Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/03/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 06 de marzo de 2023

ARTÍCULO 1º. Aprobar las Revisiones de Precios solicitadas por las empresas DICROCE GERVASIO CUIT 20-248919087 y TE FITI S.A CUIT 30-71650585-1, conforme el detalle del precio unitario y monto total actualizado del contrato que constan en el Anexo IF-2023-01897428-GDEBA-DGCCGP que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. Dejar establecido que el nuevo precio aprobado en el artículo 1 será efectivo al momento de la solicitud del proveedor.
ARTÍCULO 3. Citar a las empresas DICROCE GERVASIO CUIT 20-24891908-7 y TE FITI S.A CUIT 30-71650585-1, por el plazo de siete 7 días de notificada la presente, a enviar la garantía de cumplimiento de contrato por el monto total actualizado del contrato, conforme los precios aprobados en el artículo 1, al Organismo Provincial de Contrataciones sito en calle 6 N 916 esquina calle 50 Piso 1, de la Ciudad de La Plata, en el horario de 09:00 hs a 15:00 hs, o en el caso de constituirse mediante seguros de caución a través de pólizas suscriptas mediante firma digital podrán ser remitidas por correo electrónico a consultas.opc@gba.gob.ar en el plazo indicado.
ARTÍCULO 4º. Convalidar lo actuado por la Contaduría General de la Provincia a partir del día 8 de noviembre de 2022, en el marco de los EX-2023-1677995-GDEBA-MECGP, EX-2023-1678056-GDEBA-MECGP y EX-2023-1677931-GDEBAMECGP atento a la entrada en vigencia del Decreto N 1314/2022.
ARTÍCULO 5. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, publicar en el portal https pbac.cgp.gba.gov.ar, en el Boletín Oficial e incorporar en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA. Cumplido, archivar.
Maria Victoria Anadon, Directora Ejecutiva.

ANEXO/S
IF-2023-01897428-GDEBA-DGCCGP 1f6784abf5cead551394c3ef95c0fcb3d35403aaeec6cc8b0f6e13690780beb4

Ver
CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE SAN NICOLÁS
RESOLUCIÓN Nº 1/2023
San Nicolás de los Arroyos, 28 de febrero de 2023
VISTO, el proyecto de REGLAMENTO DE GIRO DEL CGPSN presentado ante este Directorio para su deliberación y tratamiento, según Expediente Nro 51/2023 DEL CGPSN que se encuentra a la vista, CONSIDERANDO:
Que según lo normado por el art 22º, 25º y concordantes del Estatuto rector de este Consorcio, es facultad privativa de este Directorio dictar y aprobar las reglamentaciones portuarias y de otros actos que fueren necesarias para el mejor ejercicio de sus funciones, Que entre las funciones enumeradas en el art 8º del estatuto citado, se encuentran las de a Administrar y explotar la UNIDAD PORTUARIA DE SAN NICOLAS, otorgando sobre ella las concesiones, locaciones, permisos, o derechos reales de anticresis, conforme al régimen legal respectivo vigente, para la explotación comercial, industrial o recreativa de las terminales portuarias o muelles existentes o que se construyan, en su ámbito de actuación..c Administrar y prestar por sí o por terceros los servicios a los buques y a las cargas, en aquellas terminales portuarias o muelles que transitoriamente no hayan sido otorgadas para su explotación a particulares. d Administrar y prestar, por sí o por terceros, los servicios a los buques o artefactos navales en los muelles que el CONSORCIO conserve, a los fines de amarre para aquéllos que prestan tareas de auxilio o apoyo a lanavegación o actividad portuaria comercial, industrial, de transporte de personas y/o turística en su ámbito de actuaciónn Dictar las medidas tendientes a optimizar la eficiencia de los servicios portuarios en su ámbito de actuación, a los efectos de reducir los costos portuarios.
Que en cumplimiento de la normativa citada, Gerencia General ha remitido oportunamente el Proyecto de Reglamento de Giro para su consideración y tratamiento por cada uno de los miembros del Directorio Que habiendo tramitado las actuaciones referenciadas por ante las Areas competentes actualmente existentes de este Consorcio de Gestión, las mismas no formularon objeción alguna para su viabilidad, Con fundamento en todo ello, y con la sola abstención del Director Agustin Pinedo, los miembros presentes del Directorio del CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE SAN NICOLAS, autoridad de aplicación y responsable de la Administración y Explotación del Puerto de San Nicolas, conforme las facultades y legitimas atribuciones conferidas por el Decreto 96/2019:
RESUELVE:
1.- Aprobar el Reglamento de Giro del Consorcio de Gestión del Puerto de San Nicolás.
2.- Disponer la debida publicidad y comunicación de su articulado.
Regístrese, comuníquese, hágase saber y, publíquese en Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.
Ceclia Comerio, Presidenta; Dario Felicevich, Director; Fernando Ramón Azcoitia, Director.

ANEXO/S
REGLAMENTO

58f6ef0c43e5aa1b308c10cf54b09841e80ffba5237f9ffa1a11960a8ae5f833

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SECCIÓN OFICIAL > página 62

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/03/2023 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date06/03/2023

Page count156

Edition count3410

Première édition02/07/2010

Dernière édition16/07/2024

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