Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/08/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 23 de agosto de 2019

Que para propiciar dicho trámite se afectaron, en algunos casos, cargos vacantes creados oportunamente por el artículo 57
de la Ley N 14.652, correspondiente al presupuesto general ejercicio 2015, y en otros, vacantes originadas por diferentes tipos de ceses de personal de planta permanente, los cuales se encuentran todos vigentes en el presupuesto general ejercicio 2019, Ley N 15.078;
Que las vacantes para los cargos de María Fernanda MUÑOZ, María Orie ALEGRE, Adriana MarcelaSOSA, Mirian Mariana ROMERO y Dionicia BENÍTEZ se transformarán por medio del presente acto, teniendo en cuenta la autorización del artículo 17 de la Ley N 15.078 y el Decreto N 1/19;
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2 y 3 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N 4161/96 en forma previa a la fecha de notificación de cada uno de los interesados;
notificación de cada uno de los interesados;
Que por el artículo 4 inciso b del Decreto -Ley N 9650/80 texto ordenado por Decreto N 600/94, se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba;
Que las funciones que desempeñarán Omar Jorge CALDERÓN y Rubén Roberto GARCÍA, son consideradas insalubres mediante Resolución N 1271/92, a los efectos determinados por el Decreto Nº 1351/71, de modo que ambos deberán efectuar el aporte previsional mensual al que se alude en el párrafo anterior;
Que resulta procedente otorgar a Omar Jorge CALDERÓN, Rubén Roberto GARCÍA, María FernandaMUÑOZ, Emilio Joel MOLLUSO, Julio VIQUE, Sergio Sebastián FIGUEROA, Dionicia BENÍTEZ,Ángela Martina PIRIS, Miriam María ROMERO
y Adriana Marcela SOSA una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento 15% del sueldo básico, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales de los hospitales Lucio Meléndez de Adrogué, Mi Pueblo de Florencio Varela y Vicente López y Planes de General Rodríguez, de acuerdo con lo normado por Decretos Nº 112/15, N 2894/11 y N 979/15;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía y Contaduría General de la Provincia;
Que los nombramientos propuestos encuadran en los artículos 5, 6 y concordantes de la Ley N 10.430;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Efectuar dentro del presupuesto general ejercicio 2019, Ley N 15.078, sector público provincial no financiero, administración provincial, administración central, jurisdicción 12: Ministerio de Salud, la pertinente transferencia de cargos según el detalle del anexo 1 IF-2019-01448362-GDEBADPTEYPBMSALGP, que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º. Designar en la Jurisdicción 11112 -Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, en la planta permanente de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N 4161/96, a las personas que se mencionan en el anexo 2 IF-201920489749-GDEBA-DPTEYPBMSALGP que forma parte integrante del presente, en las condiciones que se indican en el mismo.
ARTÍCULO 3º. Las designaciones concretadas en el artículo precedente tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurridos seis 6 meses a partir de la fecha de toma de posesión de los cargos, de conformidad con lo establecido por el artículo 6 de la Ley Nº 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N
4161/96. conformidad con lo establecido por el artículo 6 de la Ley Nº 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N 4161/96.
ARTÍCULO 4º. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2 y 3 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N 4161/96, en forma previa a la toma de posesión de cada uno de los interesados.
ARTÍCULO 5. Otorgar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a Omar Jorge CALDERÓN DNI 25.601.021 clase 1976, Rubén Roberto GARCÍA DNI 21.801.307 clase 1970, María FernandaMUÑOZ DNI 31.026.125 clase 1984, Emilio Joel MOLLUSO DNI 34.776.592 clase 1989, Julio VIQUE DNI 20.281.694 clase 1968, Sergio Sebastián FIGUEROA DNI 33.145.131 clase 1985,Dionicia BENÍTEZ DNI 19.024.666 clase 1964, Ángela Martina PIRIS DNI
30.437.555 clase 1974, Miriam María ROMERO DNI 31.676.295 clase 1970 y Adriana Marcela SOSA DNI
25.174.758 clase 1976, a partir de la fecha de notificación del presente, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento 15% del sueldo básico, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales del Hospital Zonal General Lucio Meléndez de Adrogué, el Hospital Zonal General de Agudos Mi Pueblo de Florencio Varela y el Hospital Interzonal General Vicente López y Planes de General Rodríguez, de acuerdo a lo normado por Decretos Nº 112/15, N 2894/11 y N 979/15, respectivamente.
ARTÍCULO 6. Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación del presente, Omar JorgeCALDERÓN DNI
25.601.021 clase 1976 y Rubén Roberto GARCÍA DNI 21.801.307 clase 1970 deberán efectuar un aporte previsional obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciban, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 inciso b del Decreto - Ley N 9650/80 texto ordenado por Decreto N 600/94, dado que las funciones que desempeñarán son consideradas insalubres mediante Resolución N 1271/92, a los efectos determinados por el Decreto Nº 1351/71.
ARTÍCULO 7º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD Jurisdicción Auxiliar 00 Unidad Ejecutora: 103 - Programas: 0014 y 0015
Subprogramas: 001, 017, 010 y 002 Actividad: 1 - Ubicación Geográfica: 28, 274, 270 y 364 Finalidad 3 Función 1
Subfunción 0 Fuente de Financiamiento 1.1 Inciso 1 Partida Principal 1 Parcial 0 Régimen Estatutario 01
Agrupamientos 1, 2 y 3. Personal de Servicio, Obrero, y Administrativo Presupuesto General Ejercicio 2019 Ley N

SECCIÓN OFICIAL > página 25

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/08/2019 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date23/08/2019

Page count68

Edition count3406

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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