Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/10/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 21 de octubre de 2022

corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 11 de octubre de 2022. Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la progenitora de la víctima de autos K.D.Z., Sra. Miriam Gimenez, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
oct. 17 v. oct. 21
POR 10 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de San Pedro, Secretaría Única, en autos Bueno Pedro Héctor y Cafiere Elba Lucía s/Usucapión Expte. 27798 cita y emplaza a FILOMENA BUENO Y LAURENZA y a quienes se consideren con derecho al inmueble cuya usucapión se pretende: Un lote de 158 m2. Circ.1, Sec. J, Qta. 134, Fracc. 1, Par 6 de San Pedro, Partida 099-000315-7 para que dentro del plazo de diez días comparezcan a estos autos a estar a derecho bajo apercibimiento de que si no lo hicieren se nombrará Defensor Oficial para que los represente Arts. 681 y 682 C.P.C.C..
San Pedro, setiembre de 2022. Dr. Facundo Vellón, Secretario.
oct. 17 v. oct. 28
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez a cargo por disposición superior del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Morón, Dr. Daniel Alberto Leppén, en el marco de la causa correccional N 4932 seguida a Luna, Santiago Daniel por el delito de Encubrimiento, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese por el término de cinco 5 días, a SANTIAGO DANIEL LUNA, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, hijo de Liliana Flamenco y de Roque Luna, titular del DNI N42.627.717, nacido el día 2 de julio de 2000, con último domicilio conocido en la Avenida San Martín 4982 de Parque San Martín, partido de Merlo, Provincia de Buenos Aires, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón N 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, Sección "a" de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo artículos 129, 303 y 304 del C.P.P..- Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: "Morón, octubre de 2022.- Téngase presente lo manifestado por la Defensa, toda vez que el causante no ha podido ser ubicado en el domicilio denunciado, desconociéndose su paradero actual, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Santiago Daniel Luna, por el término de cinco días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. arts.
129, 303 y 304 del C.P.P..-Firmado: Dr. Daniel Leppén, Juez en lo Correccional.- Secretaria, octubre de 2022.
oct. 18 v. oct. 24
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica personalmente a el Propietario del SUPERMERCADO ANCAR, con último domicilio conocido sito en calle 19 esquina 18 de la ciudad de Miramar, víctima en causa N INC-15844-5 seguida a Cabrera Franco Fabian por el delito de Incidente de Salidas Transitorias la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 4 de agosto de 2022 .- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima - En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.- Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado.- - Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución.- A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 5 de Octubre de 2022.- Autos y Vistos:
En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso".- Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi.
Juez de Ejecución Penal.
oct. 18 v. oct. 24
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N 1, Secretaría Única del Departamento Judicial de Mar del Plata, hace saber que en autos "Gimenez Patricia Isabel s/Concurso Preventivo Pequeño", Expte. N 125445, se resolvió con fecha
SECCIÓN JUDICIAL > página 12

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/10/2022 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date21/10/2022

Page count76

Edition count3401

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Dernière édition09/08/2024

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