Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/04/2012 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGiNA 2634

LA PLATA, MARTES 10 dE AbRiL dE 2012

BOLETÍN OFICIAL

PROViNCiA dE bUENOS AiRES

Sección Oficial Resoluciones


Provincia de Buenos Aires JUNTA ELECTORAL
La Plata, 26 de marzo de 2012.
VISTO las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el Art. 63 de la Constitución de la Provincia y por el inciso h, del artículo 5º del Decreto Ley 9.889/82, t.o. Decreto 3.631/92, las previsiones de los Arts. 11 inc. b, quinto y sexto párrafos y 46 inc. d de igual plexo normativo, así como el informe elaborado por la Secretaría de Actuación sobre la agrupación Vecinos por Ensenada Registro Nº 714, del distrito homónimo, que antecede y CONSIDERANDO:
I.- Que de los informes elevados por la Secretaría de Actuación de fs. 124 y de fs.
128, surge que la agrupación Vecinos por Ensenada del distrito homónimo Registro Nº 714, ha quedado encuadrada en la causal de caducidad establecida en el inciso d del artículo 46 del Decreto Ley antes mencionado, por cuanto no ha acompañado los libros de actas, caja e inventario ni acreditado la designación de las autoridades definitivas dentro del plazo previsto en el quinto y sexto párrafo del inciso b del artículo 11 del mismo cuerpo legal.
II.- Que según se desprende del informe de la Secretaría de Actuación que antecede y conforme lo ordenado en el decisorio de fs 129/129vta, se procedió a notificar la Resolución de fs. 125/125vta, al domicilio partidario v. carta documento de fs.
131/131vta efectuándose asimismo, la correspondiente publicación en el Boletín Oficial fs. 134.
III.- Que encontrándose vencido en exceso el plazo otorgado en la intimación antes aludida, no se ha acompañado a las presentes actuaciones, documentación alguna que acredite el cumplimiento de dicho recaudo normativo.
IV.- Que de conformidad a lo expresado en los considerandos anteriores, corresponde declarar la caducidad de la personería política de la agrupación Vecinos por Ensenada, del distrito de igual nombre.
Por ello, LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
1 - Declárese la caducidad de la personería política de la agrupación municipal Vecinos por Ensenada del distrito homónimo Registro 714, sin perjuicio de su subsistencia como persona de derecho privado artículo 46 inciso d del Decreto Ley 9.889/82, t.o. Decreto 3.631/92.
2 - Por Secretaría, procédase a cancelar la inscripción en el libro respectivo.
3 - Regístrese, notifíquese, publíquese por un 1 día en el Boletín Oficial y archívese.
Eduardo Julio Pettigiani, Presidente. Eduardo Raúl Delbes, Eduardo Benjamín Grinberg, Patricia Ferrer, Claudia Angélica Matilde Milanta, Vocales. Ante mí: Guillermo Osvaldo Aristía, Secretario de Actuación.
C.C. 3.180

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
Resolución Nº 9/12
La Plata, 7 de marzo de 2012.
VISTO el Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desages cloacales de la Provincia de Buenos Aires Decreto Nº 878/03, ratificado por Ley Nº 13.154, modificado por Decreto Nº 2.231/03 y reglamentado a partir del Decreto Nº 3.289/04, los Contratos de concesión provincial para las zonas Nº 1 y Nº 2, el presente Expediente Nº 2430-4480/2012, y CONSIDERANDO:
Que este Organismo de Control del Agua tiene por objeto ejercer el poder de policía sobre los servicios sanitarios, controlando el fiel cumplimiento del Marco Regulatorio y su normativa complementaria, asegurando la calidad de los servicios y la protección de los intereses de la comunidad, el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas vigentes, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;
Que el servicio público de agua potable y desages cloacales en la Provincia de Buenos Aires se encuentra regulado por el Decreto Nº 878/03, modificado por Decreto Nº 2.231/03, ratificado por la Ley Nº 13.154 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04 y por los Contratos de concesión provincial para las zonas Nº 1 y Nº 2;
Que a fs. 1, Aguas Bonaerenses S.A ABSA pone en conocimiento su Plan de Muestreo para el año 2012 de acuerdo a lo establecido en el Anexo C Normas de calidad para el Agua y el Anexo D Normas de Calidad para Desages Cloacales de los Contratos de concesión ya citados;

Que a fs. 2 el Departamento de Control de Calidad de la Gerencia de Control Técnico y de Calidad del servicio del Organismo de Control del Agua de Buenos Aires precisó que el plan de muestreo presentado por el concesionario ABSA se encuentra en condiciones de ser aprobado y que, para situaciones de emergencia en el sistema de captación y distribución de agua y/o sistema de recolección y tratamiento de excretas, el plan deberá ser intensificado de acuerdo a la gravedad de la situación y mientras duren los trabajos de acondicionamiento. Tal situación, en caso de producirse, deberá ser notificada por escrito al Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tanto al momento de su inicio como al de su finalización;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desages cloacales de la Provincia de Buenos Aires Decreto Nº 878/03, ratificado por Ley Nº 13.154, modificado por Decreto Nº 2.231/03 y reglamentado a partir del Decreto Nº 3.289/04;
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Aprobar el Plan de Muestreo presentado por el concesionario Aguas Bonaerenses S.A. ABSA para el año 2012 de acuerdo con lo establecido en el Anexo C Normas de calidad para el Agua y el Anexo D Normas de Calidad para Desages Cloacales de los Contratos de concesión aplicables a las zonas de concesión provinciales Nº 1 y Nº 2.
ARTÍCULO 2º - Regístrese y Notifíquese al concesionario Aguas Bonaerenses S.A.
ABSA y a la Gerencia de Control Técnico y de Calidad del Servicio de este Organismo de Control del Agua de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º - Una vez cumplido, Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y Archívese.
Horacio G. Delgado, Presidente. Luis Mosquera Drago, Vicepresidente. Daniel Omar Rodil, Alfredo Domingo Saraceno, Vocales. Juan Diego González Morales, Representante de los Usuarios.
C.C. 3.221

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
Resolución Nº 10/12
La Plata, 7 de marzo de 2012.
VISTO el Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desages cloacales Decreto Nº 878/03, ratificado por Ley Nº 13.154, reglamentado a partir del Decreto Nº 3.289/04, el presente Expediente Nº 24304492/2012, y CONSIDERANDO:
Que este Organismo de Control del Agua tiene por objeto ejercer el poder de policía sobre los servicios sanitarios, controlando el fiel cumplimiento del Marco Regulatorio y su normativa complementaria, asegurando la calidad de los servicios y la protección de los intereses de la comunidad, el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas vigentes, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;
Que conforme al Convenio que obra a fs. 2, celebrado entre el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires y la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, se determinó la entrega de un vehículo en comodato, para dar cumplimiento a sus fines específicos;
Que allí se decidió que el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires entregue en comodato el vehículo Marca Ford, Modelo Focus Style 1.6 L Nafta Sedán 5 Puertas Motor Nº MVDDBJ393395, chasis Nº 8AFMZZFHCBJ393395, Patente JOL 165, R, O
40174;
Que el artículo 2255 del Código Civil establece: Habrá comodato o préstamo de uso, cuando una de las partes entregue a la otra gratuitamente alguna cosa no fungible, mueble o raíz, con facultad de usarla;
Que la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires haría uso del automotor dado en comodato, con el objeto de dar cumplimiento a los fines de esa Subsecretaría Provincial;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desages cloacales Decreto Nº 878/03, ratificado por Ley Nº 13.154, modificado por Decreto Nº 2.231/03 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04;
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Autorizar al Ing. Luis María Mosquera Drago, en representación del Organismo de Control del Agua de Buenos Aires, a realizar, participar de las gestiones necesarias que tiendan a la celebración y suscripción del convenio de comodato entre el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires y la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/04/2012 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date10/04/2012

Page count20

Edition count3409

Première édition02/07/2010

Dernière édition15/07/2024

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