Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/09/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 22 de septiembre de 2023

09 de septiembre de 2022 se ha decretado la Quiebra de la siguiente persona física: Sr. FEDERICO DANIEL QUIROGA, DNI. Nº 32.153.596, con domicilio real en Casa 90 del Barrio Covendiar de la localidad de Rojas B, ordenando a la fallida y a terceros que tengan en su poder bienes del mismo, su entrega al Síndico designado Gabriel Ernesto Galdeano con domicilio constituido en calle Pellegrini Nº 128 de la ciudad de Junín, prohibiendo la realización de pagos al fallido, ordenando la intercepción de su correspondencia, la que será entregada al Sr. Síndico en su domicilio, fijando la fecha del día 14 de noviembre de 2023 como límite para que los acreedores presenten los pedidos de verificación al Síndico Art.
200. Las solicitudes deberán presentarse en el domicilio del Síndico en días hábiles de lunes a viernes en horario de oficina. Se fija la fecha del día 29 de noviembre 2023 como límite para las impugnaciones ante el Síndico. Fijar la fecha del día 29 de diciembre de 2023 para la presentación de los informes individuales por el Síndico. Fijar la fecha del día 13 de marzo de 2024 para la presentación por el Síndico del Informe General. Se ordena la publicación de edictos en el "Boletín Oficial" y en el Diario "El Nuevo Diario Rojense" de la ciudad de Rojas B por el término de cinco días en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 89 de la Ley 24522. En atención al aislamiento social, preventivo y obligatorio vigente y tomando en consideración que el Art. 6 de la Resolución Nro. 480/2020 de la SCJBA, autoriza el uso de las herramientas tecnológicas para la realización a distancia de actos procesales que de otra forma pudieran verse impedidos, ello con el objeto de evitar el traslado de personas, se denuncia la casilla de correo electrónico de la sindicatura como gabrielgaldeano00@gmail.com al cual podrán los pretensos acreedores que eventualmente no residan en la localidad de Junín, enviar sus pedidos de verificación, adjuntando en formato pdf copia de la documentación fundante del pedido y constancia del depósito del arancel. Además, todos los acreedores insinuantes deberán indicar en la solicitud de verificación: a casilla de e-mail; b teléfono de contacto; y c denunciar el domicilio real y constituir domicilio procesal. Asimismo, se informa el CBU
0140432003660201116002, Cuenta en Pesos N 6602-11160/0, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Ascensión, a los fines de que los acreedores insinuantes depositen el importe correspondiente al arancel Arts. 32 y cc. del Ley 24.522. Una vez formuladas las solicitudes de verificación por parte de los acreedores, a los fines dispuestos por el Art.
34 de la Ley 24.522, deberá la sindicatura cargar dichas solicitudes en una plataforma digital, haciendo saber el link de acceso a los acreedores. El informe de la sindicatura se realizará en base a dichas piezas, sin perjuicio de lo cual los acreedores deberán exhibir los originales ante el primer requerimiento de la sindicatura o del Juzgado. Junín B, 13 de septiembre de 2023. Joaquín Miguel Vilaseca, Auxiliar Letrado.
sep. 19 v. sep. 25
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a LAUTARO DANIEL FIDEL MENDIETA en causa nro. 19093 seguida a Almaraz Luis Francisco por el delito de Hurto en grado de Tentativa, la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 7 de agosto de 2023. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes.
Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 14 de septiembre de 2023. Autos Y Vistos En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
sep. 19 v. sep. 25
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra.
Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a FRANCISCO DANIEL VILLALBA LOPEZ paraguayo, nacido el día 19 de octubre de 1977 en la localidad de Yvicuy de Asunción, República del Paraguay, hijo de Miguel Villalba y de Liz López, changarín, que sabe leer y escribir, soltero, con último domicilio conocido en calle 106 N 1104 de la ciudad de Mercedes -B-, DNI N
95.310.985 a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio respecto de la causa Nº ME-3543-2019 8312 "Coronel Julian - Larroque Raul Agustin - Quevedo Agustin y Villalba Lopez, Francisco Daniel s/Daño Agravado por Ser Ejecutado en Cosas de Valor Cultural y de Uso Público", bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde. Mercedes.

SECCIÓN JUDICIAL > página 12

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/09/2023 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date22/09/2023

Page count82

Edition count3400

Première édition02/07/2010

Dernière édition08/08/2024

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