Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/05/2020 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 18 de mayo de 2020

Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 31 de diciembre de 2019, la renuncia presentada por Rodolfo Andrés MARTÍNEZ DNI N 20.233.892 - Clase 1968, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor, en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, quien había sido designado por Decreto N 1670/16, de acuerdo con lo establecido por el artículo 14 inciso b de la Ley Nº 10.430 Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96, reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1 de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 2. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 31 de diciembre de 2019, la reserva de su cargo de revista dispuesta por Decreto N 1670/16, dejando establecido que el profesional citado en el artículo precedente, retomará sus funciones como Médico Agregado - Especialidad: Cardiología con un régimen de treinta y seis 36 horas semanales de labor, en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas.
ARTÍCULO 3º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por el artículo 3 del Decreto N 99/20, a partir del 1 de enero de 2020, como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, a la Licenciada María Paz CORSIGLIA DNI N 27.742.340 - Clase 1979, de conformidad con lo establecido por el artículo 8 de la Ley N 10.471, sustituido por el artículo 1 de la Ley N
10.528.
ARTÍCULO 4. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 1 de enero de 2020, el cargo que posee la profesional mencionada en el artículo precedente, como Licenciada en Kinesiología y Fisiatría Agregada, con un régimen de treinta y seis 36 horas semanales de labor, en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, mientras se desempeñe como Directora Asociada del establecimiento citado, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N 10.430 Texto Ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N
4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N 10.471, sustituido por el artículo 1 de la Ley N 10.528.
ARTÍCULO 5º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador
DECRETO Nº 383/2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 15 de Mayo de 2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-08467870-GDEBA-DSTASGG, mediante el cual se propicia crear el Sello Editorial Ediciones Bonaerenses, y CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires garantiza a las personas el derecho a la comunicación y a la información artículo 12, inciso 4;
Que, en consecuencia, constituye una de las funciones del Estado la divulgación de la información y el conocimiento que se genera a partir de sus políticas públicas;
Que, a fin de consolidar y sistematizar el conocimiento sobre la actividad del Estado, como así también, promover la educación y divulgación del pensamiento y fortalecer el sistema democrático, resulta imprescindible la elaboración y publicación de material de investigación impreso y en soporte digital, destinado a todos los sectores de la sociedad;
Que, es dable destacar que el cuidado, fortalecimiento y expansión del patrimonio cultural provincial depende, en gran medida, del Estado, por lo que la publicación, edición o reedición de obras relevantes para la historia y la tradición deben ser tareas fomentadas en todas las áreas del saber y dela actividad humana;
Que, en mérito a ello, se promueve la creación del sello editorial perteneciente a la provincia de Buenos Aires, a fin de dotar de un medio idóneo que garantice a las publicaciones realizadas por su intermedio su disponibilidad y el resguardo de los derechos de autor, a través de una o más características de Creative Commons -licencias de uso común para materiales que se comparten de manera gratuita-;
Que, en ese sentido, un sello editorial permitirá la inscripción legal de las publicaciones que realice la Provincia, cumpliendo de esta forma con los requerimientos establecidos en la Ley Nacional N 22.399, mediante la cual todo libro editado en la República Argentina, podrá llevar impreso el número del Sistema Internacional Normalizado para Libros I.S.B.N.Internacional Standard Book Number;
Que, por otra parte, la iniciativa de sello editorial permitirá acceder a los beneficios de la Ley Nacional Nº 25.446 de promoción del libro y de la lectura;
Que, para llevar a cabo dicha tarea, el Estado provincial dispone de la infraestructura, equipamiento y recursos humanos capacitados, a través de la Dirección Provincial de Impresiones y Digitalización del Estado dependiente de la Secretaría General;

SECCIÓN OFICIAL > página 31

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/05/2020 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date18/05/2020

Page count63

Edition count3408

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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