Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/06/2020 - Sección Oficial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 29 de junio de 2020

compensatorios sobre saldos impagos.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires Casa Matriz La Plata y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado, o en su defecto remitir el mismo vía electrónica al correo sectordeudas@ips.qba.gov.ar.
ARTICULO 5. Registrar en Actas. Notificar al interesado. Remitir a Gestión y Recupero de Deudas.
Departamento Resoluciones Christian Gribaudo, Presidente jun. 25 v. jul. 1

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días a los derechohabientes del causante de autos, en el Expediente Nº 21557-218291-12 la Resolución Nº 943.579 de fecha 25 de abril de 2020.
RESOLUCIÓN Nº 943.579
VISTO, el expediente N21557-218291-12 correspondiente a MÉNICA ISABEL NOVO, DNI 11.711.175, en el cual se ha practicado deuda por haberes percibidos indebidamente y;
CONSIDERANDO:
Que se presenta la titular de autos solicitando beneficio jubilatorio bajo el sistema de Jubilación Automática Docente, creado por resolución de este IPS 18/06. El cual es dado de alta a partir del 30/07/2012, en base al 70% del cargo Directora de 3oE. Primaria - Rural 3 - J. Completa, con el máximo de antigedad docente desempeñado en Dirección General de Cultura y Educación.
Que en virtud de haberse agregado el Código Original, las áreas técnicas vuelven a tomar intervención, rectificando el porcentaje de la bonificación por ruralidad otorgado provisoriamente, atento los servicios informados por la ex empleadora, motivando deuda liquidada.
Que cabe aclarar, al disminuir la bonificación por ruralidad, disminuye el :o de la bonificación Jornada Completa, siendo esta ultima un porcentaje sobre los conceptos que integran el haber.
Que ello así, se dicta la Resolución n845334/16 y su modificatoria la n 853286/18, por las cuales se acuerda el beneficio definitivo de jubilación ordinaria a la titular en base al 70% del cargo Directora de 3oE. Primaria - Desfavorable 3 - J.
Completa, con el máximo de antigedad docente desempeñado en Dirección General de Cultura y Educación.
Que en este entendimiento puede verse que se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, que faculta a este IPS a repetir lo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte de la beneficiaría, por todo lo que hubiere percibido de manera indebida, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 726,766, 868, 1796, 1798 y concordantes del Código Civil y Comercial;
Que en orden a lo establecido en la Resolución 8/12 y el artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, es que tomó debida intervención el Sector Gestión y Recupero de Deudas, liquidando deuda por haberes indebidamente percibidos, por el período 30/07/2012 al 31/03/2017, la que asciende a la suma de ciento treinta y siete mil ochocientos noventa y ocho con 62/100 $137.898,62, y que por lo hasta aquí expuesto resulta legítima de imponer.
Que el Sr. Fiscal de Estado se ha expedido sobre la cuestión planteada.
Que se ha corrido traslado a la titular de la deuda liquidada a los fines de garantizar su derecho de defensa.
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTICULO 1: Declarar legítimo el cargo deudor liquidado a MÓNICA ISABEL N0VO, por haberes percibidos indebidamente por el período 30/07/2012 al 31/03/2017, la que asciende a la suma de ciento treinta y siete mil ochocientos noventa y ocho con 62/100 $137.898,62, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución 8/12 y el artícúTtrSI del DecretoLey 9650/80 y argumentos vertidos precedentemente.
ARTICULO 2: Intimar de pago a la titular, para que dentro del plazo de 5 cinco días hábiles, contados a partir de la notificación del presente, abone al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires el importe total declarado legitimo en el Articulo 1. El importe del crédito reclamado deberá ser depositado en la cuenta fiscal N50046/3
CBU0140999801200005004639 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Casa Matriz de La Plata, debiendo adjuntar a las actuaciones, dentro del mismo plazo, copia certificada del respectivo comprobante, o bien remitirla vía electrónica al correo sectordeudas@ips.qba.qov.ar.
ARTICULO 3: Disponer que una vez transcurrido el plazo establecido en el articulo precedente sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se afectara el haber previsional en el 20% veinte por ciento de las sumas que por todo concepto perciba la deudora, conforme la facultad otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80. Se deja constancia que en este caso en particular, no se deberá reclamar intereses compensatorios, en virtud de que la causa generadora de la deuda no resulta imputable al deudor y/o ex empleador atento lo establecido en el artículo 2 de la Resolución n12/18.
ARTICULO 4: Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones de la Coordinación Gestión y Recupero de Deudas. Cumplido, dar el trámite que por derecho corresponda. Oportunamente archivar.
Departamento de Relatoría/Coordinación Gestión y Recupero de Deudas Christian Gribaudo, Presidente jun. 25 v. jul. 1

SECCIÓN OFICIAL > página 57

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/06/2020 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date29/06/2020

Page count84

Edition count3408

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2020>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930