Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2014 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

c todo usuario y/o asociación de usuarios que quiera participar de la misma, podrá enviar al O.C.A.B.A. el formulario de inscripción mediante correo electrónico info.ocaba@gmail.com, y/o correo postal calle 5 nº 366, 8º piso de la ciudad de La Plata; Código Postal 1900, y/o de manera personal, los días hábiles, entre las 9 y 15 hs.
y/o a través de gestor y/o representante debidamente autorizado a tal efecto.
Artículo 7º. CONVOCATORIA
La convocatoria se realizará con antelación suficiente, quedando a cargo del O.C.A.B.A. y establecerá:
a objeto de la audiencia pública complementaria;
b fecha, hora y lugar de celebración;
Artículo 8º. ORDEN DE LAS EXPOSICIONES
La exposición comenzará con la intervención de los representantes del concesionario ABSA. Seguidamente intervendrán los participantes, cuyo orden de exposición quedará establecido conforme a su inscripción en las planillas.
Artículo 9º. TIEMPO DE LAS EXPOSICIONES
La Empresa expondrá por el tiempo necesario en el que brindará los argumentos y explicaciones que estime corresponder.
Los participantes tendrán derecho a una intervención de hasta cinco 5 minutos por cada orador particular y de diez 10 para quienes lo hagan en representación de asociaciones, organizaciones o grupos espontáneos de usuarios. El Presidente de la audiencia pública definirá el mayor tiempo de las exposiciones de los participantes que así lo requieran, estableciendo las excepciones del caso. En el supuesto que los participantes formulen preguntas, el concesionario contará con igual lapso para brindar la respuesta.
Artículo 10. REGISTRO
Todo el procedimiento de la audiencia pública complementaria deberá ser registrado y documentado por cualquier medio.
Artículo 11. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA
La audiencia se desarrollará en el lugar, día y hora indicados, y bajo las normas de procedimiento que aquí se consignan.
El Presidente de la audiencia pública complementaria tiene facultad para conducir el acto, impartir instrucciones, efectuar declaraciones y dar órdenes para su desarrollo conforme al presente reglamento, siendo irrecurribles las decisiones que adopte. No existe obligatoriedad alguna para dicha autoridad de acatar opiniones u objeciones vertidas en la audiencia.
El concesionario Aguas Bonaerenses S.A. A.B.S.A. desarrollará en primer término los fundamentos de su petición de ajuste tarifario.
Los participantes que se hayan inscripto podrán hacer uso del tiempo establecido para su exposición en forma oral, apoyada por material gráfico o audiovisual, sólo utilizado como accesorio del argumento oral.
La autoridad convocante no estará obligada a suministrar a los demás participantes, documentación o material escrito y/o gráfico, en cualquiera de sus variantes, sea a través de soporte digital y/o cualquier otro medio, que sean utilizados por los oradores.
Cada uno de los intervinientes tiene el derecho de hacer uso de su tiempo para expresar fundadamente su opinión, pero no se contempla la instancia para el intercambio de opiniones ni el diálogo entre los distintos participantes.
La autoridad convocante, deberá asegurar la provisión de los elementos y mecanismos necesarios para el normal funcionamiento de la audiencia, infraestructura adecuada al objetivo del evento, medios audiovisuales, micrófonos y computadora con cañón para proyección de imágenes digitales, medios y personal afectados al registro de la información volcada en la audiencia filmación y personal afectado a las tareas administrativas y asistencia a los expositores.
El Presidente tiene potestad de resolver cualquier situación emergente de la audiencia pública complementaria que no haya sido prevista expresamente en estas normas de procedimiento y para resolver cualquier situación durante su desarrollo y no contemplada en el presente, de acuerdo al objetivo perseguido por el mecanismo que aquí se implementa. Para el caso que ello fuera necesario, podrá disponer el desalojo de la sala y/o expulsión de personas y/o recurrir al auxilio de la fuerza pública, a fin de asegurar el normal desarrollo de la audiencia.
Todo el procedimiento de la audiencia pública complementaria debera registrarse por medio idóneo para su consulta y conservación.
Artículo 12. CLAUSURA
Finalizadas las intervenciones de los interesados, el Presidente declarará el cierre de la audiencia. A los fines de dejar debida constancia de cada una de las etapas de la misma, se labrará un acta que será firmada por el Presidente, demás autoridades y funcionarios asistentes, como así también de los participantes y expositores que quieran hacerlo.
En el expediente deberá agregarse una copia certificada del acta labrada, una vez revisada la versión taquigráfica de todo lo actuado en la audiencia, en el caso de emplear dicho método de registro.
ANEXO II
Formulario de Inscripción para audiencia pública complementaria del Organismo de Control del Agua de Buenos Aires NÚMERO DE INSCRIPCIÓN:
TÍTULO DE LA AUDIENCIA: Audiencia pública complementaria de la llevada a cabo el 19 de agosto del corriente año en la ciudad de San Cayetano, para tratar el pedido de ajuste tarifario del concesionario Aguas Bonaerenses S.A. ABSA en el marco del Expediente de la Secretaría de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, Nº 2174-87/2014
FECHA:
DATOS DEL SOLICITANTE:
1. NOMBRE Y APELLIDO:
2. DNI:
3. FECHA DE NACIMIENTO:
4. DOMICILIO:
5. UNIDAD DE FACTURACIÓN DE A.B.S.A.:

LA PLATA, LUNES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2014

PÁGINA 6969

6. TELÉFONO PARTICULAR / CELULAR:
7. DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:
8. CARÁCTER EN QUE PARTICIPA marcar con una cruz lo que corresponde Usuario persona física Representante de Persona Física Representante de Persona Jurídica En caso de actuar como representante de PERSONA
FÍSICA, indique los siguientes datos de su representada NOMBRE Y APELLIDO:
DNI:
FECHA DE NACIMIENTO:
DOMICILIO:
INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA PERSONERÍA INVOCADA:
En caso de actuar como representante de PERSONA JURÍDICA, indique los siguientes datos de su representada DENOMINACIÓN / RAZÓN SOCIAL:
DOMICILIO:
INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA PERSONERÍA INVOCADA:
HARÁ USO DE LA PALABRA SI/NO
PREGUNTA/S A FORMULAR:
FIRMA:
ACLARACIÓN:
El Organismo de Control del Agua de Buenos Aires O.C.A.B.A., en los términos del dictado de la Resolución O.C.A.B.A. nº 89/2014 artículo 7º de su Anexo I; convoca a los Usuarios del servicio público sanitario prestado por Aguas Bonaerenses S.A. a la audiencia pública complementaria que se celebrará el día 8 de octubre de 2014 a las 10
hs., en el salón auditorio del Colegio de Abogados de La Plata, sito en Avda. 13 nº 821
de la Ciudad de La Plata.- El objeto de la audiencia complementaria convocada será la solicitud de ajuste tarifario efectuada por el concesionario Aguas Bonaerenses S.A.
A.B.S.A., en el marco del Expediente Nº 2174-87/2014.- Los interesados podrán tomar vista del expediente; inscribirse para ser participante de la audiencia; presentar documentación y efectuar las consultas pertinentes en las oficinas del O.C.A.B.A. sitas en calle 5 Nº 366, 9º piso de la Ciudad de La Plata.- Las planillas de inscripción y demás información, se encontrarán a disposición en la página web del O.C.A.B.A., www.ocaba.mosp.gba.gov.ar.- Los asistentes al acto, podrán enviar al Organismo de Control del Agua de Buenos Aires O.C.A.B.A. el formulario completo de inscripción para participar de la misma por los siguientes medios: a envío de correo electrónico a la dirección info.ocaba@gmail.com; b por correo postal al domicilio de calle 5 nº 366, 9º piso, de la Ciudad de La Plata, Código Postal 1900; c por fax al TE 0221-4278162/63/64; d y también hacerlo de manera personal en la dirección citada en el punto b y/o a través de gestor y/o representante debidamente autorizado a tal efecto.- La Audiencia será presidida por el Señor Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires o por quien éste delegue tal función.- La Plata, 25 de agosto de 2014.C.C. 9.053 / ago. 28 v. sep. 1

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 12
La Plata, 12 de agosto de 2014.
VISTO el expediente N 2200-13475/13 por medio del cual tramita la Declaración de Interés Provincial del evento en conmemoración del Día Mundial de la Lucha contra el SIDA, y CONSIDERANDO:
Que mediante Declaración del día 21 de noviembre de 2013 obrante a fojas 1 la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, hace saber que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el evento que llevara a cabo la Municipalidad de Berazategui, juntamente con la Jefatura Distrital de Inspección Escolar, en conmemoración del Día Mundial de la Lucha contra el SIDA realizado el día 29 de noviembre de 2013;
Que a fojas 4, la Subsecretaría de Coordinación Gubernamental del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros solicita la elaboración del proyecto de Resolución que declare de interés provincial dicho acontecimiento;
Que la Subsecretaría de Asuntos Municipales, a través de la Dirección Provincial de Desarrollo Regional, tomó la intervención en el ámbito de su competencia;
Que se ha ponderado la importancia y trascendencia de la declaración de Interés Provincial que se solicita;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2.590/94;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO 2.590/1994, LA MINISTRA DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Declarar de Interés Provincial la celebración del evento que llevara a cabo la Municipalidad de Berazategui, juntamente con la Jefatura Distrital de Inspección Escolar, en conmemoración del Día Mundial de la Lucha contra el SIDA realizado el día 29 de noviembre de 2013.
ARTÍCULO 2. Excluir de la declaración del artículo 1º de la presente Resolución, toda obligación adicional que pueda generar acciones vinculantes o comprometer aportes financieros de esta Secretaría de Estado.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2014 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date01/09/2014

Page count43

Edition count3405

Première édition02/07/2010

Dernière édition04/07/2024

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