Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/04/2013 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO DUODÉCIMO: Las elecciones de Convencionales se realizarán a través del voto directo y secreto de los afiliados, donde estará representada la mayoría por el 75
% setenta y cinco por ciento de los votos válidos emitidos, y el 25 % veinticinco por ciento para la minoría ajustándose al reglamento que a tal efecto dicte la Junta Provincial. La Junta Electoral Partidaria convocará a elección de Convencionales de la Provincia. La convocatoria será efectuada con una antelación no menor de Sesenta 60
días de la fecha que se fije para la realización de dicho acto electivo interno; y si correspondiera, no menor a Noventa 90 días de antelación, de la fecha fijada para realizar la sesión de Convencionales de la Provincia. La publicidad de la convocatoria a comicios internos de Convencionales de la Provincia, deberá realizarse en un periódico de circulación provincial, con no menos de 20 días de anticipación a la fecha fijada; mientras que la convocatoria a reuniones de la Convención Provincial deberá realizarse con no menos de 10 días de anticipación a la fecha fijada. Los padrones se exhibirán con Cuarenta 40
días de antelación a la fecha del acto electivo. Las impugnaciones o modificaciones se recibirán hasta Treinta y cinco 35 días antes del acto electivo, y las listas deberán ser presentadas con una antelación de Treinta y cinco 35 días al acto eleccionario. La Junta Electoral deberá aplicar lo reglado por esta Carta Orgánica de acuerdo a los principios del Código Electoral Oficial y al Reglamento que dicte la Junta Directiva Provincial.
Habiéndose presentado una única lista, la Junta Electoral la proclamará vencedora automáticamente. Los resultados serán comunicados a la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: La designación a cargos públicos electivos se podrá realizar entre los afiliados al Partido, o de extrapartidarios que sobresalgan por su capacidad y honestidad. La elección de los precandidatos estará sujeta a lo prescripto en el Decreto Ley 9.889/82, t.o. s/Decreto 3.631/92, la Ley Electoral 5.109 y las modificaciones incorporadas por la Ley 14.086.ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: La hacienda del partido estará constituida por:
a Contribución voluntaria de Afiliados y simpatizantes.
b El 10 % diez por ciento de los emolumentos totales de los candidatos que hayan alcanzado la función pública en cargos electivos a través del partido.
c Por el financiamiento público y privado en un todo de acuerdo a lo previsto en las Leyes Provinciales.
d Del producto de actos, festivales, publicaciones, bonos, donaciones, aportes y contribuciones directas que efectúen los afiliados o simpatizantes, legados o donaciones por caso de muerte o cualquier otra entrada lícita.ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Los fondos del Partido se depositarán en una cuenta bancaria única en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a nombre del partido, bajo la firma conjunta del Presidente y Tesorero de la Junta Directiva Provincial. Se creará un Fondo Fijo para atender los gastos ordinarios y de emergencia para el funcionamiento del Partido. Todo esto bajo el control y supervisación del Tribunal de Cuentas partidario en su carácter de órgano de control partidario. El tesorero ajustará su desempeño a lo normado en las Leyes vigentes.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: El Partido MOVIMIENTO AMPLIO DE TRABAJADORES
Y JUBILADOS - MATRAJU se disolverá por causas legales o por el voto de las dos terceras 2/3 partes de los Convencionales Titulares presentes en una Convención
Transferencias


POR 5 DÍAS San Martín. MÁRQUEZ MARÍA JOSÉ, cede fondo de comercio zapatería sito en la calle 114
Alvear 2680 Pdo. de Gral. San Martín Provincia de Buenos Aires a Di Leo Márquez Magalí. Reclamos de Ley en el mismo.
S.M. 51.747 / abr. 19 v. abr. 25


POR 5 DÍAS José C. Paz. Transferencia de Fondo de Comercio Rubro: Panadería Mecánica el Sr. OSCAR
ALBERTO CHÁVEZ CUIT: 20-22442610-1 al Sr. Diego Benedicto De Luca CUIT: 20-24273356-9 sito en Hipólito Yrigoyen 2454 de José C. Paz.
S.M. 51.679 / abr. 19 v. abr. 25
POR 5 DÍAS - San Martín. CARUSO JUAN DOMINGO, transfiere el fondo de comercio de venta de materiales y artefactos eléctricos, sita en C-38 H. Yrigoyen N 4286, de San Martín, Pdo. de Gral. San Martín, a Electro-Dos Materiales Eléctricos S.A. Reclamos de Ley en el mismo.
S.M. 51.705 / abr. 19 v. abr. 25
POR 5 DÍAS Necochea. Se hace saber que la Sra.
RAMON MARÍA DEL CARMEN, DNI 10.858.223 con domicilio legal en calle 32-3664 de la ciudad de Necochea, transfiere al Sr. Gustavo Carlos Teigeiro, DNI 10.357.320, con domicilio legal en Avda. 75-1374 L.5 de la ciudad de Necochea, un fondo de comercio del rubro Agencia de Remisses Yandel. Habilitación Municipal n 10229.
Reclamos de Ley en calle 6-3704/06 Necochea.
Nc. 81.103 / abr. 19 v. abr. 25
POR 5 DÍAS - Olivos. SANDRA VIVIANA SEPULCRI, domic. Córdoba 2569, Olivos vende a Emprender
LA PLATA, JUEVES 25 DE ABRIL DE 2013

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Extraordinaria convocada a ese sólo efecto. En tales casos el total del patrimonio pasará a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia Buenos Aires o al organismo que lo sustituya, o a favor de quién determine la Ley.ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: El Tribunal de Disciplina será designado por mayoría simple por la Convención de la Provincia, y se integrará con un Presidente, un Secretario y un Vocal, como así también dos 2 suplentes quienes durarán en sus funciones un período de cuatro 4 años, pudiendo ser reelegidos. Los tres miembros titulares podrán rotar en sus cargos por propia determinación. Las vacantes serán cubiertas por los suplentes, y estos deberán ser nombrados por la Convención de la Provincia al pasar ambos Suplentes como Titulares. El Tribunal de Disciplina elaborará su propio reglamento en concordancia al Artículo 19, asegurando el derecho de defensa, debiendo someterlo a consideración en la primera Convención de la Provincia que se celebre.ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: Son funciones del Tribunal del Disciplina Partidaria:
a Velar por el mantenimiento de la unidad y disciplina partidaria.
b Controlar que los Convencionales sean afiliados sin antecedentes disciplinarios inhabilitantes.
c Aplicar sanciones según el siguiente orden: Apercibimiento, Suspensión de la afiliación, expulsión definitiva, y presentar ante la justicia en el fuero que corresponda las denuncias por faltas graves.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: El Presidente del Tribunal de Disciplina tendrá facultades instructoras. Las sanciones serán apelables dentro de los cinco 5 días de su comunicación fehaciente ante la Junta Directiva Provincial en primera instancia y en segunda instancia ante la próxima convención que sesione.ARTÍCULO VIGÉSIMO: La antigedad exigida por la presente para el desempeño de funciones como autoridad de Partido, se aplicará a partir de los dos años de haber obtenido el MOVIMIENTO AMPLIO DE TRABAJADORES Y JUBILADOS MATRAJU, reconocimiento definitivo por parte de la autoridad competente para su funcionamiento como Partido Provincial.ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO: Hasta tanto se elijan las autoridades definitivas del Partido, conforme a la presente Carta Orgánica, la JUNTA PROMOTORA PARTIDARIA
tendrá todas las facultades inherentes a dichos órganos partidarios, de cualquier naturaleza.ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: Hasta tanto la JUNTA PROMOTORA PARTIDARIA
y los cuerpos orgánicos del Partido MOVIMIENTO AMPLIO DE TRABAJADORES Y
JUBILADOS MATRAJU no dicten sus reglamentos internos, en lo que sea compatible se regirán por el Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires. Para todos los temas y/o situaciones no previstas en la presente Carta Orgánica, será de aplicación supletoria el Decreto Ley 9.889/82, t.o. s/Decreto 3.631/92, la Ley Electoral nº 5.109, texto según Ley nº 11.733 y las modificaciones incorporadas por la Ley 14.086.Dora Beatriz Fontanes, Presidente; Jorge Luis Marceillac, Vice-Presidente; Javier Rojo, Secretario; Patricia Viviana Méndez, Secretario.
C.C. 3.336

Asociación Civil sin Fines de Lucro, domic. Malaver 3322, Florida, fondo de comercio "Lavadero Limpi" Lavadero Familiar Sistema Autoservicio Anexo Venta Servicios de Limpieza, sito en Córdoba 2569, Olivos, libre de gravámenes, deudas, impuestos multas, personal. Oposiciones de Ley en San Martín 3639, Florida. Todos Ptdo. Vte. López.
S.I. 39.022 / abr. 22 v. abr. 26


POR 5 DÍAS Rafael Calzada. LIN NENEZHONG, transfiere a Qinqin Zhang, fondo de comercio "Autoservicio de productos alimenticios perfumería limpieza, bazar, verdulería, carnicería" ubicado en Av. San Martín n 4083, Rafael Calzada, Reclamos de Ley en el mismo domicilio.
Qs. 89.371 / abr. 23 v. abr. 29


POR 5 DÍAS Tigre. Se avisa al comercio que el Sr. ARTURO DANIEL TEMPORETTI transfiere el fondo de comercio de la Remisería "Turismo Marabotto", sito en la calle Marabotto 666 Partido de Tigre, Pcia. de Bs. As., a Emprendimientos Esteban SRL domiciliada en Av.
Larralde 1605 Tigre, Pcia. de Bs. As. Reclamos de Ley en el mismo comercio.
S.I. 39.082 / abr. 22 v. abr. 26


POR 5 DÍAS Adrogué. La Sra. BALBI, PAULA
CAROLINA con DNI N 22.940.773, con domicilio en Bynnon 3071 bis, José Mármol, vende y transfiere a la Sra. Arce, María del Carmen, con DNI. N 24.372.447 con domicilio en Soler 1050, Burzaco, el fondo de comercio de salón de fiestas "Piccolo Eventos" sito en Av. San Martín 861 de la Localidad de Adrogué. Reclamos de Ley en el mismo.
L.Z. 46.281 / abr. 23 v. abr. 29


POR 5 DÍAS Escobar. Se avisa al comercio que HUGO MANUEL LLANOS, CUIT 20-12889521-4.
Transfiere fondo de comercio venta de helados, kiosco, comidas rápidas a Mario Miguel Lamolina, CUIT 2011948005-2, sito Colón 455, Escobar. Reclamos de Ley en el mismo comercio.
S.I. 39.091 / abr. 22 v. abr. 26


POR 5 DÍAS Adrogué. Se hace saber que el Sr.
EMANUEL ALEJANDRO DEL GIORNO, DNI 29.699.219, con domicilio en Caxaraville Nº 1135 de Avellaneda, ha transferido el 100% del fondo de comercio de su propiedad del rubro Venta de prendas de vestir masculinas y femeninas, calzado masculino y accesorios que gira bajo el nombre "Sea Quest" sito en Esteban Adrogué Nº 1333, local 15 y 16, Adrogué al Sr. Diego Agustín Lucic, DNI
27.119.380 domiciliado en Comandante Lucena Nº 6188
de la ciudad de Wilde. Reclamo de Ley en el mismo domicilio del referido negocio dentro del término legal. 12 de abril de 2013. Cr. Carina Luján Pineda.
L.Z. 46.230 / abr. 23 v. abr. 29


POR 5 DÍAS - Florencio Varela. En cumplimiento del Art. 2, Ley 11.687. La Sta. VENEGAS WOLFART ELIANA
KARINA DNI N 31.317.405, domicilio calle Chacabuco N 183 Pdo. Florencio Varela, Pcia. de Buenos Aires, anuncia que transfiere el Fondo de comercio, Rubro Resto Bar, sito en calle Chacabuco N 179 nombre de fantasía Wendel, libre de todo gravamen y sin personal, a la Sta. Goyenechea Yanina Elizabeth DNI N 29.250.064, domicilio calle Alemania N 440 Pdo. Florencio Varela, Pcia.de Buenos Aires. Reclamo de Ley en mismo domicilio del referido negocio dentro del término legal.
L.P. 18.605 / abr. 23 v. abr. 29

POR 5 DÍAS - Burzaco. ROSENFELD PATRICIA BEATRIZ CUIT 27-25103847-9 comunica que transfiere el Fondo de Comercio, Rubro Venta de Perfilería de Aluminio, sito en Av. Hipólito Yrigoyen 15021 de Burzaco, Partido de Almirante Brown a Pylinski Eduardo Damián CUIT 23-35862550-9 Reclamos de Ley en el mismo.
L.Z. 46.179 / abr. 23 v. abr. 29

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/04/2013 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date25/04/2013

Page count26

Edition count3423

Première édition02/07/2010

Dernière édition02/08/2024

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