Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/02/2022 - Sección Oficial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 17 de febrero de 2022

Marcelo Simón CROSTA, Antonio Daniel DI SABATINO, Roberto Horacio PACHECO y Paula Daniela LASSALLE, lo resuelto en los Artículos precedentes a cada uno de ellos, y fijarles a aquellos funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de San Vicente, a la Delegación Zonal de Lomas de Zamora y a la Relatoría actuante.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubricar por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución N 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de nueve fojas. Reservar éste Expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Quinto. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas. Fírmese. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Improcedencia Fecha de Acuerdo: /12/2021
N de Expediente: 3-085.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Pehuajó Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar la improcedencia formal de la presentación efectuada por los Sres. Pablo Javier ZURRO, Pedro Eugenio ORNAT y la Sra. Carolina CROCCE, contra lo dispuesto en el Artículo Tercero Considerando Quinto inciso 1 del Fallo de fecha 10/09/2020, Municipalidad de Pehuajó, ejercicio 2018, de acuerdo con lo motivos consignados en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar la procedencia formal de la presentación efectuada por los Sres. Pablo Javier ZURRO, Pedro Eugenio ORNAT y la Sra. Carolina CROCCE, contra las sanciones dispuestas en los Artículos Tercero Considerandos Cuarto apartado a, Quinto inciso 2, y Sexto incisos 1, 2, 3, 4 y 5 y Cuarto Considerandos Cuarto apartado b, del decisorio de fecha 10/09/2020, Municipalidad de Pehuajó, ejercicio 2018, de conformidad con los fundamentos consignados en el Considerando Primero del presente, y disponer el pase de las actuaciones a la División Relatora a los fines previstos en el artículo 39 de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTICULO TERCERO: Declarar la improcedencia formal de la presentación efectuada por los Sres. Pablo Javier ZURRO, Pedro Eugenio ORNAT y la Sra. Carolina CROCCE, contra lo resuelto en el Artículo Quinto, por los temas incluidos en los Considerandos Segundo, Tercero y Cuarto inciso c del Fallo de fecha 10/09/2020, Municipalidad de Pehuajó, ejercicio 2018, de acuerdo con lo motivos consignados en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a Pablo Javier ZURRO, Pedro Eugenio ORNAT y Carolina CROCCE de lo expuesto en los Artículos Primero y Tercero.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Pehuajó.
ARTÍCULO SEXTO: Rubricar por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de tres fojas y firmarlo en un ejemplar. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas y remítanse las presentes actuaciones al Relator actuante, conforme lo dispuesto en el Artículo Segundo. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 16/07/2021
N de Expediente: 3-004.101-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Avellaneda - Seguridad Vial SAPEM
Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos explicitados en el Considerando Único Apartado a aplicar Multa de $15.000 al Presidente Claudio Darío RIAL Artículo 16 de la Ley nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas sobre lo tratado en el Considerando Único Apartado b y declarar que el Presidente Claudio Darío RIAL; alcanzado por la reserva indicada, no deberá considerarse exento de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar a Claudio Darío RIAL de lo resuelto en los Artículos precedentes y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4
multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se le hace saber, en el caso de la sanción impuesta, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.

SECCIÓN OFICIAL > página 85

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/02/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date17/02/2022

Page count156

Edition count3419

Première édition02/07/2010

Dernière édition29/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Febrero 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728