Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/09/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 28 de septiembre de 2022

del artículo sexto, considerando octavo del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto, mantener el cargo de $181.408,28, que fuera dispuesto por el artículo séptimo, considerando sexto, apartado 1 del fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que responderá el Intendente Municipal José Manuel Inza en solidaridad con el Secretario de Economía y Finanzas Daniel Ricardo Mujica artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto, dejar sin efecto el cargo de $18.377,48, que fuera dispuesto por el artículo octavo, considerando sexto, apartado 2, del fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que se responsabilizara al Intendente Municipal Federico Hernán Bertellys en solidaridad con la Secretaria de Hacienda y Administración por delegación de firma Adriana Mariela Guedes y con el Contador Municipal Gustavo Gabriel Garaicoechea artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando sexto, mantener el cargo de $129.758,06 que fuera dispuesto por el artículo noveno, considerando sexto, apartado 3 del fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que responderá por la suma de $34.808,64 el Intendente Municipal Federico Hernán Bertellys en solidaridad con el Director de Recursos Humanos Walter Ramón Surget y por la suma de $94.949,42 el Intendente Municipal Federico Hernán Bertellys en solidaridad con la Directora a/c de Recursos Humanos María Malen Espelet artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Por los fundamentos expuestos en el considerando séptimo, liberar de responsabilidad a la Subsecretaria Legal y Técnica Luciana David, manteniendo el cargo de $28.503,54, que fuera dispuesto por el artículo décimo, considerando sexto, apartado 7 del fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que deberá responder el Intendente Municipal José Manuel Inza en solidaridad con el Secretario de Economía y Finanzas Daniel Ricardo Mujica artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Por los fundamentos expuestos en el considerando octavo, dejar sin efecto el cargo de $132.949,90, que fuera dispuesto por el artículo undécimo, considerando séptimo, apartado 2, del fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que se responsabilizara al Intendente Municipal José Manuel Inza en solidaridad con el Concejal Ramiro Ortiz Massey, con el Concejal Juan Eduardo Sáenz, con el Concejal Rubén Omar Seoane, con el Concejal Pablo Andrés Yannibelli, con el Concejal José María Cordeviola, con el Concejal Federico Hernán Bertellys, con el Concejal Diego Marcelo Colman, con el Concejal Martín Ezequiel Laborda, con el Concejal Rubén Darío Laddaga, con el Concejal Rodolfo Enrique Rancez, con la Concejal Alicia Liliana Zubiría, con la Concejal Estela Cristina Cerone, con la Concejal Cristina María Croharé, con la Concejal Érica Cristina Torena, con la Concejal Maya Yael Vena y con la Concejal Nancy Beatriz Elichiri artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Por los fundamentos expuestos en el considerando noveno, mantener el cargo de $15.542,26, que fuera dispuesto por el artículo duodécimo, considerando séptimo, apartado 4 del fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que responderá por la suma de $11.756,09 el Intendente Municipal José Manuel Inza en solidaridad con el Director de Recursos Humanos David Noé Torres y con la Secretaria de Desarrollo Social Olga Edith Pomphile y por la suma de $3.786,17 el Intendente Municipal José Manuel Inza en solidaridad con la Directora a/c de Recursos Humanos María Malen Espelet y con el Director de Proyectos y Programas Especiales Ricardo Ezequiel Giordani artículo 39 de la Ley nro.
10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Por los fundamentos expuestos en el considerando décimo, mantener el cargo de $192.733,99, que fuera dispuesto por el artículo décimo tercero, considerando séptimo, apartado 15 del fallo de las cuentas del ejercicio 2016, por el que responderá el Intendente Municipal Federico Hernán Bertellys artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a los Sres. Agustín Juan Carus, Daniel Ricardo Mujica, Diego Marcelo Colman, Federico Hernán Bertellys, Gustavo Alberto Fittipaldi, Gustavo Gabriel Garaicoechea, José Manuel Inza, José María Cordeviola, Juan Eduardo Sáenz, Juan Ignacio Rampoldi, Martín Ezequiel Laborda, Pablo Andrés Yannibelli, Ramiro Ortiz Massey, Rodolfo Enrique Rancez, Rubén Darío Laddaga, Rubén Omar Seoane y Walter Ramón Surget y a las Sras. Adriana Mariela Guedes, Alicia Liliana Zubiría, Cristina María Croharé, Érica Cristina Torena, Estela Cristina Cerone, Luciana David, Maya Yael Vena y Nancy Beatriz Elichiri, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuentas Fiscales nros. 1865/4 multas Pesos CBU
0140999801200000186543 y/o 108/9 cargos Pesos CBU 0140999801200000010893, ambas a la orden del Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite. Asimismo y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Azul, para su conocimiento.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro.
18/16 de este Honorable Tribunal de Cuentas el presente fallo que consta de veintitrés fojas; firmarlo en un ejemplar;
publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el plazo fijado en el artículo undécimo. Cumplido, archívese.
Fallo: 635/2022
Daniel Carlos Chillo; Juan Pablo Peredo; Gustavo Eduardo Diez; Ariel Héctor Pietronave; Federico Gastón Thea.
Rubricado: Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 07/07/2022

SECCIÓN OFICIAL > página 115

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/09/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date28/09/2022

Page count210

Edition count3411

Première édition02/07/2010

Dernière édition17/07/2024

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