Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/11/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 28 de noviembre de 2023

procedimiento se lo indique o detenga como autor o partícipe de la comisión de un delito. Los derechos que este Código acuerda al imputado podrá hacerlos valer cualquier persona que sea detenida o indicada de cualquier forma como partícipe de un hecho delictuoso desde el primer momento de la persecución penal dirigida en su contra. Cuando estuviere detenido, el imputado podrá formular sus instancias ante el funcionario encargado de la custodia, quien las comunicará inmediatamente al órgano interviniente. Desde el mismo momento de la detención o, no siendo detenible el delito desde la PP-06-00-059107-23/00, "Gonzales Limachi Juan Jose s/Abuso Sexual", P.V.: Gonzales Limachi Juan, Rodríguez Nicole, Rodriguez Orihuela Lucrecia primera diligencia practicada con el imputado, éste deberá ser anoticiado por la autoridad que intervenga que goza de las siguientes garantías mínimas: Ser informado sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada, de la naturaleza y causas de los cargos que se le imputan. A comunicarse libremente con un letrado de su elección, y que le asiste el derecho de ser asistido y comunicado con el Defensor Oficial. Si fuese nacional extranjero el derecho que le asiste de comunicarse con el Cónsul de su país. Que no está obligado a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable. Los derechos que le asisten con relaciónal responsable civil del hecho por el que se lo imputa, si lo hubiere, y también respecto del asegurador, en caso de existir contrato, como asimismo los derechos que le asisten respecto de requerir al asegurador que asuma su defensa penal. Art. 129 C.P.P.. Martín A. Almirón, Agente Fiscal UFI 8
La Plata. Arvia Milagros, Auxiliar Letrada.
nov. 23 v. nov. 29
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de ésta ciudad, cita a FLAVIO ALBERTO DI RENZO, DNI 22896244, nacido en San Nicolás, pcia. de Bs. As, el 24/09/1972, hijo de Raul Alberto y de Gladys Santa Cruz, con último domicilio conocido en calle San Martín 281, de la localidad de San Nicolás, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa N SN-1209-2023, lPP-IPP PP16-00-012065-23/00, caratulada: "Di Renzo Flavio Alberto, Robo en Grado de Tentativa, San Nicolás", cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "San Nicolás, 15 de noviembre de 2023. Atento al estado de autos, en virtud de lo solicitado por el Sr. Agente Fiscal actuante el día 14 de noviembre pasado y de lo informado, en igual fecha, por las actuaciones policiales que se agregaran digitalmente, desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Flavio Alberto Di Renzo, cfr. art. 129 deI C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado Rebelde, expidiéndose Orden de Captura en causa Nº SN-1209-2023, cfr. arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Notífiquese. Proveo por disposición de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Departamental". Fdo: Sebastián L. Zubiri. Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de robo en grado de tentativa, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre N 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo Rebelde y expedirse Orden de Captura, en causa Nº SN-1209-2023. arts. 129 y 304 del C.P.P. San Nicolás, 15 de noviembre de 2023.
nov. 23 v. nov. 29
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, partido de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires cita y emplaza a ALTAMIRANO NUÑEZ WALTER MATÍAS, poseedor del DNI N
33.925.459, nacido el día 31 de julio de 1988 en la localidad de San Francisco Solano, partido de Quilmes, hijo de José Altamirano y de Fátima Ramona Nuñez, con últimos domicilios en Barrio Lujan sito en Olivo y El Tero, Kilómetro 26, manzana 1 Lote 5 del localidad de Florencio Varela y calle 859 n 2058 esquina 892 de la localidad de San Francisco Solano del partido de Quilmes para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro. 0700-8731-21 Registro Interno Nº 9261, caratulada "Altamirano Walter Matías s/Robo en Grado de Tentativa". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, 29 de septiembre de 2023. En atención al estado de autos y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Walter Altamirano, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo". Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
nov. 23 v. nov. 29
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez titular del Juzgado de Garantías nro. 7 descentralizado de Ezeiza del Departamento Judicial Lomas de Zamora, en el marco de hábeas corpus registrado bajo el número HC-07-01-00000523/00 en la secretaría de esta judicatura, a fin de solicitar se publique edicto por el término de 5 días la siguiente resolución:
"Acuerdo La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, integrada por los señores jueces doctores Daniel Carral y Ricardo Maidana art. 451 del Código Procesal Penal, con la presidencia del primero de los nombrados, de conformidad con lo establecido en la Ac. 3975/2020 de la SCBA, procede al dictado de sentencia en el marco de la Causa N 126492 caratulada Luminato Mariel Alicia s/Recurso de Casación, conforme al siguiente orden de votación: Carral - Maidana. Antecedentes I. La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Lomas de Zamora en causa de su registro interno N 2663 confirmó el temperamento dictado por el Jugado de Garantías interviniente, que no hizo lugar a la acción de habeas corpus deducida por en favor de MARIEL
ALICIA LUMINATO. Contra el fallo de referencia, la defensa interpuso recurso de casación. En lo sustancial, la parte se agravia por considerar que los jueces de la instancia anterior dictaron un pronunciamiento arbitrario e inmotivado, que causa un gravamen irreparable En suma, no puede presumirse que la nueva redacción del artículo 450 del C.P.P. haya venido a consagrar un derecho al triple conforme respecto de las decisiones relacionadas con la temática en trato, sino que debe interpretarse en su faz ordinariacomo un remedio legislativo instituido para los casos en los que el imputado quedara desprovisto de un recurso efectivo contra el resolutorio de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal que invalide el auto de primera instancia, cuando se trate de la primera resolución que le ha sido adversa, en tanto revoca la concesión anterior. Por último, no se advierte que la resolución atacada sea arbitraria, como tampoco la existencia de cuestión federal que amerite excepcionar las reglas de admisibilidad previstas normativamente para el presente, y que fueron señaladas en los párrafos precedentes. A todo evento, se observa que la Cámara departamental fundó su temperamento teniendo en
SECCIÓN JUDICIAL > página 5

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/11/2023 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date28/11/2023

Page count74

Edition count3399

Première édition02/07/2010

Dernière édition07/08/2024

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