Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/02/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 17 de febrero de 2022

ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal Cuentas de la provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en el Considerando Tercero. Declarar que los cuentadantes del Consorcio de Gestión del Puerto de La Plata por el ejercicio 2019, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, se pronuncie concreta y definitivamente sobre las cuestiones abordadas en el Considerando señalado y encomendar a la Relatoría actuante en ocasión del estudio de la cuenta del próximo ejercicio su tratamiento e informe al respecto.
ARTÍCULO SEXTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal Cuentas de la provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en el Considerando Cuarto. Declarar que los cuentadantes del Consorcio de Gestión del Puerto de La Plata por el ejercicio 2019, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, se pronuncie concreta y definitivamente sobre las cuestiones abordadas en el Considerando señalado y encomendar a la Relatoría actuante en ocasión del estudio de la cuenta del próximo ejercicio su tratamiento e informe al respecto.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal Cuentas de la provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en el Considerando Quinto. Declarar que los cuentadantes del Consorcio de Gestión del Puerto de La Plata por el ejercicio 2019, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, se pronuncie concreta y definitivamente sobre las cuestiones abordadas en el Considerando señalado y encomendar a la Relatoría actuante en ocasión del estudio de la cuenta del próximo ejercicio su tratamiento e informe al respecto.
ARTÍCULO OCTAVO: Dar por cumplida a la División Relatora la encomienda dispuesta por el Artículo Segundo de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N 364/2020 de fecha 05/11/2020, recaída sobre el estudio de la cuenta del Consorcio de Gestión del Puerto de La Plata - Ejercicio 2018,conforme lo expuesto en el Considerando Sexto.
ARTÍCULO NOVENO: Continuar en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal Cuentas de la provincia de Buenos Aires sobre la materia tratada en el Considerando Sexto. Declarar que los señores José María DODDS, Horacio PENAS, Alberto José AMIEL, Alejandro SANDEZ, Cesar Arturo CÓRDIDO, Guillermo Juan Antonio CELENTANO, Marcelo Luís JAWORSKI, Claudio Enrique ALÍ, Alejandro José CACHILE y José Rodolfo ROCCA, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga y encomendar a la Relatoría actuante en ocasión del estudio de la cuenta del próximo ejercicio su seguimiento, como así también informar al respecto.
ARTÍCULO DÉCIMO: Dejar constancia de lo señalado en el Considerando Séptimo y encomendarle a la División Relatora, actuante en ocasión del estudio de la cuenta del próximo ejercicio, que retome e informe sobre los temas tratados en el mencionado Considerando. No deberán quedar exentos de responsabilidad los cuentadantes del Consorcio de Gestión del Puerto de La Plata por el ejercicio 2019 hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a los señores José María DODDS, Alberto José AMIEL, Alejandro SANDEZ, Rogelio Martin BLESA, Marcelo Luis JAWORSKI, Guillermo Juan Antonio CELENTANO, Cesar Arturo CÓRDIDO, Alejandro José CACHILE, Claudio Enrique ALI, Rodolfo José ROCCA, Marcelo Gerardo MARTINEZ ROSTOLL y Horacio PENAS, de lo resuelto en los Artículos precedentes, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se le hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente Resolución al Presidente del Consorcio, al señor Subsecretario de Actividades Portuarias del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires, y al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018-16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de veinticuatro 24
fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Undécimo. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Proc./Improc.
Fecha de Acuerdo: 28/09/2021
N de Expediente: 2-299.0-2017
Ente u Organismo: Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima Ejercicio: 2017
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Conceder los recursos interpuestos por los señores Guillermo René SCARCELLA, Walter Jorge CIRIACO, Heriberto JAUREGUI LORDA, Ricardo Juan Bautista MORATO, Luis Alfonso VOLPI, Lorenzo Pablo GIANNELLI, Jorge Enrique RADIVOJ, Alfredo Damián LIJO, Carlos Alberto CORONEL, Oscar Alejandro SCARCELLA, Jorge Héctor DI
LEO y las señoras Natalia Elena NOZAL, Victoria VILLAMAYOR y María Julieta CASAJUS, declarando la procedencia formal de los mismos, de acuerdo a lo expresado en el Considerando Primero de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar la improcedencia formal de los recursos de revisión interpuestos por los señores
SECCIÓN OFICIAL > página 76

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/02/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date17/02/2022

Page count156

Edition count3421

Première édition02/07/2010

Dernière édition31/07/2024

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