunicar a la Dirección Provincial de Logística Operativa, a la Dirección General de Administración, a la Dirección de Automotores Oficiales, a la Secretaría General, publicar y dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Sergio Berni, Ministro.

ANEXO/S
GDEBA-MSGP-IF-2023-26089518GDEBA-DRIYCMSGP

ca6c9213c5928b61ba5ffcc6b2d740864dc70b9d8e29b64c1404fc23bd061d27 Ver
RESOLUCIÓN Nº 1517-MSGP-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 30 de Junio de 2023
VISTO el EX-2023-19614596-GDEBA-DDPRYMGEMSGP, por el cual se gestiona la aprobación del Convenio Conductor Motorista de Móvil Identificable, celebrado entre este Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Lanús, en el marco de la Resolución N 317/23, y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo este Ministerio pone a disposición del Municipio cinco 5 agentes por cuadrícula, mencionadas en el Anexo, que cumplan funciones de conductor motorista de móvil identificable, pudiendo éste requerir al Ministerio la afectación de personal adicional y siendo a cargo del Municipio la realización de exámenes psicofísicos, bajo los parámetros que establezca el área competente del Ministerio cláusulas primera y segunda;
Que el Municipio pondrá a disposición las instalaciones necesarias para efectuar los cursos de capacitación al personal, quedando a cargo del Ministerio la asignación de los docentes necesarios cláusula tercera;
Que ambas partes mantienen su individualidad y autonomía y por consiguiente la responsabilidad del cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones correspondientes;
Que las partes se comprometen a celebrar actas específicas para determinar otros compromisos que deban asumir cláusula quinta;
Que la vigencia del mismo es de dos 2 años a partir de su suscripción, pudiendo renovarse dicho plazo por acuerdo de partes, así como puede ser rescindido, mediante notificación fehaciente, con una antelación de treinta 30 días, sin expresión de causa ni derecho a indemnización, debiendo asimismo, mantener las obligaciones a cargo hasta su cumplimiento cláusula sexta y novena;

SECCIÓN OFICIAL > página 33

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/07/2023 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date06/07/2023

Page count183

Edition count3401

Première édition02/07/2010

Dernière édition28/06/2024

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