Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/10/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 13 de octubre de 2021

electrónico juzcorr4-si@jusbuenosaires.gov.ar con el fin de ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo Rebelde Arts. 129, 303 y sstes. del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: Isidro, 30 de septiembre de 2021. En atención a lo informado por la Comisaría actuante en cuanto a que el encartado Hernandez Castro no se domicilia en el lugar oportunamente denunciado y a lo manifestado por las partes, intímese al imputado por edictos a que dentro del quinto día de publicados se comunique con este Juzgado vía telefónica 4575-4490/93 o correo electrónico juzcorr4-si@jusbuenosaires.gov.ar a fin de ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde Artículos 129, 303 y sstes. del Código Procesal Penal". Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: Evelyn Lakner, Secretaria. Secretaría, 30 de septiembre de 2021.
oct. 6 v. oct. 14
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a los herederos de DANIEL ALBERTO QUIROGA, con último domicilio en calle Avellaneda 4332 de Mar del Plata, en causa N INC-17482-2 seguida a Medina Yamil Aaron Lionel por el delito de Incidente de Salida Transitoria la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 24 de septiembre de 2021. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 27 de septiembre de 2021. Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, Sr. Quiroga Daniel, notifíquese a los herederos del mismo a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
oct. 6 v. oct. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., en causa N ME-140-2021-8020, caratulada: Rodriguez Nazareno Gaston s/Hurto en Nueve de Julio -B-, que tramita ante este Juzgado en lo Correccional N 3 de Mercedes B, se notifica al nombrado NAZARENO GASTON RODRIGUEZ, de la siguiente resolución: Autos y vistos: En virtud de lo informado por la Comisaria de 9 de Julio en el informe que antecede, notifíquese al imputado Nazareno Gaston Rodriguez por edicto intimándoselo a presentarse ante este Juzgado, en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, será declarado Rebelde Art. 129 del C.P.P Fdo. 29/09/2021. Dra.
Gisela Aldana Selva, Juez Subrogante. Mercedes, 30 de septiembre de 2021.
oct. 6 v. oct. 14
POR 5 DÍAS - En IPP PP-03-02-005907-21/01 caratulada "Ojeda, Nelson Osvaldo s/Robo Agravado Comisión con Efracción" de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado NELSON OSVALDO OJEDA cuyo último domicilio conocido era en calle Guiraldes N 270 Mar de Ajó, la siguiente resolución: "Villa Gesell, 01 de octubre del 2021.- Autos y vistos: Para resolver en relación a lo peticionado por la Defensa Oficial teniendo a la vista el la IPP 03-02-5907-21/01 de forma digital, la cual tramita ante éste Juzgado de Garantías N 4
de Mar del Tuyú Departamental a mi cargo por subrogación; y considerando: I. Que en el marco de la IPP de referencia la que instruye la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Nº 2 Departamental, surge que "Que el día 28 de septiembre de 2021, en un horario que no se puede precisar con exactitud pero siendo aproximadamente las 02:15 horas, dos sujetos adultos de sexo masculino posteriormente identificados como Feliciano Fabian Ruiz Diaz y Nelson Osvaldo Ojeda y un sujeto adulto de sexo femenino posteriormente identificado como Luciana Aylen Gonzalez se dirigieron al domicilio de calle Azopardo N 933 de la localidad de Mar de Ajó, a bordo del vehículo Peugeot 207 de color negro, y seguidamente ambos masculinos descendieron del rodado, escalaron un muro de 1.80 metros de altura ingresaron al patio de dicha vivienda, forzaron la puerta delantera en su parte inferior fracturándola, e ingresaron a la morada sin el consentimiento expreso ni presunto de su morador lugar en el que se apoderaron ilegítimamente de dos mil pesos en efectivo, elementos propiedad de la Sr. Jorge Hugo Montengro, todo ello mientras el sujeto de sexo femenino referido permanecía a modo de campana en el interior del vehículo con el objeto de dar aviso en caso de presencia policial y asegurando de ese modo la huida y procurarse impunidad, cooperando de ese modo con la ejecución del hecho, consumando de este modo el iter delictivo descripto, siendo posteriormente aprehendidos a bordo de dicho rodado Ruiz Diaz y Gonzalez por personal policial quien acude al lugar, dándose a la fuga Ojeda, con la res furtiva en su pode".- Que en orden a las circunstancias previamente mencionadas, surge la constitución del delito prima facie calificado conf. Art. 186
del CPP como robo agravado por efracción, por escalamiento y por sercometido en poblado y en banda, previsto en los artículos 167 inc. 3 y Art. 167 inc. 4 relación al Art. 163 inc. 4 y Art. 167 Inc. 2 del Código Penal resultando imputado en dicha investigación el encartado Nelson Osvaldo Ojeda. II. Sin perjuicio de que el mínimo de la pena establecida por el delito pudiera permitir la condenación condicional, lo cierto es que la escala penal del hecho es grave y supera ampliamente la media contemplada por el Art. 151 del CPP. Asimismo debo considerar que el encartado se encuentra prófugo, por lo que en caso de querer estar a derecho se haría presente en cualquier Comisaria o ante estos estrados.
Adundando a lo antes expuesto que conforme las constancias plasmadas en la presente IPP, entiende este Juez Garante, que se encuentran reunidos los presupuestos establecidos por por el Art. 151 del C.P.P., toda vez que a la luz de la prueba colectada emergen diferentes supuestos que habilitan al suscripto a presumir la existencia de peligros procesales que podrían obturar el cause investigativo, resultando indispensable el sostenimiento de la medida de coerción oportunamente dictada en autos, sin que la solicitud de eximición de prisión obture la posibilidad de ejecutar dicha orden. Que en idéntico sentido, corresponde dejar constancia que dichos presupuestos coinciden con el criterio expuesto por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal en el marco de las actuaciones caratuladas "Habeas Corpus Interpuesto por Dr. Estrada a favor de Beroy Marcos David en causa N 03-6791-14" causa N 16.666" donde en su parte pertinente la Dra. Yaltone
SECCIÓN JUDICIAL > página 13

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/10/2021 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date13/10/2021

Page count76

Edition count3381

Première édition02/07/2010

Dernière édition12/07/2024

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