Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/02/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 22 de febrero de 2021

Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se le hace saber que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al señor Ministro de Seguridad y al Director General de Administración del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del H.
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires esta Resolución que consta de tres 3 fojas, firmarla en un ejemplar, reservar el expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento por los términos fijados en el Artículo Tercero.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Sumario.
Fecha de Acuerdo: 14/11/2019.
N de Expediente: 21100-245582-2014-0-1.
Sumario de responsabilidad Patrimonial: Ministerio de Seguridad.
Ejercicio: 2014.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $3.294,28 referido al mes de septiembre de 2014, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar solidaria y patrimonialmente responsables a los señores Emir Facundo Nazareth VERÓN, D.N.I Nº 36.311.138 y Darío Fabián MEDINA, D.N.I Nº 33.205.164 por transgresión a los Artículos 112 y 114 de la Ley Nº 13.767 Arts. 64 y 65 del Decreto-Ley Nº 7764/71, T. O. 9167/86 y concordantes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario en forma solidaria por la suma total de pesos tres mil doscientos noventa y cuatro con veintiocho centavos $3.294,28 de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar a los señores Emir Facundo Nazareth VERÓN y Darío Fabián MEDINA el cargo pecuniario que se les formula en el Artículo Segundo y fijarles plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 - CBU 0140999801200000010893 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes.
Asimismo, se les hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al señor Ministro de Seguridad y al Director General de Administración del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por la señora Secretaria de Actuaciones y Procedimiento esta resolución que consta de tres 3 fojas, firmarla en un ejemplar, reservar el expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento por los términos fijados en el Artículo Tercero.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Sumario.
Fecha de Acuerdo: 14/11/2019.
N de Expediente: 21100-256994-2014-0-1.
Sumario de responsabilidad Patrimonial: Ministerio de Seguridad.
Ejercicio: 2014.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $4.162,00; referido al mes de junio de 2014, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar patrimonialmente responsable al señor Emiliano Ariel VALDEZ, D.N.I. Nº 32.261.442, por transgresión a los Artículos 112 y 114 de la Ley Nº 13.767 Arts. 64 y 65 del Decreto-Ley Nº 7764/71, T. O. 9167/86 y concordantes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario por la suma total de pesos diez mil doscientos ochenta y siete $10.287,00 de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar al señor Emiliano Ariel VALDEZ el cargo pecuniario que se le formula en el Artículo Segundo y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 - CBU 0140999801200000010893 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se le hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y Juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al señor Ministro de Seguridad y al Director
SECCIÓN OFICIAL > página 118

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/02/2021 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date22/02/2021

Page count120

Edition count3401

Première édition02/07/2010

Dernière édition28/06/2024

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