Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/01/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 06 de enero de 2022

de veinte 20 días de notificado, de acuerdo al artículo 74 del Decreto-Ley N 9650/80 T.O. 1994.ARTÍCULO 3. REGISTRAR en Actas. Publicar Edictos.Departamento Resoluciones Eduardo Santin, Presidente ene. 5 v. ene. 11
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el Expediente Nº 2990-50978-07 la Resolución N 948.099 de fecha 12 de mayo 2021.
RESOLUCIÓN N 948.099
VISTO, el expediente N 2900-50978-07 iniciado por Marcelo Daniel RODRIGUEZ, atento la solicitud de reconocimiento de servicios efectuada, y CONSIDERANDO, Que surge de la documental obrante a fojas 2/14, 28, 37/39, 31/33 del expte. glosado como foja 65, que el titular de autos prestó servicios como Médico en el Servicio de Neonatología del Hospital Zonal General de Agudos Descentralizados "Virgen del Carmen" de Zárate, en calidad de Becario, durante el período que comprende desde el 01-03-1998 al 31-122002;
Que al respecto cabe destacar que los servicios en análisis, si bien no configuran relación de empleo público tal como dispone expresamente el art. 6 del Decreto N 5725/89 reglamento de becas del Ministerio de Salud, que en su texto reza:
La vinculación existente entre el becario y el Estado Provincial, no configura relación de empleo público, por lo que no resulta aplicable el Régimen para Personal de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, en excepción de lo establecido expresamente en el presente Reglamento, constituyen relación de dependencia a tenor de los informes emanados del Ministerio de Salud que dan cuenta de la relación laboral existente entre el empleador y el agente;
Que de lo actuado surge que Marcelo Daniel RODRIGUEZ revistó idéntica situación que el personal de Planta, motivo que permite concluir que existió relación de subordinación y demás elementos que hacen a la relación laboral y que tales servicios quedan encuadrados en el art. 2 del Decreto-Ley N 9650/80 deviene atendible su reconocimiento;
Que dada la condición de afiliación obligatoria de los servicios, y en virtud de la doctrina sentada en la causa Pisano, Juan José el Pcia. de Buenos Aires I.P.S. Demanda Contencioso Administrativa fallada por nuestro máximo Tribunal Provincial, en tanto se los considera como una prestación de servicios remunerados y en relación de dependencia en cualquiera de los poderes de Estado Provincial o Municipal;
Que las tareas desarrolladas por Marcelo Daniel RODRIGUEZ en el ámbito del Ministerio de Salud, cuyo reconocimiento se pretende, resultan de carácter insalubre a tenor del Decreto N 2198/01 y su ampliatorio N 2868/02;
Que a foja 73 el área técnica procede a liquidar el correspondiente cargo deudor, en concepto de aportes personales y contribuciones patronales no efectuados durante el lapso 01-03-1998 hasta el 31-12-2002, que ascienden a $212.710,43 y $159.532,82 respectivamente, conforme lo normado por los arts. 2º, 4, 19 y 61 del DecretoLey N 9650/80 T. O. 600/94
y Decreto N 2198/01 y su ampliatorio N 2868/02;
Que respecto a los Intereses se aplicará el 6% anual, a partir de la notificación del presente acto, atento lo establecido en el Memorando N 4/18 de este IPS;
Que a foja 76/77 la Comisión de Finanzas, Preadjudiciones y Asuntos Administrativos dictaminó, en coincidencia con la intervención de foja 75 de Fiscalía de Estado, que corresponde reconocer los servicios peticionados;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 12 de mayo de 2021, según consta en el Acta N 3566;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Reconocer, a los fines previsionales, los servicios insalubres desempeñados por Marcelo Daniel RODRIGUEZ como Médico en el Servicio de Neonatología del Hospital Zonal General de Agudos Descentralizados "Virgen del Carmen" de Zárate, en calidad de Becario, durante el período que comprende desde el 01-03-1998 al 31-12-2002, conforme argumentos vertidos en el presente acto.ARTÍCULO 2. Declarar legítimo el cargo deudor liquidado en concepto de aportes personales y contribuciones patronales no efectuados, durante el lapso 01-03-1998 hasta el 31-12-2002, que ascienden a $212.710,43 y $159.532,82
respectivamente.ARTÍCULO 3. Intimar al titular de autos a que, en el plazo perentorio de diez 10 días de notificada del presente, proponga forma de pago de la deuda por aportes personales no efectuados, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que por derecho correspondan.ARTÍCULO 4. Establecer que para el caso supuesto de cancelar la deuda por aportes personales en un solo pago, se deberá depositar el importe en la cuenta de este IPS N 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco de la Provincia de Buenos Aires -Casa Matriz de La Plata-, debiendo acompañar el correspondiente comprobante de pago, o bien remitirlas vía electrónica al correo sectordeudas@ips.gba.gov.arARTÍCULO 5. Supeditar la entrega de las actuaciones al interesado, a la cancelación de la deuda que posee con este Instituto de Previsión Social.ARTÍCULO 6. Dar intervención oportunamente a la Dirección de Recaudación y Fiscalización respecto a la deuda por contribuciones patronales.ARTÍCULO 7. Notificar a los interesados que contra las resoluciones de este Organismo se podrá interponer Recurso de
SECCIÓN OFICIAL > página 83

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/01/2022 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date06/01/2022

Page count135

Edition count3412

Première édition02/07/2010

Dernière édition18/07/2024

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