Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/08/2011 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 7448 LA PLATA, JUEVES 18 DE AGOSTO DE 2011

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIII de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de siete fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 10/02/2011
Nº de expediente: 4.246.0/09
Ente u organismo: CONSORCIO REGIONAL DE MUNICIPALIDADES REGIÓN CENTRO T.O.A.R.
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas del Consorcio Regional de Municipalidades de la Región Centro T.O.A.R., ejercicio 2009
con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Seis mil novecientos setenta y nueve con 31/100 $ 6.979,31 que el Consorcio acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Resultando VIII.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en el considerando segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIII de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO SEXTO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de tres fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 24/02/2011
Nº de expediente: 3.080.0/09
Ente u organismo: NAVARRO
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Navarro, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Cuatrocientos cincuenta y siete mil, trescientos cincuenta y seis $ 457.356,00, que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Quinto.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo, aplicar multa de $ 1.650,00 al Intendente Alfredo Castellari, amonestación al Contador Miguel Ángel Apaolaza, al Tesorero y Contador Jorge Omar Lucentini y al Tesorero Walter Humberto Tueso, y llamado de atención a la Jefa de Compras Claudia Elisa Pantuliano, al Secretario de Gobierno Oscar Aníbal Castellari, a la Jefa de Personal Analía Di Catarina, al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Leonardo Augusto Pouysegú, al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Omar Etcheverry, al Delegado de Las Marianas Orlando Aristía, al Delegado de Villa Moll Guillermo Gorga, al Delegado de J,J, Almeyra Marcos Fernández y al Director de Turismo Gustavo Alberto Gizzi Artículos 243 de la Ley Orgánica Municipal y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en el Considerando Cuarto inciso 2 y disponer que la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SEXTO: Declarar que el Intendente Alfredo Castellari y el Asesor Legal Ignacio Antonio Respuela, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, no se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar sin efecto la reserva mantenida sobre el tema tratado en el Considerando Cuarto inciso 1, debiéndose notificar tal circunstancia al Intendente Alfredo Castellari, Contador Miguel Ángel Apaolaza y Tesorero Jorge Lucentini.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Alfredo Castellari, Miguel Ángel Apaolaza, Jorge Omar Lucentini, Walter Humberto Tueso, Claudia Elisa Pantuliano, Oscar Aníbal Castellari, Analía Di Catarina, Leonardo Augusto Pouysegú, Omar Etcheverry, Orlando Aristía, Guillermo Gorga, Marcos Fernández y Gustavo Alberto Gizzi, de las sanciones que particularmente se les imponen a cada uno de ellos por el Artículo Cuarto.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a Alfredo Castellari e Ignacio Antonio Respuela, de la reserva dispuesta en el Artículo Quinto.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar al Ministerio de Economía lo expresado en el Considerando Tercero inciso 3.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XI
con sede en la ciudad de Mercedes.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de nueve fojas; firmarlo en dos ejemplares y comunicarlo. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 24/02/2011
Nº de expediente: 3.108.0/09
Ente u organismo: SAN FERNANDO
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de San Fernando, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar que el saldo de Pesos diecinueve millones ciento cincuenta y tres mil ochenta con ochenta y dos centavos $ 19.153.080,82 que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, no significa la efectiva convalidación del mismo en cuentas bancarias, conforme a lo expuesto en el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo, aplicar multas de $ 2.000,00 al Intendente Gerardo Osvaldo Amieiroy de $ 2.000,00 al Contador Rubén Enrique Recalde, amonestación al Tesorero Claudio Angel Giordanelli y al Jefe de Compras Adolfo Andrés Lipani y llamado de atención al Secretario de Obras e Infraestructura Pública Hernán Américo Lazo artículos 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Quinto y sobre la base e lo allí expuesto, formular cargo de $ 1.611,92, por el que responderán el Intendente Gerardo Osvaldo Amieiro en solidaridad con el Contador Rubén Enrique Recalde. artículo 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas sobre las materias tratadas en los Considerandos Segundo inciso 6, Cuarto, Sexto y Séptimo incisos 1, 4, 5, 6 y 7 y disponer que la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar que los Intendentes Gerardo Osvaldo Amieiro, el Presidente del Honorable Concejo Deliberante Diego Alberto Herrera, la Concejal Viviana Eleonora Nocito, el Contador Rubén Enrique Recalde, eL Tesorero Claudio Angel Giordanelli, la Directora de Cultura Norma Beatriz Posebón y los ex agentes Cristina Raquel Marello, Ramón Alfredo Sánchez y Jacinto Miguel Maldonado quienes resultan según el caso alcanzados por las reservas del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar sin efecto las reservas impuestas oportunamente sobre las cuestiones tratadas en el Considerando Séptimo incisos 2 y 3, liberando de responsabilidad al Intendente Gerardo Osvaldo Amieiro, al Secretario de Obras e Infraestructura Pública Hernán Américo Lazo, al Contador Rubén Enrique Recalde y a los agentes municipales, Juan Néstor Belizan, Carmen María Bonetto, María del Valle Castellano, Pedro Ernesto Chupitea, Ana Francisca Fernández, Isabel Margarita Fernández, Celia Alicia Beatriz Gottig, Jorge Nelson Goyheneche, Gustavo Petruzzelli, Leandro Armendariz, Christian Damián Lupich, María de los Ángeles Campos, Christian Damián Quiñones, Mauro Diego Rivera, Carlos Alberto Spandri, María Isabel Tortora, Vanesa Eva Medialdea, Silvia Noemí Gannio, Jorge Cogo y Mercedes Puntillo ARTÍCULO NOVENO: Notificar a Gerardo Osvaldo Amieiro, Alberto Herrera, Viviana Eleonora Nocito, Rubén Enrique Recalde, Claudio Ángel Giordanelli, Norma Beatriz Posebón, Cristina Raquel Marello, Ramón A. Sánchez y Jacinto Miguel Maldonado de la reservas dispuestas por el Artículo Sexto.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a Gerardo Osvaldo Amieiro, Rubén Enrique Recalde, Claudio Ángel Giordanelli, Adolfo Andrés Lipani y Henán Américo Lazo de las sanciones que particularmente se les imponen a cada uno de ellos en los Artículos Cuarto y Quinto y fijarles a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90
días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuentas Fiscales 1865/4 multas pesos y/o 108/9 cargos pesos, a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten en un plazo de diez días, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona VIII, con sede en la ciudad de San Isidro.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de catorce fojas; firmarlo en dos ejemplares y comunicarlo a quienes corresponda. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web del Honorable Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 24/02/2011
Nº de expediente: 3.113.0/09
Ente u organismo: SUIPACHA
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Suipacha, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/08/2011 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date18/08/2011

Page count44

Edition count3406

Première édition02/07/2010

Dernière édition05/07/2024

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