Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/09/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 23 de septiembre de 2022

ellos.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Alberto SCIOSCIA, Arturo Alfredo ROJAS, Carmen Nora GARCÍA , Carolina ROBERT, Claudia del Corazón de Jesús PERDEC, Diego Sebastián LÓPEZ RODRÍGUEZ, Eduardo Luis ESPÓSITO, Facundo Manuel LÓPEZ, Hernán TRIGO GUTIÉRREZ, Jaime CANO YAGE, Jorge Hernán MARTÍNEZ, José Luis VIDAL, José María ÁLVAREZ, José Sebastián SERRANO, Juan Ángel GARRÉ, Juan Francisco BIDEGAIN, Luis Alberto VECCIA, Marcelo Manuel ANSEAN, Marcos Alejandro MIGDAL, María Ernestina INDA, Mario Roberto GYGLI, Marta Marina ELÍA, Mauricio Pedro CORONEL, Miguel Ángel ARANA, Mónica Ruth KALLE, Nicolás MERICH, Pablo Martín BUGANDO, Pedro Nolasco BARRIENTOS, Ricardo Alberto CARRERA, Ricardo Esteban ASIAIN, Sabrina Denise WAGNER, Sebastián PÉREZ ARDANAZ, Valentín BUSTILLO, Viviana Mónica PARADA, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas-Pesos - CBU 0140999801200000186543 y Nº 108/9 cargos-Pesos - CBU
0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a Municipalidad de Necochea y particularmente al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo manifestado en el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO DÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de cuarenta fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Octavo. Cumplido, archívese.
Fallo: 585/2022
Daniel Carlos Chillo, Juan Pablo Peredo, Gustavo Eduardo Diez, Ariel Héctor Pietronave, Federico Gastón Thea. Rubricado: Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 15/09/2022
N de Expediente: 4-114.2-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Tandil - Sistema Integrado de Salud Pública Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando primero, mantener la multa de $15.000,00 que fuera impuesta al Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Luis Gastón Morando, a través del artículo tercero, considerando décimo del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, mantener la multa de $11.000,00 que fuera impuesta a la Contadora del Ente y responsable del Sistema de Contabilidad Myrian Elizabeth Rimoli, a través del artículo tercero, considerando décimo del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando tercero, mantener la multa de $11.000,00 que fuera impuesta a la Tesorera Municipal y responsable del Sistema de Tesorería María Ángela Salto, a través del artículo tercero, considerando décimo del fallo recurrido artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar al Sr. Luis Gastón Morando y a las Sras. Myrian Elizabeth Rimoli y María Ángela Salto, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal nro. 1865/4 multas - Pesos CBU 0140999801200000186543, a la orden del Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite. Asimismo y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Tandil y a Municipalidad de Tandil - Sistema Integrado de Salud Pública, para su conocimiento.
ARTÍCULO SEXTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 de este Honorable Tribunal de Cuentas el presente fallo que consta de cinco fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el plazo fijado en el artículo cuarto. Cumplido, archívese.
Fallo: 799/2022

SECCIÓN OFICIAL > página 91

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/09/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date23/09/2022

Page count161

Edition count3409

Première édition02/07/2010

Dernière édition15/07/2024

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