Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/02/2020 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 10 de febrero de 2020

seguidamente se transcribe. En su defecto deberán dentro del mismo plazo celebrar con el Organismo un convenio de pago, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial que corresponda. Asimismo, vencido el plazo indicado sin que se verifique el pago o la celebración del convenio de pago, se los deja intimados a los derechohabientes del titular de la deuda, a que procedan a abrir la sucesión dentro del término de 30 días de notificados y denunciar su radicación dentro de los diez de decretada su apertura, bajo apercibimiento de instar el recupero judicial de las sumas adeudadas a éste Instituto de Previsión Social de conformidad con lo establecido en el art. 729 Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires.
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente Nº 2350-145963/03 la Resolución Nº 911667 de fecha 27/03/2019.
RESOLUCIÓN Nº 911667
La Plata, 27 de marzo de 2019
VISTO el expediente N 21557-403791-17 por el cual María Elvira MASSEY, solicita el beneficio de PENSIÓN en los términos del Decreto-Ley N 9650/80 T.0.1994, alegando su condición de cónyuge supérstite de Federico Mariano DILLON, fallecido el 18 de enero de 2017, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 531.908 y su modificatoria N 560.923 se acordó el beneficio de jubilación por edad avanzada al causante con efectos patrimoniales desde el 1/12/2002;
Que posteriormente se advirtió que el causante poseía un beneficio acordado por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires desde el 1/07/1983, no habiendo sido notificada dicha circunstancia al inicio de su trámite jubilatorio;
Que rige lo preceptuado por el artículo 60 del Decreto Ley N 9650/80 T.O. 1994 que prescribe que es incompatible la percepción de la jubilación por edad avanzada con cualquier otro beneficio;
Que por lo expuesto, corresponde revocar las resoluciones arriba referidas en virtud del error involuntario en que se incurriera y lo tornara ilegítimo y dejar establecido que al causante no le asistía derecho a la prestación por edad avanzada;
Que conforme lo expuesto, a fs. 125/126 se practicó el correspondiente cargo deudor por los haberes percibidos indebidamente por Federico M. Dillon por el período 1/12/2002 al 17/01/2017 que asciende a la suma de pesos cuatro millones ochocientos setenta y dos mil setecientos setenta y nueve con 70/100 $ 4.872.779,70;
Que en relación a la pretensión de la María Elvira Massey, siendo la prestación pensionaría una derivación necesaria del derecho previsional del causante, es que no corresponde el otorgamiento de la misma a la solicitante, conforme lo establecido por el art. 34 del citado Decreto Ley;
Que conforme constancias de fs. 105/107 y lo informado a fs. 119, corresponde requerir al Banco de la Provincia de Buenos Aires las sumas no devueltas;
Que contando con el dictamen de la Asesoría General de Gobierno, la vista del Fiscal de Estado y el dictamen de la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE
ARTÍCULO 1. REVOCAR la Resolución N 531.908 de fecha 26 de agosto de 2004 y la Resolución N 560.923 del 29 de junio de 2006, atento los argumentos vertidos en los considerandos.ARTÍCULO 2. DENEGAR el beneficio de JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA a Federico Mariano DILLON, con documento LE N 5.143.240.ARTÍCULO 3. DENEGAR el beneficio de PENSIÓN solicitado por María Elvira MASSEY, con documento DNIF N
2.738.794, atento las argumentaciones vertidasen los considerandos del presente.ARTÍCULO 4. Declarar legítimo el cargo deudor que asciende a la suma de pesos cuatro millones ochocientos sesenta y dos mil setescientos setenta y nueve con 70/100 $ 4.872.779,70 por haberes percibidos indebidamente por el causante desde el 1/12/2002 y hasta el 17/01/2017.Intimar a los derechohabiestes para que en el plazo de veinte 20 días cancelen la deuda o celebren un convenio de acuerdo a la Resolución Nº 12/18 IPS, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales para su recupero.Para el primer supesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU
0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires Casa Matriz La Plata y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado, o en su defecto remitir el mismo vía electrónica al correosectordeudas@ips.gba.gov.ar .ARTÍCULO 5. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificados artículo 74 del Decreto-Ley N 9650/80 T. O. 1994.ARTÍCULO 6. REGISTRAR en Actas. Notificar a la interesada. Remitir al Sector Gestión y Recupero de deudas. Continuar con el trámite a fin de requerir al Banco de la Provincia de Bs. As. las sumas no devueltas.Julieta Monterruibieanessi; Christian Gribaudo. Presidente.
feb. 5 v. feb. 11

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente Nº 2350165821-04 a los derechohabientes CHIOLA ELIOS la Resolución Nº 923008 de fecha 29/08/2019 y los intima para que dentro del plazo de 10 días de notificados paguen al Organismo la suma total de $ 2.469.471,24 Pesos Dos Millones, Cuatrocientos Sesenta y Nueve Mil, Cuatrocientos Setenta Y Uno, con 24/100, o en su defecto, a que celebren convenio de pago con el Instituto de Previsión Social dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las
SECCIÓN OFICIAL > página 34

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/02/2020 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date10/02/2020

Page count59

Edition count3418

Première édition02/07/2010

Dernière édition26/07/2024

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