Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/10/2010 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Que con fecha 10/02/94 se presenta el titular solicitando se abonen diferencias de haberes impagos por el periodo 10/91 al 06/93 y mensuales 07/93, 08/93, solicitud esta última reiterada con fecha 25/04/06;
Que al momento de la presentación originaria, el titular poseía derecho a un lapso del total reclamado 01/02/92 en adelante, no teniendo dicho reclamo la virtualidad de interrumpir indefinidamente la prescripción en curso;
Que más allá del principio de actuación de oficio impuesto a la administración, cabe resaltar que el desinterés en la defensa de su derecho puesto de manifiesto por el interesado que reclama siete años después de la presentación inicial, permite que se consideren prescriptas las sumas reclamadas, atento privilegiar la certeza en las relaciones jurídicas;
Que no habiéndose dictado acto que declare el derecho pensionario del titular, cabe poner de manifiesto que el mismo reúne los recaudos de ley;
Que contando con el dictamen de la Asesoría General de Gobierno y la vista del Señor Fiscal de Estado a fs 56 y 57 respectivamente, y conforme el dictamen del Departamento Relatoría a fs. 58/59, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Acordar el beneficio de Pensión a Jerónimo GONZÁLEZ, nacido el 24/02/1924, con DNIM: 5.276.918 y con domicilio real en la calle Centenario Nº 182 de la Localidad de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º - El beneficio acordado será abonado a partir del 27/11/1990 día siguiente al fallecimiento y será equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Secretaría con 30 años de antigedad desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 3º - El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en las planillas de pago de la Sección Magisterio.
ARTÍCULO 4º - Establecer que han sido computados 30 años, 1 mes y 19 días de servicios.
ARTÍCULO 5º - Se deja constancias que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto Ley 9.650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.
ARTÍCULO 6º - Convalidar la baja y posterior reactivación del beneficio dado los argumentos vertidos ut supra.
ARTÍCULO 7º - Denegar el pago de mensualidades atrasadas solicitado atento encontrarse prescriptas dichas sumas, conforme lo dispuesto por el Art. 62 III párrafo del Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994.
ARTÍCULO 8º - Regístrese en Actas; vuelva al Departamento de Resoluciones Legajos para su notificación. Cumplido pase al Departamento de Adecuaciones y Altas.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 7.536 / sep. 30 v. oct. 6

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente Nº 21557-089643-07 SORIANO AMELIA PAULINA s/Suc., la Resolución Nº 671.372 de fecha 10 de septiembre de 2009.
VISTO lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y CONSIDERANDO:
Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigenteDecreto Ley 9.650/80 T.O 1994;
Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria con servicios Mixtos a Sr./a., AMELIA PAULINA SORIANO, con Documento DNF 11.710.078 y con domicilio en la calle Victorina Lois Nº 63, de la Localidad de General Rodríguez, Partido de G.
Rodríguez.
ARTÍCULO 2º - El beneficio acordado será abonado a partir del 8/03/2006, y será equivalente al 70% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Maestra de Grado con 24 años desempeñados en DIPREGEP 265 San Carlos Borromeo.
ARTÍCULO 3º - El Departamento de Inclusiones procederá a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección magisterio.
ARTÍCULO 4º - Notificar por la presente lo dispuesto por el Artículo 60 del Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994.
ARTÍCULO 5º - Se deja constancia que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994 Implica tanto el aumento como la disminución del haber en la misma proporción que aumente o disminuya el haber del activo.
ARTÍCULO 6º - Establecer que han sido computados 28 años, 0 meses y 2 días de Servicios.
Observaciones: Se deberá tener en cuenta la real fecha de comienzo del beneficio que se otorga por la presente.
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2º es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.
Percibió Anticipo Jubilatorio por la Ley 12.950.
Por Tratarse de servicios reconocidos anteriores al 13/10/93, no se requerirá la transferencia de aportes y contribuciones a la Caja Reconocedora atento lo establece el Decreto 78/94, reglamentario del Art. 168 de la Ley 24.241.
ARTÍCULO 7º - Regístrese en Actas, notifíquese al interesado, Hecho gírese las presentes actuaciones al División Adecuac. y Altas 3º Piso.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 7.537 / sep. 30 v. oct. 6

LA PLATA, MIÉRCOLES 6 DE OCTUBRE DE 2010

PÁGINA 10231

Provincia de Buenos Aires CONTADURÍA GENERAL
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
POR 5 DÍAS - Se hace saber por este medio al señor JORGE RAÚL GONZÁLEZ, que en el expediente Nº 2914-7559/98 alc. 3º III cuerpos y agreg. 2914-7559/98 alc. 4º, 6º, 5º, 8º y 7º el señor Contador General de la Provincia ha dictado la Resolución Nº 115/10, cuyo texto reza: La Plata, 16 de febrero de 2010. VISTO las presentes actuaciones por las cuales tramita sumario administrativo de responsabilidad ordenado por Resolución nº 863/05, con motivo de las irregularidades detectadas en el manejo de valores fiscales en las Delegaciones del Instituto de Obra Médico Asistencial de San Martín, San Fernando, San Isidro, Escobar y Vicente López pertenecientes a la Dirección Regional San Isidro, y;
CONSIDERANDO: Que de los antecedentes incorporados surge que con fecha 14 de agosto de 1998 se realiza arqueo de valores Fiscales en la Delegación San Isidro, detectándose los faltantes que se indican a f. 7/8, siendo responsable del manejo de los mismos, a esa fecha, la señora Ana Di Biasse, informándose a f. 8 que los faltantes detectados corresponden a gestiones anteriores; Que con fecha 14 de agosto de 1998 se realiza arqueo de Valores Fiscales en la Delegación Vicente López, arrojando como resultado los faltantes que se informan a f. 14, a esa fecha el delegado era el señor Pablo Ventura; Que con fecha 19 de agosto de 1998 se realiza arqueo de Valores fiscales en la Delegación Escobar f. 15/18; Que el día 21 de agosto de 1998 se realiza arqueo de Valores Fiscales en la Delegación San Fernando f. 19/22, siendo delegado, a ese fecha, el señor Jorge González, detectándose los faltantes que se consignan a f. 21/22; Que el día 20 de agosto de 1998 se realiza arqueo de Valores Fiscales en la Delegación San Martín f. 22/26, siendo delegada, a ese fecha, la señora Karina Rivas, detectándose los faltantes que se consignan a f. 25/27; Que a f. 35 el Subdirector de Tesorería del IOMA
informa que los valores fiscales Nº 823875 serie UII, 851862/851900 serie UII, 619669/619674 serie I2, 619749/619750 serie I2 y 784928 serie I2 correspondientes a la Delegación Vicente López, fueron observados como faltantes en anteriores auditorías;
Que a f. 37 vta. el Subdirector de Tesorería del IOMA elabora informe del cual surge que en la Delegación San Isidro se encuentran pendientes de rendición los siguientes valores fiscales. Categoría A: 246 bonos a $ 2,50 c/u y Diferenciados B: 2 bonos a $ 6 c/u.
Total: $ 627,00. Delegación Vicente López: Categoría A: 294 bonos a $ 2,50 c/u.
Diferenciados B: 143 bonos a $ 6 c/u y Prácticas Ambulatorias: 23 bonos a $ 8 c/u.
Total: $ 1.798,00. Delegación Escobar: Odontológicos Obligatorios: 15 bonos a $ 4 c/u e Internaciones Obligatorios: 40 bonos a $ 50 c/u. Total 2.060,00. Delegación San Martín:
Internaciones Voluntarios Individuales: 1 bono a $ 50. Odontológicos Voluntarios Colectivos: 3 bonos a $ 4,00 c/u. Total $ 62. Delegación San Fernando: Odontológicos Obligatorios: 120 bonos a $ 4,00 c/u. Internaciones Obligatorios: 56 bonos a $ 50 c/u.
Kinesiológicos Obligatorios: 25 bonos a $ 20 c/u. Odontológicos Voluntarios Individual:
233 bonos a $ 4,00 c/u. Internaciones Voluntarios Individuales: 36 bonos a $ 50 c/u.
Kinesiológicos Voluntarios Individual: 11 bonos a $ 20,00 c/u. Odontológicos Voluntarios Colectivos: 69 bonos a $ 4,00 c/u. Internaciones Voluntarios Colectivos: 11 bonos a $ 50
c/u y Kinesiológicos Voluntarios Colectivos: 6 bonos a $ 20,00 c/u. Total $ 7.678,00; Que a f. 47/48 se agrega copia del informe elaborado por el Sector Valores Fiscales de la Dirección Regional San Isidro del IOMA, del cual surge: -Delegación San Isidro: En la auditoría practicada no se puede establecer que los bonos que figuran como faltante coincidan con el informe de f. 37 vta. por lo tanto no sabiendo la numeración de los faltantes no se puede informar si los mismos fueron rendidos. -Delegación Vicente López:
En la auditoria practicada no se puede establecer la numeración real faltante debido a que no se especifica si los valores que figuran como robados se encuentran o no ya que no coinciden con el informe de f. 37 vta. -Delegación Escobar: Los bonos que figuran como faltantes Odontología Obligatorio fueron rendidos el 1º-10-98 con la numeración 727851 al 728250. Los bonos Internación Obligatorio: fueron rendidos bajo la numeración 196582 al 196600 en las fechas 31-08-98 y 1º-10-98 y la numeración 196701 al 196721
fue rendida el día 26-10-98. -Delegación San Martín: Los valores faltantes detectados por la auditoría practicada y detallados a f. 24 se encuentran pendientes de rendición. Delegación San Fernando: Odontología Obligatorio: todo pendiente de rendición.
Internación Obligatorio: la numeración que figura como faltante fue rendida el día 7-1098. Kinesiología Obligatorio: la numeración 44414 al 44418 fue rendida el día 7-10-98. La numeración 27738 al 27757 figura como pendiente de rendición. Odontología VI e Internación VII: todo pendiente de rendición. Kinesiología VI: la numeración 10915 al 10917 fue rendida el 07-10-98, el resto de la numeración se encuentra pendiente de rendición. Odontología VC: la numeración 836451 al 836465 y 836466 al 836500, total 50
bonos fueron entregados en el año 1997 y se encuentran pendientes de rendición. La numeración 836551 836569 que figuran en la Delegación San Fernando fue enviada a la Delegación San Isidro, de éstos últimos se rindió 836551 836567 entre el 2-10-97 y 10-12-97 quedando pendiente de rendición 836568 836569. Internación VC: la numeración 515964 y 516392 al 516401 se encuentran pendientes de rendición. Kinesiología VC: la numeración fue rendida el 7-10-98. Que por Disposición Nº 14/97; se designa como Delegado y Responsable de los valores fiscales a partir del 10-03-97 al señor Jorge González en la Delegación San Fernando; por Disposición Nº 3/97 se designa Delegada y Responsable de los valores fiscales a partir del 7-03-97 a la señora Alejandra Urquiza;
por Disposición Nº 23/97; se designa como Delegada y Responsable de los valores fiscales a partir del 23-06-97 a la señora Karina Rivas en la Delegación San Martín; por Disposición Nº 3/98 se ratifica como Delegada y Responsable de los valores fiscales en la Delegación San Martín a partir del 16-06-98 a la señora Karina Rivas; mediante Disposición Nº 31/97 se designa como Responsable de los valores fiscales a partir del 24-11-97 a la señora Nancy Arico y por Disposición Nº 30/97 se designa como Delegado y Responsable de los valores fiscales de la Delegación Vicente López al señor Pablo Ventura, a partir del día 10-11-97; por Disposición Nº 9/96 se designa responsable de los valores fiscales del SUT Vicente López desde el 3-10-96 al señor Carlos Balate y por Disposición Nº 9/97 se designa Delegado y Responsable de los valores fiscales de la Delegación Vicente López desde el 3-03-97 al señor Rodolfo Fleitas; Que por Resolución Nº 863/05 se ordena la sustanciación del sumario administrativo de responsabilidad que preceptúa el artículo 70 del Decreto Ley de Contabilidad, actuales artículos 104 inc. p y 119 de la Ley 13.767, delegando la Instrucción en el agente de este Organismo Dr.
Guillermo Ferreiroa, quien previa aceptación del cargo f. 239 se aboca a la reunión de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/10/2010 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date06/10/2010

Page count46

Edition count3426

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