Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/10/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 20 de octubre de 2022

defensa. Favor rei. Nadie podrá ser juzgado por otros jueces que los designados de acuerdo con la Constitución de la Provincia y competentes según sus leyes reglamentarias; ni penados en juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso y sustanciado conforme a las disposiciones de este Código; ni considerado culpable mientras una sentencia firme no lo declare tal; ni perseguido penalmente más de una vez por el mismo hecho. Las penas y de los derechos en el procedimiento. En caso de duda deberá estarse siempre a lo que sea más favorable al imputado. La inobservancia de una regla de garantía establecida en beneficio del imputadono se podrá hacer valer en super juicio. La imposición de medidas de seguridad en los términos del artículo 34 inciso 1º del Código Penal requiere la previa observancia de las normas relativas al juicio previstas en el Libro III de este Código. Capítulo II El imputado Artículo 60.Texto según Ley 13.943
Calidad. Instancias. Se considerará imputado a toda persona que en cualquier acto o procedimiento se lo indique o detenga como autor o partícipe de la comisión de un delito. Los derechos que este Código acuerda al imputado podrá hacerlos valer cualquier persona que sea detenida o indicada de cualquier forma como partícipe de un hecho delictuoso desde el primer momento de la persecución penal dirigida en su contra. Cuando estuviere detenido, el imputado podrá formular sus instancias ante el funcionario encargado de la custodia, quien las comunicará inmediatamente al órgano interviniente.
Desde el mismo momento de la detención o, no siendo detenible el delito desde la primera diligencia practicada con el imputado, éste deberá ser anoticiado por la autoridad que intervenga que goza de las siguientes garantías mínimas: Ser informados indemora, en un idioma que comprenda y en primera diligencia practicada con el imputado, éste deberá ser anoticiado por la autoridad que intervenga que goza de las siguientes garantías mínimas: Ser informado sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada, de la naturaleza y causas de los cargos que se le imputan. A comunicarse libremente con un letrado de su elección, y que le asiste el derecho de ser asistido y comunicado con el Defensor Oficial. Si fuese nacional extranjero el derecho que le asiste de comunicarse con el Cónsul de su país. Que no está obligado a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable. Los derechos que le asisten con relaciónal responsable civil del hecho por el que se lo imputasi lo hubiere-y también respecto del asegurador, en caso de existir contrato, como asimismo los derechos que le asisten respecto de requerir al asegurador que asuma su defensa penal. art. 129C. P.P.. Fdo. Martín A.
Almirón, Agente Fiscal UFI 8 La Plata.
oct. 20 v. oct. 26
POR 5 DÍAS - En causa Nº 175/2015, IPP Nº 03-00-007015/11, de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto.
Judicial Dolores, a cargo del Dr. Jorge Agustín Martinez Mollard, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Florencia Doumic, seguida a POMA CRISTIAN DENIS por robo, a los efectos de que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era en calle Víctor Hugo N 1380 de la localidad de Ostende, Pcia.
Bs. As., el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 14 de octubre de 2022.- Autos y Vistos:
Considerando: Resuelvo:- 1. Declarar extinguida la acción penal por prescripción en la causa N 175/2015, y en consecuencia sobreseer totalmente al nombrado Poma Cristian Denis cuyos demás datos personales obran en autos,
Notifíquese Fdo: Jorge Agustín Martinez Mollard - Juez.- Dolores, Juzgado Correccional Nº 2, octubre de 2022.
oct. 20 v. oct. 26
POR 10 DÍAS - El Juz. de 1º Inst. Civil y Comercial Nº 27 del Dpto. Judicial La Plata cita a la Sra. MARÍA ÁNGELA
CIPOLLONI y/o MARÍA ÁNGELA CIPOLLONE y a quien se crea con derechos al dominio del inmueble objeto de autos, sito en Guayaquil e/Tolosa y Democracia, de la Local. de Berisso cuya nom. catastral es: Circ. VII, Sec. H, Mza.326, Parc.
22, Mat. 25010 114, para que en el término de 10 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor Oficial de Ausentes que los represente. Alfredo Anibal Villata. Juez.
oct. 20 v. nov. 2
POR 1 DÍA - Juzgado de Familia 6 del Dpto. Judicial Mar del Plata San Martín 3548, de titularidad de la Sra. Juez, Dra.
Adriana Esther Rotonda, Secretaría Única a cargo de los Dres. Pedro Czebotaronek, Liliana Valeria Alvarez y María Alejandra Scaglia - adscripta en los autos: "Barragan Calvo Sheila Daiana s/Cambio de Nombre", exp. MP - 20088 - 2022.
La Srta. SHEILA DAIANA BARRGAN CALVO, DNI N 47.276.52 solicita el cambio de apellido, de conformidad con lo dispuesto por el arts. 69, 70 sgtes. y ccdtes. del Código Civil y Comercial de la Nación, ello, en virtud de la existencia de justos motivos, solicitando se ordene judicialmente la supresión de su apellido paterno "Barragan".Conforme lo dispuesto por el art. 70 del C. C. y C., procédase a publicar los edictos pertinentes en el Boletín Oficial una vez por mes, durante dos meses, citándose por quince días a quien quiera formular oposición. De conformidad con lo pedido, lo que resulta de la declaración jurada presentada en autos y lo dispuesto por los arts. 78, 79, 81 C.P.C., concédese a la Sra. Paola Gabriela Calvo el beneficio de litigar sin gastos requerido con el alcance que determinan las citadas disposiciones y art. 84 del mismo Código; pudiendo en consecuencia litigar sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el art. 84 citado.
1º v. oct. 20
POR 1 DÍA - El Juzgado de Familia Nº 2 de Berazategui, Secretaría Única, en el proceso de cambio de nombre de CELESTE LUJAN CLOTILDE PEREYRA quien pretende llamarse Celeste Lujan Pereyra, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a formular oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación.Berazategui, octubre de 2022.
1º v. oct. 20
POR 1 DÍA - El Juzgado de Familia N 2 del Departamento Judicial Mercedes cita y emplaza a quien se considere con derecho a formular oposición, al cambio de nombre del Sra. JULIETA ALVAREZ SALGUERO, DNI 33.807.034, en los autos caratulados, Alvarez Salguero Julieta s/Cambio de Nombre Ete. N 14401. Mercedes, 11 de octubre de 2022. Arriagada Fabio Isaac. Juez.
1º v. oct. 20
POR 1 DÍA - El Juzgado de Familia N 1 de Berazategui, cita y emplaza en los autos caratulados "Lopez Maria Fernanda c/Liva Gabriel Alberto s/Cambio de Nombre" expte. N 2909, a los acreedores o terceros interesados a los fines que se presenten en el plazo de 15 días desde la última publicación, a fin de deducir oposición y hacer valer sus derechos, con
SECCIÓN JUDICIAL > página 35

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/10/2022 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date20/10/2022

Page count76

Edition count3385

Première édition02/07/2010

Dernière édition18/07/2024

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