Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/02/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 03 de febrero de 2023

desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento 15% del sueldo básico del cargo en la que es designada la profesional que se menciona en el artículo precedente, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que desarrollan las actividades en el establecimiento en el que se desempeña, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 1264/14.
ARTÍCULO 4. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0014 Subprograma: 001 - Actividad: 01 - Ubicación Geográfica: 28 - Finalidad 3 - Función 1 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley Nº 15.310.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Martín Insaurralde, Ministro
RESOLUCIÓN Nº 5525-MJGM-2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 20 de Diciembre de 2022
VISTO el expediente electrónico N EX-2022-05105607-GDEBA-HZGMLVMSALGP y agregado en tramitación conjunta, por los cuales se propicia cubrir un 1 cargo de Terapista Física Asistente y un 1 cargo de Licenciado Kinesiólogo Fisiatra Asistente en el Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 3491/21 del Ministerio de Salud y modificatorias, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, para cubrir, entre otros, un 1 cargo de Kinesiólogo - Kinesiólogo Fisiatra - Licenciado en Kinesiología - Licenciado en Kinesiología y Fisiatría - Fisioterapeuta - Terapista Físico - Licenciado en Kinesiología y Fisioterapia - Licenciado en Terapia Física Asistente, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales de labor y siete 7 cargos de Kinesiólogo - Kinesiólogo Fisiatra - Licenciado en Kinesiología - Licenciado en Kinesiología y Fisiatría - Fisioterapeuta Terapista Físico - Licenciado en Kinesiología y Fisioterapia - Licenciado en Terapia Física Asistente, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales guardia, en el establecimiento referido, a partir del 30 de noviembre de 2021.
Que obran copias debidamente certificadas de las actas labradas por los pertinentes jurados, de las cuales surge que se cumplimentaron las etapas previstas por la resolución citada, en lo referido a la realización del examen, el acto de consenso, y el cómputo de antigedad y antecedente.
Que en virtud de los resultados alcanzados se propician las designaciones de Gabriela Isabel SCAPPATICCIO BISSO y Nicolás Sergio TORNATORE por haber obtenido el puntaje necesario.
Que para propiciar las designaciones de referencia, se propicia limitar por la presente, a partir del 30 de noviembre de 2021, las designaciones de carácter interino de los agentes mencionados en el acápite precedente, utilizando para ello la vacante uno del otro, que habían sido efectuadas con anterioridad por Resolución Nº 3081/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Resolución Nº 518/21 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, respectivamente.
Que el artículo 50 de la Ley N 10.471 establece que el personal comprendido en ese Título carece de estabilidad, concluyendo su desempeño al extinguirse la causal de su designación, o se disponga su cese cuando razones de servicio así lo aconsejen.
Que según lo informado por la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de Salud, la persona que nos ocupa se encuentra percibiendo haberes conforme las condiciones en las que fuera designada como personal de carácter interino dentro del régimen de la Carrera Profesional Hospitalaria Ley N 10.471.
Que en autos se informa que los agentes cuyas designaciones se propician se desempeñan efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N 15.310.
Que resulta procedente otorgarle a los profesionales de referencia una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento 15% del sueldo básico del cargo en que son designados, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que se desarrollan las actividades en el establecimiento en el que se desempeñan, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 162/13.
Que por el Decreto N 99/2020 se incorporó al Decreto N 272/17 E el artículo 4 bis, mediante el cual se delegó en el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros, la facultad de designar al personal comprendido en el artículo 7 incisos 1 y 2 de la Ley N 10.471 y al personal previsto en la Ley N 10.430 que cumpla tareas esenciales y que desempeñe servicios efectivos en establecimientos hospitalarios del Ministerio de Salud, previo requerimiento fundado por la Dirección Provincial de Hospitales, o aquella que en el futuro la reemplace.
Que, asimismo, el artículo 11 del mencionado Decreto N 272/17 E, modificado por el Decreto N 99/2020, establece que deberán tomar intervención la Contaduría General de la Provincia, la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, intervenciones que se encuentran acreditadas en las presentes actuaciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 272/17 E y su modificatorio Decreto N 99/2020, de conformidad con los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91.
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N 272/2017 E Y MODIFICATORIOS
EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA

SECCIÓN OFICIAL > página 27

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/02/2023 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date03/02/2023

Page count120

Edition count3423

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Dernière édition02/08/2024

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