Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/05/2024 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 13 de mayo de 2024

5 días comparezca a estar a derecho con respecto a la Causa N: ME-2764-2023-8506- "Contin Ramiro Jesús s/Hurto", seguida al nombrado conforme surge de la resolución que se transcribe: "Autos Y Vistos: Atento lo informado precedentemente por la autoridad policial, y siguiendo lo preceptuado por el art. 129 del Código Procesal Penal cítese por edictos durante cinco 5 días al encausado Contin Ramiro Jesús bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde.
Notifíquese y publíquese". Dr. Santiago Luis Marchio. Juez en lo Correccional. Secretaría, mayo de 2024.
may. 13 v. may. 17
POR 5 DÍAS - Por Disposición del señor Juez y en mi carácter de Secretario me dirijo a Ud. en los autos caratulados "Wu Changhong s/Infracción Ley 13.178: Comercialización de Bebidas Alcohólicas", Expte. Nº: SF-26423, que tramita por ante este Juzgado de Paz Letrado de San Fernando, Dpto. Judicial San Isidro, interinamente a cargo del Dr. Walter Vergara, Secretaría Única a mi cargo, sito en la calle 3 de Febrero 901 de ésta ciudad, a fin de solicitarle que tenga a bien arbitrar los medios necesarios para que, a los fines de notificar a WU CHANGHONG DNI n DNI 94.030.495 de lo resuelto el por éste Juzgado, se publiquen edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco 5 días Conf. artículo 129 del CPP. La resolución referida precedentemente y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Resuelvo: I.- Rechazar por inadmisible el recurso de reposición interpuesto por el Sr.
Representante de Fiscalía de Estado, Dr. Santiago DAngelis, contra el auto por el cual esta alzada resolvió declarar inadmisible el recurso de queja por apelación denegada, por los motivos expuestos en el considerando arts. 168 y 171 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; arts. 106, 421 -tercer párrafo- , 436 y 437 "ambos contrario" y 439 del C.P.P.. Regístrese electrónicamente, notifíquese al Fiscal de Estado y al Juzgado interviniente. Remítase al Juzgado de origen encomendando a su secretarío que realice las demás notificaciones que estime pertinentes. Sirva la presente de atenta nota de envío Garcia Maañón Ernesto Angel Anastasio, Juez. Stepañiuc Juan Eduardo, Juez. Hermida Lozano Bernardo Luis, Secretario de Cámara. A todo evento, se adjunta para su conocimiento copia íntegra y fiel de la resolución obrante en el sistema informático de la Secretaría del Juzgado que debe notificar, en un total de cinco 5 fojas.
Araujo Facundo Martin, Secretario.
may. 13 v. may. 17
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular a cargo P.D.S. del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas De Zamora, Dr. Carlos Gualtieri cita y emplaza a MATIAS EDUARDO ROJAS, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-01-3994-21 nº interno 8310 seguida al nombrado en orden al delito de Atentado a la Autoridad, Lesiones Leves y Daños Calificado, cuya resolución infra se transcribe: field. Y Vistos: Esta causa Nº LZ-661-2022 del registro de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental y Nº 07-01-3994-21 nº interno 8310 de este Juzgado caratulada "Rojas Matias Eduardo s/Atentado a la Autoridad, Lesiones Leves y Daños Calificado" y Considerando: Lo planteado por el Sr. Agente Fiscal de Juicio, la notificación de la Defensoría Oficial y de acuerdo a las constancias obrantes en autos se desprende que: Con los elementos colectados y habiendo el encartado Rojas Matias Eduardo constituído domicilio en la calle Los Frutales N 86 de Tristan Suarez, Ezeiza, ausentándose del mismo sin haber tomado el recaudo de anoticiar su alejamiento del mismo al órgano jurisdiccional o en su defecto a su Defensora Oficial.- No obstante lo expresado precedentemente, el Suscripto, previo dar cumplimiento con lo ordenado en el artículo 303 y siguientes y con el fin de resguardar el debido proceso y demás garantías constitucionales y tal como lo viene sosteniendo nuestro doctrinario Jorge Claria Olmedo que:
El Tribunal debe agotar los medios legales que para conseguir la intervención del imputado: si no lo consigue lo declarará rebelde o contumaz, cualquiera la causa de la ausencia: incomparecencia, ocultación o fuga Tratado de Derecho Procesal Penal TºII, Pag. 91 Ed. Córdoba Es mi criterio previo a la declaración de rebeldía, librar edictos a los efectos de publicarlos en el Boletín Oficial por el término de Ley art. 129 del Código de Procedimiento Penal en base a lo expuesto es que: Resuelvo: 1 Citar a Rojas Matias Eduardo por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía art.303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. Notifíquese". Carlos Gualtieri, Juez a cargo P.D.S. Ante mi: Leandro Avecilla, Auxiliar Letrado. Banfield.
may. 13 v. may. 17
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra.
Gisela Aldana Selva, notifica a LEONE JUAN VICENTE, apodado "Cuki", de 35 años, de edad, de estado civil soltero, changarín, de nacionalidad argentina, nacido el día 11 de agosto de 1987 en la localidad de Luján, partido del mismo nombre, provincia de Buenos Aires, domiciliado en Dr. Salas Altura: 530, de la localidad y partido de Luján, provincia de Buenos Aires, sin residencia anterior, DNI 33.115.205. si sabe leer y escribir, hijo de Pintos Isabel Itati v y Leone Juan Vicente v, en el marco de la causa nº ME-1566-2023 10074, "Leone Juan Vicente s/Lesiones Leves Agravadas por Haber Sido Cometidas por Su Pareja de Un Hombre A Una Mujer Mediando Violencia de Genero y Amenazas en Concurso Real en Luján B IPP 09-01-2538-23", del cómputo de pena recaído en autos y su respectiva aprobación que se transcriben: "Señora Juez: Informo a V.S. que el día 11/12/2023 recayó sentencia en la presente causa, condenando a Juan Vicente Leone como autor material penalmente responsable de los delitos de Lesiones leves agravadas por haber sido cometidas por su pareja de un hombre a una mujer mediando violencia de género y amenazas en concurso real, a la pena de nueve 9 meses de prisión de efectivo cumplimiento, con más la imposición de las costas del proceso y su declaración de reincidencia. Dicha sentencia fue debidamente notificada a las partes, obrando como última la notificación del encausado, la cual tuvo lugar el día 11 de diciembre de 2023. Siendo ello así, dicha sentencia adquirió firmeza el día 1 de febrero de 2024.- Que en el marco de la IPP 09-01-002538-23 correspondiente a la presente causa, el encartado Leone, Juan Vicente fue aprehendido el día 23 de abril de 2023 ver acta de procedimiento en trámites del SIMP de fecha 23 y 24/04/2023, permaneciendo privado de su libertad en forma ininterrumpida hasta el día 23 de enero de 2024, momento en que fue excarcelado por agotamiento de pena en prisión preventiva.- Por lo cual, habiendo agotado la pena impuesta el día 23 de enero de 2024, su registración a todos los efectos legales caducará el 23 de enero de 2034.- Es todo cuanto debo
SECCIÓN JUDICIAL > página 39

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/05/2024 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date13/05/2024

Page count82

Edition count3399

Première édition02/07/2010

Dernière édition07/08/2024

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