Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/04/2024 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 30 de abril de 2024

por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P Fdo: Dra. María Fernanda Hachmann, Juez Subrogante, Juzgado de Garantías nº 1.
abr. 26 v. may. 3
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Dolores Sala I, tengo el agrado de dirigir a Ud. el presente, en causa nº 23744, caratulada: "Lopiano Sandra Del Valle y Rivera Erik Adrian s/Robo Agravado IPPN 03-02-5537-19 JGN4", a efectos de solicitar proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a SANDRA DEL VALLE LOPIANO, cuyo último domicilio conocido era calle 20 N
2587 de San Clemente del Tuyú, la sentencia dictada por este Tribunal el 22 de octubre de 2020, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede, 1 Se Rechaza el recurso de apelación interpuesto a fs. 362/363, por el Sr. Defensor Oficial Dr. Leonardo E. Paladino; 2 Se confirma la resolución recurrida, obrante a fs. 329/350, en cuanto No Hace Lugar Al Sobreseimiento solicitado en favor de los imputados lopiano Sandra Del Valle y Rivera Erik Adrián, y eleva la presente causa a juicio que se le sigue a los nombrados en orden a los hechos cuya calificación legal prima facie se readecua en esta instancia a la figura de robo agravado por efracción, en los términos del Art. 167 inc. 3 del C.P.. Notifíquese y oportunamente, Devuélvase". Firmado: Fernando Sotelo. Luis Felipe Defelitto. Andrea Analía Rodriguez. Abogada-Secretaria. Dolores, abril de 2024
abr. 26 v. may. 3
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber por 5 días que en los autos: "Lamique Alejandro Marcelo s/Quiebra Pequeña" -Expte. N 56825- se ha decretado la Quiebra de ALEJANDRO MARCELO LAMIQUE, DNI Nº 22329708, con domicilio real en calle Costa Rica Nº 980 de la localidad de Villa General Arias, partido de Coronel Rosales, intimándose a la deudora y a quienes detentan bienes de aquella los entreguen al Síndica Cra. Susana Beatriz Iommi, con domicilio constituido en la calle Zapiola Nº 165 de la ciudad de Bahía Blanca, domicilio electrónico 27106310020@cce.notificaciones. Prohíbese hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Se ha fijado el día 05 de julio de 2024 hasta el cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación ante el Síndico, el día 09 de septiembre de 2024 a fin de que el Síndico presente el informe individual y el día 05 de noviembre de 2024 para que la sindicatura presente el informe general Art. 39 de la Ley 24.522. Bahía Blanca, 23
de abril de 2024. Jorgelina A. Elosegui. Secretaria.
abr. 26 v. may. 3
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, sito en Juan D. Perón y Larroque, Edificio Tribunales, 4to. piso, sector "E" de la ciudad de Banfield, provincia de Buenos Aires, Dr. Carlos E. Gualtieri, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a DOMINGUEZ
JONATHAN, cuyos datos filiatorios son los siguientes: DNI 40.399.807, de nacionalidad argentina, hijo de Ruedas Walter y de Eva Dominguez, nacido el día 13 de mayo de 1997 en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, y con último domicilio conocido en la calle Santiago de Estero N 679 de la localidad y partido de Ezeiza, a estar a derecho art. 129 del Código de Procedimiento Penal, en la Causa Nro. 6270 I.P.P. 07-01-007489-16, caratulada "Dominguez Jonathan Ariel y Otro s/Robo Simple". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Cítese a Dominguez Jonathan Ariel por el témino de cinco dias por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, bajo apercibimiento de declarar su Rebeldía". Fdo: Dr. Carlos E. Gualtieri, Juez en lo Correccional. Ante mí: Secretaria Actuante. Déjese constancia dentro del texto del edicto, que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declará su Rebeldía. Secretaría, fecha de rúbrica digital.
Secretaría, fecha de rúbrica digital.
abr. 26 v. may. 3
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a HUGO RAMÓN MARTÍN BALTA con último domicilio conocido en calle Ricardo Palma Nro.
273 de Mar del Plata, quien fuera vícitma en causa nro. INC-19244-1 seguida a -Gallardo Azul Lucas por el delito de Robo Agravado-, la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 15 de febrero de 2024. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea
SECCIÓN JUDICIAL > página 23

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/04/2024 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date30/04/2024

Page count75

Edition count3384

Première édition02/07/2010

Dernière édition17/07/2024

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