Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/05/2015 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 29 DE MAYO DE 2015

PÁGINA 4001

El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 21557-59255-06 la Resolución 785.582 de fecha 26/03/2014.

El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 2350-135249/02. Resolución N 858 del 01/09/2014.

VISTO el presente expediente por el cual se presenta MARÍA ANGÉLICA LAURIA, solicitando beneficio de Pensión, en su carácter de cónyuge supérstite, de Mario Florencio Mansilla, y;
CONSIDERANDO:
Que, al momento del deceso, la pareja se encontraba separada de hecho;
Que, es dable destacar que los cónyuges cargan sobre sus espaldas y desde que se produce la separación de hecho, con una presunción legal de culpabilidad concurrente en torno a tal separación, lo cual a su vez configura una recíproca pérdida de su vocación hereditaria entre ellos, conf. arts. 204 y 3575 del Código Civil y 575 del Código de Procedimiento Civil y Comercial;
Que, en el caso de autos, la solicitante no ha acreditado debidamente que de su parte no hubo culpa en la separación del causante, por lo que corresponde denegar el beneficio incoado;
Que se procedió a dar de baja en planillas de pago y a practicar cargo deudor por el período 16/12/2005 al 30/10/2012 que asciende a la suma de $ 237.984,30;
Que, contando con el dictamen de Asesoría General de Gobierno, la vista del Fiscal de Estado y lo dictaminado por la Comisión de Prestaciones E interpretación Legal;
Por ello,
VISTO el expediente N 2350-135249/02 y Alcance N 01/03, 02/03, 03/04, 04/08, 05/11, 06/11 y Agregados N 024-20-083376660-118-1/04, 024-20-083376660-513-1/04
N 21557-17185/05, N 21557-29520/05, N 21557-168748/10, N 21557-176085/10, N
21557-187354/11, N 21557-193898/11, N 21557-192032/11, N 21557-198389/11, N
5100-15124/11, y Alcances N 01/12, 02/12, 03/12, 04/12, 06/12, 07/12, 08/12 en el cual se propicia correlacionar el cargo de Asimilado B 40 Hs., desempeñado por ALEJANDRO FEDERICO ROJAS en la Municipalidad de Morón, con un cargo vigente en la actual estructura orgánico funcional de dicha Comuna, y CONSIDERANDO:
Que ante la imposibilidad de correlacionar el cargo desempeñado por el titular por haber perdido individualidad presupuestaria, se efectúa una equivalencia en base a retribuciones y aportes realizados;
Que el citado criterio se asienta en el principio de movilidad jubilatoria que obliga al Estado a asignar, a través de prestaciones previsionales, un nivel de vida proporcionado al que el trabajador adquiriría en actividad;
Que los sistemas de correlación de cargos surgieron al introducirse en la legislación, el principio de la movilidad de los haberes jubilatorios a fin de actualizar los mismos del modo más razonable posible ya que, el beneficiario, no puede soportar los cambios estructurales de las reparticiones en que prestó servicios;
Que en consecuencia, corresponde correlacionar el cargo de Asimilado B 40 Hs., desempeñado por Alejandro Federico ROJAS en la Municipalidad de Morón, con el coeficiente 1 del cargo de Director General, vigente en la actualidad en la citada Comuna y, con más la bonificación por título del 35 % sobre el sueldo básico más antigedad.
Asimismo regular el adicional por antigedad en base al coeficiente 1 del cargo correlacionado. Todo ello, de acuerdo a lo establecido en el artículo 51 del Decreto-Ley N
9.650/80; por ser equivalentes las remuneraciones y, sin que ello signifique alterar la naturaleza de las funciones sino posibilitar la codificación del beneficio a los fines de la liquidación automática;
Que habiéndose expedido en autos, los Organismos Legales pertinentes, corresponde dictar acto administrativo con arreglo a derecho;
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Denegar, le beneficio de Pensión a María Angélica Lauria, con documento DNIF N 3.293.589, atento los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2. Notificar que contra las Resoluciones del Instituto de previsión Social los interesados podrán interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20
días de notificado, artículo 74 del decreto Ley N 9.650/80 T.O 1994.
ARTÍCULO 3. Declarar legítimo el cargo deudor que asciende a la suma de pesos ciento noventa y cinco mil quinientos ochenta y siete con cincuenta y un centavos $
195.587,51 por haberes percibidos indebidamente desde el 01/08/2010 y hasta 30/11/2012, intimándose a que en el plazo de 10 días proponga forma de pago bajo apercibimiento de iniciar acciones legales.
ARTÍCULO 4. Registrar en actas. Notificar al interesado la Resolución 785.582 de fecha 26 de marzo de 2014.
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 21557-41023-06 la Resolución 794.187 de fecha 30/07/2014.VISTO el presente expediente por el cual se presenta NELLY NOEMÍ GONZÁLEZ, solicitando beneficio de pensión, en su carácter de conviviente en aparente matrimonio, de LUIS ÁNGEL CORREA, ex jubilado y Fallecido el 26 de enero de 2006, y CONSIDERANDO:
Que, por Resolución N 712.115 de fecha 5 de noviembre de 2011 se denegó a Luis Ángel Correa el Beneficio de Jubilación ordinaria atento no cumplimentar los requisitos de la Ley 12.563 ordenando la formulación del cargo deudor por el período 01/10/2001 al 28/02/2006;
Que, se procedió a calcular la deuda que asciende a la suma de $ 374.063,41 correspondiendo intimar a los derechohabientes a fin de cancelar dicha deuda;
Que, atento que se denegara al causante el beneficio de jubilación, se advierte la ausencia de derecho a beneficio previsional alguno de la cual derivaría la pensión solicitada, por lo que corresponde denegar el beneficio de pensión incoado por Nelly Noemí González;
Que se detecto una percepción indebida de haberes con posterioridad al fallecimiento del causante que asciende a $ 4.098,31;
Que, con fecha 21 de noviembre de 2012 fallece Nelly Noemí González, por lo que corresponde intimar a sus derechohabientes para que proponga forma de pago de la deuda;
Que, contando con lo dictaminado por la Comisión de Prestaciones e interpretación Legal;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Revocar la Resolución N 781.530 de fecha 15 de enero de 2014.
ARTÍCULO 2. Establecer que a Nelly Noemí González, con Documento LC N
3.337.797, no le asistía derecho al beneficio de Pensión, atento los argumentos vertidos en los considerandos.-.
ARTÍCULO 3. Declarar legítimo el cargo deudor que asciende a la suma de pesos cuatro mil noventa y ocho con treinta y un centavos $ 4.098,31 por haberes percibidos indebidamente con posterioridad al fallecimiento del causante por Nelly Noemí González, debiéndose intimar a los derechohabientes a que propongan forma de pago bajo apercibimiento de iniciar acciones legales.ARTÍCULO 4. Declarar legítimo el cargo deudor que asciende a la suma de pesos trescientos setenta y cuatro mil sesenta y tres con cuarenta y un centavos $ 374.063,41
por haberes percibidos indebidamente por Luis Ángel Correa desde el 01/10/2001 y hasta 28/02/2006, debiéndose intimar a los derechohabientes a que propongan forma de pago bajo apercibimiento de iniciar acciones legales.ARTÍCULO 5. Notificar que contra las Resoluciones del Instituto de Previsión Social los interesados podrán interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20
días de notificado, Art. 74 del decreto Ley N 9.650/80 T.O 1994.
ARTÍCULO 6. Registrar en actas. Notificar al interesado. Remitir al Sector gestión y Recupero de deudas.
La Resolución Nº 794.187 de fecha 30/07/2014.

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO 1856/06
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar, a los efectos previsionales, la equivalencia del cargo de Asimilado B 40 Hs., desempeñado por Alejandro Federico Rojas DNM 8.337.666 Clase 1947 en la Municipalidad de Morón, con el coeficiente 1 del cargo de Director General, vigente en la actualidad en la citada Comuna, con más la bonificación por título del 35 % sobre el sueldo básico más antigedad. Asimismo regular el adicional por antigedad en base al coeficiente 1 del cargo correlacionado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 51 del Decreto-Ley N 9.650/80.
ARTÍCULO 2. Establecer que la mencionada equiparación surtirá efectos patrimoniales a partir del dictado de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3. Registrar, notificar a la Fiscalía de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, pasar al Instituto de Previsión Social. Hecho, archivar.
Resolución N 858 del 01/09/2014.
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 21557-229565-12 la Resolución N 801.202 del 5/11/2014.
VISTO, el presente expediente por el cual ROSA SANTORO y SOFÍA BELÉN PANTANO solicitan beneficio de Pensión, en su carácter de conviviente en aparente matrimonio y de hija menor respectivamente de CARLOS ALBERTO PANTANO, ex-empleado y fallecido el 9 de marzo de 2012, y;
CONSIDERANDO:
Que, se encuentran reunidos los requisitos establecidos en el Decreto-Ley Nº 9.650/80 T.O. 1994;
Que, contando con el dictamen de Asesoría General de Gobierno y la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO 1.856/06
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Acordar el beneficio de Pensión a Rosa Santoro, con documento DNI
Nº 93.433.701 y a Sofía Belén Pantano, con documento DNI Nº 41.065.279.
ARTÍCULO 2. Establecer que el beneficio será liquidado a partir del día 10 de marzo de 2012 y será equivalente al 60% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Asesor de Director general con 40 años de antigedad, desempeñado por el causante en la Municipalidad de Lanús, distribuido a de acuerdo a lo establecido por el artículo 49 del Decreto-Ley Nº 9.650/80 T.O. 1994.
ARTÍCULO 3º. Incluir el beneficio en planillas de pago de la Sección Municipalidades.
Se deberá tener en cuenta las diferencias entre el alta y los consignados por la presente.
ARTÍCULO 4º. Notificar que el beneficio otorgado a los hijos del causante caducara a los 18 años de edad, salvo que acrediten estudios hasta los 25 años o se encuentren incapacitados para el trabajo y que contra las Resoluciones del Instituto de Previsión Social los interesados podrán interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20
días de notificado articulo 74 del Decreto-Ley Nº 9.650/80 T.O. 1994.
ARTÍCULO 5º. Registrar en Actas. Publicar Edictos. Notificar a las interesadas. Remitir a Adecuaciones y Altas.
Departamento de Resoluciones.
Resolución N 801.202 del 5/11/2014.
C.C. 3.261 / may. 27 v. jun. 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/05/2015 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date29/05/2015

Page count26

Edition count3408

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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