Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 15 de marzo de 2021

ARTÍCULO SEXTO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nº 18/2016 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires la presente resolución que consta de dieciséis fojas;
publíquese en el Boletín Oficial, y en la página electrónica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar éste Expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Tercero, Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 19/03/2020
N de Expediente: 3-094.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Monte Hermoso Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de MONTE HERMOSO, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo, aplicar: Amonestación al Intendente Marcos Luis FERNÁNDEZ, a la Contadora Sandra María PASQUINI, y a la Responsable del Sistema de Administración de Bienes Físicos Mirta Ester ROJAS y Llamado de Atención a la Tesorera Stella Maris RIPOLL Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Formular las recomendaciones del presente ejercicio que se indican en el Considerando Tercero al Intendente Municipal Marcos Luis FERNÁNDEZ y encomendar a la Delegación Zonal su seguimiento e informe en el próximo estudio de cuenta.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a Marcos Luis FERNÁNDEZ, Sandra María PASQUINI, Stella Maris RIPOLL y Mirta Ester ROJAS de lo resuelto en los Artículos precedentes. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el Artículo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar al Relator a cargo del estudio de la cuenta, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Monte Hermoso.
ARTÍCULO SEXTO: Rubricar por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nº 18/2016 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente Fallo que consta de seis fojas y firmarlo.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 3-085.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Pehuajó Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de PEHUAJÓ, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Noveno.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances de las cuestiones tratadas en el Considerando Quinto inciso 1.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Cuarto, Quinto y Sexto y en base a la determinación efectuada en el Considerando Octavo aplicar Multa de $18.000,00 al Intendente Municipal Pablo Javier ZURRO y de $17.000,00 al Contador Municipal Pedro Eugenio ORNAT y Amonestación al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Diego Alberto VIDELA y a la Tesorera Municipal Carolina CROCCE Artículo 16 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar los importes detallados en el Considerando Cuarto apartado b y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo de $692.845,63, por el que deberán responder el Contador Municipal Pedro Eugenio ORNAT en solidaridad con la Tesorera Municipal Carolina CROCCE hasta la suma de $584.357,41 y el Contador Municipal Pedro Eugenio ORNAT en solidaridad con el Tesorero Municipal Ignacio Daniel SINCLAIR hasta la suma de $108.488,22 Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en el Considerando Segundo, Tercero y Cuarto inciso c y disponer que la Relatoría Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio. Declarar que el Intendente Municipal Pablo Javier ZURRO, el Contador Municipal Pedro Eugenio ORNAT, la Asesora Legal Cecilia Luciani y los Tesoreros Municipales Carolina CROCCE e Ignacio Daniel SINCLAIR no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H.
Tribunal de Cuentas, no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre las cuestiones tratadas en el Considerando Séptimo, liberando de responsabilidad al Contador Pedro Eugenio ORNAT y a la Tesorera Carolina CROCCE.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Pablo Javier ZURRO, Pedro Eugenio ORNAT, Carolina CROCCE, Ignacio Daniel SINCLAIR, Diego Alberto VIDELA y Cecilia LUCIANI, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90
días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4
multas-pesos-CBU 0140999801200000186543 y/o Nº 108/9 cargos-pesos-CBU 0140999801200000010893, ambas a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires-CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se le hace saber que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable
SECCIÓN OFICIAL > página 132

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2021 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date15/03/2021

Page count137

Edition count3406

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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