Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/10/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 25 de octubre de 2021

casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes.
Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado. III.- En función de las víctimas que no fueron habidas en los autos principales, notifíquese a las mismas a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, de lo ordenado en el punto II.-, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
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POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús, Dr. Ramiro G. Varangot, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a MILAGROS BELÉN DEL
REY, a estar a derecho Artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2001-6393-21, seguidas al nombrado en orden al delito de Lesiones Leves Calificadas y Resistencia a la Autoridad. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: nús, 19 de octubre de 2021. En atención a lo que surge del informe de fecha 01 de septiembre de 2021 respecto a la imputada Milagros Belen Del Rey, y el informe de fecha 17 de septiembre del corriente, respecto del imputado Brian Javier Barrancos, en razón de ignorarse el domicilio de los encartado de autos, y la falta de aporte de otro dato por parte de la Defensa conf. decreto de fecha 23/9/2021, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza a la encausada Milagros Belen Del Rey y al incusado Brian Javier Barrancos, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días2. Ramiro G. Varangot, Juez. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado Rebelde Artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 19 de octubre de 2021.
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POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús, Dr. Ramiro G. Varangot, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a BRIAN JAVIER
BARRANCOS, a estar a derecho Artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2001-6393-21, seguidas al nombrado en orden al delito de Lesiones Leves Calificadas y Resistencia a la Autoridad. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: nús, 19 de octubre de 2021. En atención a lo que surge del informe de fecha 01 de septiembre de 2021 respecto a la imputada Milagros Belen Del Rey, y el informe de fecha 17 de septiembre del corriente, respecto del imputado Brian Javier Barrancos, en razón de ignorarse el domicilio de los encartado de autos, y la falta de aporte de otro dato por parte de la Defensa conf. decreto de fecha 23/9/2021, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza a la encausada Milagros Belén Del Rey y al incusado Brian Javier Barrancos, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Ramiro G. Varangot, Juez". Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado Rebelde Artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 19 de octubre de 2021. Martin Cantaro, Auxiliar Letrada.
oct. 25 v. oct. 29
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra.
Ana María Tenuta, cita y emplaza a GUSTAVO ENRIQUE APUD, en la causa Nº 07-02-20209-1701 Nº interno 7396 seguida al nombrado en orden al delito de Estafa, Uso de Documento Falso y Falsificación de Documento Público, por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de cuya resolución infra se transcribe: field 19 de octubre de 2021. Y Visto
Considerando Resuelvo: 1 Citar a Apud Gustavo Enrique por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de 5 días y en la forma establecida en el Artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía, Art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Notifíquese". Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria. Banfield, 19 de octubre de 2021.
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SECCIÓN JUDICIAL > página 23

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/10/2021 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date25/10/2021

Page count79

Edition count3401

Première édition02/07/2010

Dernière édition09/08/2024

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