Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/03/2017 - Sección Oficial
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)
PÁGINA 1794
LA PLATA, VIERNES 17 DE MARZO DE 2017
BOLETÍN OFICIAL
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Sección Oficial Resoluciones
ANEXO ÚNICO
DETALLE DE MANTENIMIENTO Y OBRAS DE INFRAESTRUCTURA A REALIZARSE EN
EL MUNICIPIO DE GUAMINÍ
Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N 250
La Plata, 1 de marzo de 2017.
VISTO el Expediente N 2400-3144/17, mediante el cual tramita la presentación de la Municipalidad de Guaminí, en el marco de los artículos 47, 48 y 49 de la Ley N 14.879 y normativa reglamentaria y complementaria, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 47 de la Ley N 14.879 crea el Fondo de Infraestructura Municipal;
Que el Decreto N 93/17 establece los lineamientos generales para la presentación, tramitación y posterior análisis de proyectos de mantenimiento y obras de infraestructura;
Que a través de la Resolución Conjunta MIYSP N 80/17 y ME Nº 20/17 se detalló el procedimiento para el análisis de los proyectos y la transferencia de los fondos;
Que esta cartera ministerial, como Autoridad de Aplicación del régimen descripto, tiene la facultad para analizar los proyectos de mantenimiento y obras de infraestructura presentados por las distintas jurisdicciones municipales, debiendo tener en cuenta la no superposición con otros proyectos realizados o a realizarse por la Provincia de Buenos Aires y, en caso de corresponder, comunicar tal decisión al Ministerio de Economía;
Que en ese orden, la Municipalidad de Guaminí ha efectuado la pertinente presentación acompañando los extremos requeridos por el plexo normativo;
Que se ha expedido favorablemente la Subsecretaría de Planificación y Evaluación de Gestión;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 48 de la Ley N 14.879 y en el marco del Decreto Nº 93/17 y la Resolución Conjunta MIYSP N 80/17 y ME Nº 20/17;
Por ello, EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Declarar la no objeción a los proyectos presentados por la Municipalidad de Guaminí, consistente en la realización de las obras: Construcción de Gimnasio DeportivoEtapa I, Pavimentación Acceso Libertad e/ Bonifacio y Ricardo Balbín, Ampliación Unidad SanitariaDr. Sergio Mangioni, Pavimentación Playón de AccesoTerminal de Ómnibus, Recambio de Columnas y Luminarias 20, Ampliación Planta de GLP, Recambio de Columnas y Luminarias 60- Bv. H. Yrigoyen e/ Int.
Gregorio G. Pereyra y Andrés Cattaneo 5 cuadras y Cnel. Freyre e/ Andrés Cattaneo y Roca 5 cuadras, Puesta en Valor de Terminal de Ómnibus, Puesta en Valor de Boulevar Bv. H. Yrigoyen e/ Godoy y Los Indios, Ampliación Red de Desages Cloacales 1000 metros, Puesta en Valor de Palacio Municipal, Ampliación Hospital MunicipalDr. Joaquín LLambías, Ampliación de Red de Desages Cloacales 3000
metros, Recambio de Columnas y Luminarias 40, Construcción de Cordón Cuneta 5000 metros y Mantenimiento de Accesos a Escuelas Rurales, en diversas localidades del partido de Guaminí, cuyo detalle obra en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. Dejar constancia que al momento del dictado de la presente Resolución, las obras referenciadas en la presente no se superponen con otras obras realizadas o a realizarse por la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3. Registrar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, comunicar al Ministerio de Economía y a la Municipalidad de Guaminí y girar a la Subsecretaría de Planificación y Evaluación de Gestión. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos
C.C. 2.985
Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N 251
La Plata, 1 de marzo de 2017.
VISTO el Expediente N 2400-3098/17, mediante el cual tramita la presentación de la Municipalidad de Baradero, en el marco de los artículos 47, 48 y 49 de la Ley N 14.879
y normativa reglamentaria y complementaria, y