Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/11/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 05 de noviembre de 2021

nov. 3 v. nov. 9
POR 5 DÍAS - El Juzg. Civil y Comercial Nro. Dos de Trenque Lauquen, Secretaría Única, sito en 9 de Julio 54, en autos Alexis Mateos Consignatario S.A. s/Quiebra Pequeña, - Expte. Nº 1060/2021, hace saber que el 22/10/2021 se ha decretado la Quiebra de ALEXIS MATEOS CONSIGNATARIO S.A., CUIT 30-70852341-7 con domicilio en calle La Fraternidad 460 de Henderson, Pdo. De H. Yrigoyen. Los acreedores podrán requerir verificación ante el síndico hasta 21/12/21. El fallido y los terceros deberán entregar al síndico los bienes de aquel. Serán ineficaces los pagos que se hagan al fallido. Síndico: Gimenez Juan Matias domicilio: 25 de Mayo Nº 905 de 8 a 12 y 15 a 18 horas; teléfono 02392 430616.
Verificaciones y/u observaciones podrán hacerse de forma telemática en estudiomoralejo@gmail.com; plataforma virtual https drive.google.com/drive/folders/1oUXkjyE6klsVEzwIuDBU8aKcACQyV0je?usp=sharing. Trenque Lauquen. María Planiscig, Abogada Secretaria.
nov. 3 v. nov. 9
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en causa N 560/12 I.P.P. N 03-02-000008-12 "Molina, Jose Maria, Encubrimiento en Mar Del Tuyú", de trámite por ante éste Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al co-infractor MOLINA JOSE
MARIA, DNI N 32.753.987, cuyo último domicilio conocido era en calle Real: Calle Bourquet N ó1352 Luis Guillón, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: "Dolores, 4 de agosto de 2021. Autos y vistos Y
considerando Por lo antes expuesto, Resuelvo: Primero: Sobreseer al ciudadano José María Molina, DNI N 32.753.987, nacido el día 22/01/1987 en la localidad de Tristán Suarez, de ocupación ayudante de albañil, de estado civil soltero, hijo de Ricardo José Molina y de Luz María Ciantia, con domicilio en calle Bourquet N 1352 de la localidad de Luz Guillón, provincia de Buenos Aires; en orden al hecho por el que fue requerido a juicio, por el delito de encubrimiento, previsto y reprimido por el Artículo 277 inc. 1 ap. C del Código Penal, ocurrido 03/01/2012 en la localidad de Mar del Tuyú, provincia de Buenos Aires, en razón de haber operado la prescripción de la acción penal. Rigen en el caso los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc.
2º, 67 del CP. y 341 del C.P.P.- Segundo: Regístrese. Notifíquese. Oportunamente practíquense las comunicaciones de ley". Fdo. Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a Cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Ante mi: Dra. Natalia Noemi Lovari, Abogada - Secretaria. Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: "Dolores, 29 de octubre de 2021. Autos y vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación del infractor Molina Jose Maria, provenientes de la Comisaría de Luis Guillón y atento a lo allí informado y no habiéndose podido notificarlo de la resolución dictada por el Juzgado, con fecha 4 de agosto de 2021; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Artículo 129 del C.P.P. Notifíquese al gente Fiscal y al Defensor Oficial". Fdo. Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a Cargo del Juzgado en lo Correccional. Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental.
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POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a la Sra. ROSANA CLAUDIA COMISSO, madre de la víctima de autos N.A.C, en causa Nº 14939-3 la Resolución que a continuación de transcribe: "rn del Plata, 29 de octubre de 2021. Autos Y Vistos: Atento el estado del presente incidente, en cuanto no se ha podido notificar a la víctima de autos, coresponderá librar edicto electrónico para cumplimentar con tal fin, haciendo saber que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado, notifíquese al mismo a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la Provincia de Buenos Aires". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
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POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Número 27 del Departamento Judicial de la Plata, a
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/11/2021 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date05/11/2021

Page count83

Edition count3392

Première édition02/07/2010

Dernière édition29/07/2024

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