Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/08/2011 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 7574 LA PLATA, MARTES 23 DE AGOSTO DE 2011

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N 21557-115184-08 NEGRI ANGÉLICA MARTA s/Suc. la Resolución Nº 574.778 de fecha 14 de junio de 2007.VISTO el presente expediente por el cual Angélica Marta Negri, jubilada N
204.791.903 de la Sección Magisterio, solicitando el reajuste de su beneficio en base a los servicios desempeñados en la Dirección General de Cultura y educación;
VISTO lo actuado y contando con la vista del Señor Fiscal de Estado fojas 61;
Por ello,
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N 21557-104335-08 PERALTA MARÍA CRISTINA la resolución Nº 687380 de fecha 25 de agosto de 2010.VISTO el presente expediente por el cual Marta Cristina Peralta jubilada Nº 705.159.115 de la Sección Magisterio, solicita el reajuste de su beneficio en base a los servicios reconocidos por la A.N.Ses; desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación.VISTO lo actuado y contando con la vista del Sr. Fiscal de Estado a fs.43.Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Incorporar al computo los servicios, desempeñados por Angélica Marta Negri, en la Dirección General de Cultura y Educación desde el 9/3/98 al 28/2/07
según cómputo obrante a fs. 59, sin que ello signifique incremento en los haberes, dado que con los mismos no varia cargo, antigedad, ni porcentaje.ARTÍCULO 2.- Establecer que han sido computados 34 años, 03 meses y 13 días.ARTÍCULO 3.- Se deja constancia que la movilidad establecida en el art. 50 del decreto ley 9650/80 T.O 1994 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.ARTÍCULO 4.- Regístrese en Actas, hecho vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 9.474 / ago. 23 v. ago. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco 5 días en el expediente N 21557-157702-10 PAZOS JOSÉ LUIS
s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 9.475 / ago. 23 v. ago. 29

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reajustar a Marta Cristina Peralta jubilada Nº 705.159.115 de la Sección Magisterio, con los servicios reconocidos por la A.N.Ses, en base al 70 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Directora de 1ra. Menos de 20 secciones preescolar 15% y al 23% de profesora con 16 hs. cátedra E.T.T., ambos con 24 años desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación y en el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, respectivamente, a liquidarse a partir del día siguiente al que deje de percibir sus haberes con motivo de su cese en el servicio.ARTÍCULO 2º.- Imputar los haberes del beneficio a la cuenta instituto de Previsión Social Magisterio ARTÍCULO 3º.- Establecer que han sido computados 39 años, 5 meses y 26 días de servicios.ARTÍCULO 4º.- Oportunamente se solicitará a la caja Reconocedora el cálculo y transferencia de los aportes y contribuciones correspondientes a los servicios reconocidos a partir del 13/10/93, no requiriéndose con anterioridad a dicha fecha atento lo establece el decreto 78/94 reglamentario del art. 168 de la Ley 24.241.ARTÍCULO 5º.- Se deja constancia que la movilidad establecida en el articulo 50 del Decreto Ley 9650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo ARTÍCULO 6.- Regístrese en Actas, vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación, hecho pase a la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires secretaria de Educación a fin de que tome conocimiento y se sirva agregar copia del acto de cesación de servicios y percepción de haberes.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 9.477 / ago. 23 v. ago. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N 2350-143394-03 PERALTA DIEGO ALFONSO la Resolución Nº 680147 de fecha 15 de abril de 2010.VISTO el presente expediente por el cual Don Diego Alfonso Peralta, se presenta interponiendo recurso de revocatoria contra la resolución N 580.701 de fecha 11/10/2007; por la que se revocó el beneficio jubilatorio que percibiera en lo términos de Decreto Ley 9538, CONSIDERANDO:
Que desde el punto de vista formal resulta que deviene procedente el recurso de revocatoria
Que respecto de la cuestión sustancial corresponde aclarar que por resolución 529.167 se acordó al recurrente el beneficio jubilatorio en lo términos del Decreto Ley 9.538, Posteriormente se detectó que la situación previsional del Sr. Peralta debió ser analizada en el marco del Decreto Ley 9650/80 T.O. 1994, advirtiéndose que no se reúnen los recaudos exigidos para alcanzar el derecho jubilatorio, por lo que se dictó la resolución N 580.701 por la que se revocó el beneficio jubilatorio que percibiera en lo términos del Decreto Ley 9.538, Sentado ello corresponde aclarar que el recurrente no ha agregado nuevos elementos de hecho o derecho que impongan la modificación del criterio sustentado en autos, Asimismo corresponde declarar legítimo el cargo deudor formulado a fs. 128 por haberes percibidos indebidamente que asciende a la suma de $48.790,39
Que, se ha expedido la Asesoría General de Gobierno a Fs. 154, contando con la vista del Sr. Fiscal de Estado a Fs. 155 y dictamen del Departamento Relataría a fs.
156/157, Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rechazar el Recurso de Revocatoria interpuesto por Don Diego Alfonso Peralta, clase 1946, DNI 5.217.869 con domicilio real en la calle Leopoldo Casal N 3255 de la localidad de Ranchos General Paz, atento el dictamen que antecede.ARTÍCULO 2º.- Declarar legitimo el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente desde el 1/07/2003 al 30/09/2008 que asciende a la suma de $48.790,39 pesos cuarenta y ocho mil setecientos noventa con treinta y nueve, debiéndose notificar al Sr.
Peralta para que en el plazo de 5 días ofrezca forma de pago. Caso contrario deberá imprimirse el trámite tendiente a la confección de titulo ejecutivo a fin de iniciar la acciones legales pertinentes.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en Actas; hecho, vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación.- Cumplido Pase a adecuaciones y altas.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 9.476 / ago. 23 v. ago. 29

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N 2350-081501-00 PIFFERI, JUAN CARLOS s/Suc., la Resolución Nº 690571 de fecha 20 de octubre de 2010.VISTO el presente expediente por el cual Elsa Miriam García, pensionada N
714.860.852, de la Sección Magisterio, interpone Recurso de Revocatoria contra la Resolución N 492.999, de fecha 16 de mayo de 2002, por la que se acordó el beneficio pensionario, y CONSIDERANDO:
Que desde el punto de vista formal el Recurso de Revocatoria fue interpuesto en legal tiempo y forma, resultando admisible conforme al art. 86, 89 y concs. del DecretoLey N 7647/70 y el art. 74 del Decreto-Ley 9650/80 T.O.1994;
Que la titular se agravia por la regulación de su haber por no haberse incluido la bonificación por ruralidad;
Que de la intervención de la áreas técnicas surge que le asiste derecho, por lo que corresponde hacer lugar al recurso y modificar la resolución atacada;
Que contando con el dictamen de la Asesoría General de Gobierno a fs. 299 y la vista del señor Fiscal de Estado a fs.300 y el Dictamen del Departamento de Ralatoria a fs.
320;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Receptar favorablemente el Recurso de Revocatoria interpuesto por Elsa Miriam García, pensionada N 714.860.852, de la Sección Magisterio contra la Resolución N 492.999, de fecha 16 de mayo de 2002, atento los argumentos vertidos.ARTÍCULO 2º.- Modificar el articulo 2 de la Resolución N 669.067, de fecha 02 de julio de 2009, obrante a fs 121, en el sentido de dejar establecido que el haber será equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de jefe de área Desf. 2
60% y Profesor 17 hs. Nivel Medio Desf. 2 60%, ambos con 07 años, y no como se consignara en la Resolución de referencia, atento los argumentos vertidos.ARTÍCULO 3º.- Liquidar dicho monto y las diferencias que correspondan con imputación a la cuenta del Instituto de Previsión SocialSección Magisterio.ARTÍCULO 4º.- Regístrese en Actas; vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación. Hecho, pase a Adecuaciones y Altas.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 9.478 / ago. 23 v. ago. 29

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/08/2011 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date23/08/2011

Page count44

Edition count3428

Première édition02/07/2010

Dernière édition09/08/2024

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