Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/08/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 10 de agosto de 2022

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE ARRECIFES
correspondiente al Ejercicio 2020, conforme se expone en el Considerando único.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar para su conocimiento la presente resolución, al Presidente del Consejo Escolar, al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad -Subsecretaría de Políticas Sociales-, a la Dirección General de Cultura y Educación -Auditoría Generaly al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales y oportunamente devolver al Organismo la documentación presentada.
ARTÍCULO TERCERO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018/16
del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de dos fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 567/2022
Ariel Héctor Pietronave, Gustavo Eduardo Diez, Juan Pablo Peredo, Daniel Carlos Chillo y Federico Gastón Thea.
Rubricado: Ricardo Cesar Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 07/07/2022
N de Expediente: 4-078.3-2019
Ente u Organismo: Municipalidad de Moreno - Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local IMDEL
Ejercicio: 2019
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de MORENO INSTITUTO MUNICIPAL DE
DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL I.M.D.E.L., ejercicio 2019, de acuerdo a lo expresado en el Considerando Séptimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de los incumplimientos consignados en los Considerandos respectivos, así como de las aclaraciones efectuadas en los párrafos pertinentes de los mismos.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Sexto, aplicar MULTAS: de $40.000,00 a la Administradora General, Carola Ruth HERNÁNDEZ; de $40.000,00 a la Administradora General, María GIMÉNEZ; de $30.000,00 al Contador, Jorge Edgardo BOUVET; de $15.000,00 a la Intendente Municipal, Melina Mariel FERNÁNDEZ; y de $15.000,00 al Intendente Municipal, Walter Alejandro FESTA; AMONESTACIONES: a la Tesorera, María Mercedes RAFFO; y LLAMADOS DE ATENCIÓN: a la Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Araceli Viviana BELLOTTA; a la Administradora General, María Isabel REVANEIRA; y a la Jefa del Departamento Compras, Sandra Elizabeth PONCE
Artículo 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento definitivo del Honorable Tribunal de Cuentas sobre el tema tratado en el Considerando Quinto, Apartado b, en los términos, con los alcances y a los efectos allí consignados.
ARTÍCULO QUINTO: Declarar que los siguientes funcionarios: Administradoras Generales, Melina Mariel FERNÁNDEZ y Carola Ruth HERNÁNDEZ; Contador Jorge Edgardo BOUVET; y Jefes de Departamento Patrimonio y Responsables del Sistema de Administración de Bienes Físicos, Sebastián Damián QUAREMBA y Rita Romina PASOS; todos ellos alcanzados, según cada caso, por las Reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar sin efecto la reserva impuesta sobre el punto tratado en el Considerando Quinto, Apartado a, liberando de responsabilidad por dicho tema a los siguientes funcionarios: Intendente Municipal Walter Alejandro FESTA;
Administradoras Generales Mariana BARDISA y Carola Ruth HERNÁNDEZ; Contador Darío Agustín SPÓSITO y Jefa de Departamento de Recursos Humanos y responsable del Sistema de Administración de Personal Esther MARTÍNEZ.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Carola Ruth HERNÁNDEZ; María GIMÉNEZ; Jorge Edgardo BOUVET; Melina Mariel FERNÁNDEZ; Walter Alejandro FESTA; María Mercedes RAFFO; Araceli Viviana BELLOTTA; María Isabel REVANEIRA;
Sandra Elizabeth PONCE; Sebastián Damián QUAREMBA; Rita Romina PASOS; Mariana BARDISA; Darío Agustín SPÓSITO y Esther MARTÍNEZ; lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los funcionarios alcanzados con sanción de multa, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal 1865/4 multas Pesos - CBU
0140999801200000186543, a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva su ejecución Artículos 159 de la Constitución Provincial y 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, hacerles saber que la Sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el Artículo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a éste H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y la situación expuesta en el Considerando Tercero al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de catorce fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas, y reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Séptimo. Cumplido, archívese.
Fallo: 527/2022

SECCIÓN OFICIAL > página 95

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/08/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date10/08/2022

Page count189

Edition count3424

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/08/2024

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