Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/03/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 21 de marzo de 2022

reglas se llevará a cabo mediante el Patronato de Liberados Provincial, a través de la Delegación correspondiente a su domicilio, quedando bajo responsabilidad del causante su presentación en forma espontánea, sin requerimiento de oficio judicial previo ordenando tal manda. f Asimismo, hágase saber al nombrado las consecuencias que acarrea el incumplimiento de las reglas fijadas, a dichos efectos se transcribe el Art. 27 bis del Código Penal que en su parte pertinente dispone Si el condenado no cumpliere con alguna regla, el tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento. Si el condenado persistiere o reiterare el incumplimiento, el tribunal podrá revocar la condicional de la condena. El condenado deberá entonces cumplir la totalidad de la pena de prisión impuesta en la sentencia haciéndosele saber que la acreditación del cumplimiento de las reglas de conducta fijadas queda a cargo del imputado y su defensa, motivo por el cual, de no acreditar esa parte el cumplimiento en cuestión, se considerarán no cumplidas las reglas indicadas. g Líbrese oficio a la Anses haciendo conocer la resolución recaida en autos y el cómputo de pena practicado. h A los fines de dar fiel cumplimiento a lo normado por el Art. 83 inc. 3
del C.P.P., líbrese oficio a los fines de notificar a la víctima de autos de la sentencia dictada. i Intímese al encausado que acredite dentro de los cinco 5 días de notificado haberse adherido a un tratamiento por el consumo problemático de sustancias. j Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP Nro. 08-00-010195/18 del Juzgado de Garantías Nro. Cuatro Departamental, y causa Nro. 8841 del Juzgado en lo Correccional Nro. Cuatro Departamental". Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 9 de marzo de 2022. Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, Propietario de la Cervecería "Fauno", notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
mar. 15 v. mar. 21
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Antonio Claudio Mele, Titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial de Morón, en causa N J-3318 I.P.P. N 10-01-5656-19/00, seguida a KAREN ELIANA CHACOMA y Otra en orden al delito de Hurto Simple, cítese y emplacese a la nombrada Chacoma DNI 42.320.590, de nacionalidad argentina, nacido el día 29/12/94, hija de Mario Chacoma y de Mara Gonzalez, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal a este Juzgado sito en la calle Colon 151, esquina Almirante Brown, edificio de Tribunales, 4 piso, sector "K" de la Ciudad y Partido de Morón, tel/fax: 4489-7969, email:
juzcorr2-mo@jusbuenosaires.gov.ar dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de decretar su rebeldía, Arts. 129, 303 y ccs. del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente edicto: rón, 10 de marzo del 2022. Tiénese por contestado el traslado conferido y no habiéndose logrado hasta el día de la fecha dar con el paradero del encausado de autos, cítese y emplácese mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Karen Eliana Chacoma por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de decretar su Rebeldía Arts. 129, 303 y ccs. del Código Procesal Penal. A tal fín, líbrese edicto y oficio electrónico". Fdo. Dr. Antonio Claudio Mele. Juez.
mar. 15 v. mar. 21
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Jueza a cargo por disposición superior del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Morón, Dra. Graciela Angriman, en el marco de la causa correccional N 3789 seguida a Pablo Eduardo Springer por el delito de Encubrimiento Calificado del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese por el término de cinco 5 días, a PABLO EDUARDO SPRINGER, de nacionalidad argentina, de estado civil divorciado, empleado, hijo de Pablo y de Eusebio Haydé Obregón, titular del DNI N 22.419.249, nacido el día 11 de agosto de 1966, con último domicilio en la calle Maestro Ferreyra Nro. 3404 de la localidad y partido de San Miguel, provincia de Buenos Aires, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón N 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, Sección "a" de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Artículos 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: rón, marzo de 2022. Habida cuenta lo manifestado por la Defensa Oficial, toda vez que el causante no ha podido ser ubicado en el domicilio denunciado, desconociéndose su paradero actual, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Pablo Eduardo Springer, por el término de cinco días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su Comparendo. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P Firmado: Graciela Angriman. Jueza en lo Correccional.
mar. 15 v. mar. 21
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Antonio Claudio Mele, Titular del Juzgado en lo Correccional Nro. 2 del Departamento Judicial de Morón, en causa Nro. J-2986 I.P.P. Nro. 10-00-022905-18/00, seguida a LUCAS ALBERTO
LAZARTE en orden al delito de Encubrimiento Agravado, cítese y emplacese al nombrado Lazarte DNI 46.362.188, de nacionalidad argentina, nacido el día 27/8/1997 en C.A.B.A., hijo de Roberto Armando Lazarte y de Cristina Gramajo, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal a este Juzgado sito en la calle Colón 151, esquina Almirante Brown, edificio de Tribunales, 4 piso, sector "K" de la Ciudad y Partido de Morón, tel/fax: 4489-7969, email: juzcorr2-mo@jusbuenosaires.gov.ar dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de decretar su rebeldía. Arts. 129, 303 y ccs. del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente edicto: rón, 10 de marzo del 2022. Por recibida la vista que antecede y no habiendo logrado hasta el día de la fecha dar con el paradero del encausado de autos, cítese y emplácese a Lucas Alberto Lazarte mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de decretar su Rebeldía Arts. 129, 303 y ccs. del Código Procesal Penal. A tal fín, líbrese edicto y oficio electrónico". Fdo. Dr. Antonio Claudio Mele. Juez. Secretaría, 10 de marzo de 2022.
mar. 15 v. mar. 21

SECCIÓN JUDICIAL > página 8

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/03/2022 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date21/03/2022

Page count77

Edition count3396

Première édition02/07/2010

Dernière édition02/08/2024

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