Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/11/2018 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Jueves 8 de noviembre de 2018

Cabe destacar, que la mencionada como RP N 192, es en realidad RP N 47. La RP N 34, la cual será utilizada por los caminantes provenientes de Pilar, es una ruta de calzada única de reciente pavimentación y bajos valores de tránsito. Por otra parte el hecho de que la autovía 6 cuente con calzadas divididas y banquinas asfaltadas, permitirá que éstas últimas sean utilizadas por los participantes de la procesión dejando a su vez el carril derecho para los vehículos que integran la peregrinación dando resguardo a los peatones, mientras que los usuarios que transiten en el mismo sentido norte-sur, tendrán disponible el carril rápido izquierdo para la superación de peregrinos sin inconvenientes, realizándose neutralizaciones solo donde sea necesario por los entrecruces. Un lugar que merece particular atención, es el acceso a Open Door desde la RP N 6, ya que es una zona de mala visibilidad para los conductores y unos 500 metros después de abandonar la RP N 6, pasa a ser calzada única sin separación física de carriles.
Que la Dirección de Coordinación del Transporte, ha analizado la documentación presentada, verificando que la misma posee Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, declaración jurada del Rev. Diácono Permanente de la Diócesis Zárate Campana. Sergio Antonio Pandiani, donde declara que desde la institución se han tomado las medidas de seguridad necesarias para la realización de la peregrinación de modo tal que la misma se desarrolle en forma segura para los participantes, organizadores, personas y bienes que circulan a lo largo del recorrido, mapas con el recorrido de cada columna que intervienen en la procesión;
Que el presente acto se dicta de conformidad a lo establecido en el artículo 30 del Anexo III del Decreto Nº 532 de fecha 17 de abril de 2009 -B.O. 28/07/09-, Reglamentario de la Ley Nº 13.927/09, modificada por la Ley 15.002 Ley de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires, Ley de Ministerios Nº 14.989 y el Decreto Nº 35/18, que aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos;
Por ello;
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Autorizar el uso especial de la vía pública para la realización de la Peregrinación denominada 40 Peregrinación Diocesana a Pie al Santuario de Nuestra Señora de Lujan programada para los días días 3 y 4 de noviembre del corriente, en las RP Nº6, RP N.º192, RP N.º34 y RP N.º7. La peregrinación está compuesta por dos columnas, que se detallan en el siguiente cronograma: La primera inicia el recorrido el día 3 de noviembre desde Justa Lima de Atucha 70 Zárate en el horario de las 16:00 hs, tomando por Avenida General Lavalle Camino Provincial 038-01, para continuar por la RP N 6, tomando el Camino Provincial 064-09 y posteriormente la RP N 192 o RP Nº47, hasta llegar a la RP N 7 y concluir su recorrido en el Santuario. Por otra parte, la segunda columna inicia su recorrido el día 3 de noviembre a las 23:30 hs en la Parroquia Nuestra Señora del Pilar Pilar continuando por la RP N 34, cruzando la RP Nº6, hasta su finalización en la RP N 7, accediendo por calles municipales hasta llegar al Santuario de Nuestra Señora de Lujan, a las 06:00hs del día domingo 4.
ARTÍCULO 2. Encomendar a la División de Operaciones Vial de la Superintendencia de Policía de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires, a disponer la restricción vehicular de las vías, y acompañando a la peregrinación conforme las siguientes indicaciones ya que no podrá efectuarse un corte total de las vías señaladas por formar las mismas la Red Vial Provincial por donde transita los vehículos de carga:
- Durante el trayecto por la RP Nº 6, se restringirá solo uno de los carriles, dejando liberado el tránsito en el mismo sentido norte-sur por carril rápido.
- Con referencia a las RP Nº 7, 34, 47o 192, y Caminos Provinciales 038-01 Zárate y 064-09 Lujan deberán realizarse cortes de manera intermitente de acuerdo al desplazamiento de los peregrinos.
ARTÍCULO 3. Registrar, comunicar a la Administración de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, al organizador del evento, publicar en el Boletín Oficial y al SIMBA. Cumplido, archivar.
Mariano Daniel Campos, Subsecretario.
C.C. 12.502

RESOLUCIÓN N 148- MJGM-18

LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 2 de noviembre de 2018

VISTO la Ley N 14.226, Resolución Propia N 25/17 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la necesidad de adecuar los representantes de esta Cartera Ministerial ante la Comisión Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo Público CoMiSaSEP, y CONSIDERANDO:
Que la Co.Mi.Sa.SEP tiene a su cargo proponer e impulsar políticas públicas vinculadas a las condiciones y medio ambiente de trabajo de los agentes del Poder Ejecutivo por lo que está integrada por representantes del Poder Ejecutivo Provincial y de los Sindicatos de los Trabajadores Estatales;
Que mediante Resolución aludida en el exordio, se designó al entonces Director Delegado de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano, Pablo Ariel CHIALVA BOSCHI D.N.I N 23.535.230 como representante de este Ministerio ante la Comisión mencionada, y a la agente Lorena Vanina MOTTILLO, como su suplente Que a partir del 1 de abril del corriente, por Resolución RESOL-2018-84-GDEBAMJGM, se designa a Edgardo Ezequiel BUSTAMANTE DNI Nº 34.606.231, en el cargo de Director Delegado de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales;
Que consecuentemente con ello, deviene necesario designar al agente mencionado en el considerando precedente y a la agente Manuela PERALTA D.N.I N 40.145.739, como representantes, titular y suplente respectivamente, de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros ante la Comisión Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo Público CoMiSaSEP;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 de la Ley N 14.226;

SECCIÓN OFICIAL > página 13

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/11/2018 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date08/11/2018

Page count61

Edition count3401

Première édition02/07/2010

Dernière édition28/06/2024

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