Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/09/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 15 de septiembre de 2023

Gilda Andrea Skverer, Secretario.
sep. 11 v. sep. 15
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 de Bahía Blanca, Departamento Judicial de Bahía Blanca, cita y emplaza por cinco días a CARLOS DARIO BORDA. "Borda Carlos Dario s/Usurpación de Propiedad Art. 181, Inc. 1 del C.P". Cito Resolución: cítese a Carlos Dario Borda, no informado 10662591, a comparecer por ante la sede de este Juzgado en lo Correccional nro. 1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca Estomba N 34 3 Piso de Bahía Blanca, o comunicarse telefónicamente Tel/Fax 0291-4009600 interno 32312, por el término de cinco 5 días, bajo apercibimiento de declarárselo Rebelde y disponer su Comparendo Compulsivo art. 129 y concordantes del Código Procesal Penal". Dr.
Gabriel Giuliani, Juez. Secretaría. Acord. 3733/14.
sep. 12 v. sep. 18
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-028563-10/00, caratulada " Miguel N.n. s/Abuso Sexual - Art. 119 párr. 1ro.
" a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe Autos y Vistos: La presente I.P.P. Nro. PP-06-00-028563-10/00, caratulada "Miguel N.n. s/Abuso Sexual - Art. 119 párr. 1ro Y
Considerando: Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la víctima de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente. Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo normado con el art. 268, cuarto párrafo del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el termino de 5 días a los fines notificar a FERNANDO ANDRES PEREZ TORELLO, de lo resuelto precedentemente". Smolinsky de Lacki Betina Judith Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata. Ribeiro Sturla Andrea Karina, Abogado.
sep. 12 v. sep. 18
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a Sr. GRILLI PABLO GUILLERMO domiciliado en calle Friuli Nº 1558 de Mar del Plata, en causa Nº 19183 la Resolución que a continuación de transcribe: "rn del Plata, 7 de septiembre de 2023. Autos y vistos:
Atento el estado de los presentes autos, y en virtud de la notificación infructuosa para con una de las victimas de autos, librese edicto electrónico a los fines de cumplimentar con dicho fin". del Plata, 1 de septiembre de 2023. Autos y vistos:
Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. C.P.P. Art.
497 y Res. 555/05 S.C.J.P.B.A., hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas: 1. Anótese a Borrelli Diego Fabian como detenido a disposición de este Juzgado de Ejecución Penal N 1 y en carácter de penado. 9. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada. Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad.
Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 8:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado, notifíquese al mismo a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la Provincia de Buenos Aires". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. Nocetti Rodrigo Emmanuel, Auxiliar Letrado.
sep. 12 v. sep. 18
POR 5 DÍAS - El Señor Juez subrogante del Tribunal Oral en lo Criminal N 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Marcelo Hugo Dellature, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a LOPEZ
VERA EDUARDO a estar a derecho Artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 13216-23, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Calificado por Escalamiento. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Banfield, 6 de Septiembre de 2023. En atención a lo informado por la titular de la Unidad de Defensa Penal N 38 con fecha 8/8/23 y lo certificado por el personal policial de la seccional de Villa
SECCIÓN JUDICIAL > página 9

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/09/2023 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date15/09/2023

Page count78

Edition count3375

Première édition02/07/2010

Dernière édition01/07/2024

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