Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 01 de julio de 2021

Art. 89 y 150 del Código Penal, de conformidad con lo normado por los Arts. 62 inc. 2, 67 inc. D del Código Penal. II.Sobreseer total y definitivamente a Nestor Javier Gimenez, titular del DNI Nº 31.757.213, de nacionalidad argentina, nacido el día 27 de abril de 1980, en Quilmes, soltero, desempleado, hijo de Antonia Gimenez, con domicilio en calle Misiones N
1366 de la localidad de Bernal, partido de Quilmes, por el delito que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 14 de septiembre de 2018 en Quilmes Art. 89 y 150 del C.P. y Arts. 322, 323 inc. 1 y 341 del C.P.P.. III.- Declarar Extinguida la Acción Penal por Prescripción en Causa N 5253 seguida a Cristian Osvaldo Paniagua, por el delito de lesiones leves Art. 89 del Código Penal, de conformidad con lo normado por los Arts. 62 inc. 2, 67 inc. D del Código Penal. IV.- Sobreseer total y definitivamente a Cristian Osvaldo Paniagua, titular del DNI Nº 31.993.027, de nacionalidad argentina, nacido el día 12 de febrero de 1986, en Avellaneda, soltero, changarín, hijo de Osvaldo Paniagua y Antonia Gimenez, con domicilio en calle Bolivia N 3915 de la localidad y partido de Quilmes, por el delito que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 14 de septiembre de 2018 en Quilmes Art. 89 del C.P. y Arts. 322, 323 inc. 1 y 341
del C.P.P.. V.- Declarar Extinguida la Acción Penal por Prescripción en Causa N 5253 seguida a Braian Ariel Luque, por los delitos de hurto, lesiones leves y violación de domicilio Art. 89, 150 y 162 del Código Penal, de conformidad con lo normado por los Arts. 62 inc. 2, 67 inc. D del Código Penal. VI.- Sobreseer total y definitivamente a Braian Ariel Luque, titular del DNI Nº 39.484.006, de nacionalidad argentina, nacido el día 19 de enero de 1996, en Quilmes, soltero, empleado, hijo de Omar José Luque y de Sandra Gabriela Rua, con domicilio en calle Andrade N 658 de la localidad y partido de Quilmes, por el delito que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 14 de septiembre de 2018 en Quilmes Art.
89, 150 y 162 del C.P. y Arts. 322, 323 inc. 1 y 341 del C.P.P.. Regístrese, notifíquese al Sr. Fiscal y a los Sres.
Defensores Oficiales mediante cédula electrónica. A fin de no dilatar más el libramiento de las comunicaciones de la resolución que antecede, en tanto que la misma no causa gravamen a quienes fueran imputados de autos, cúmplase con la notificación a Néstor Javier Gimenez, Cristian Osvaldo Paniagua y Braian Ariel Luque, mediante publicación de la misma en el Boletín Oficial. A tal fín líbrese oficio. Por último, cúmplase con la comunicaciones de ley. Fecho, archívese."- Fdo.
Sandra Claudia Martucci. Juez.
jul. 1 v. jul. 7
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata sito en calle Alte. Brown 2046, 6 piso, Mar del Plata, Tel. 0223 4956666 int. 304/5, CP 7600, en los autos Nº 13453 seguida a RICARDO AGUSTIN MENESES por el delito de Robo en Grado de Tentativa, Resistencia a la Autoridad y Lesiones Leves Agravadas, se deberá publicar por el término de cinco días y sin cargo alguno Art. 129 del C.P.P. en el Boletín Oficial la notificación que a continuación se transcribe: "Causa nro. 13453 IPP 08-01-00151820 Juzgado Correccional N 2 Mar del Plata, 3 de marzo de 2021. Autos y Vistos: Habiendo quedado firme el pronunciamiento dictado con fecha 29 de octubre de 2020 respecto del co-encausado Ricardo Agustin Meneses ordénase la realización de las siguientes medidas: 1. Cúmplase con lo normado por el Art. 22 del Acuerdo 2840 de la S.C.J.B.A., librándose el correspondiente oficio a la Secretaría de Gestión Administrativa Departamental Ac. 3511 de la S.C.J.B.A.. 2. Practíquense las comunicaciones correspondientes al Registro Nacional de Reincidencia y al Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Buenos Aires. 3. Teniéndose presente lo informado por la Sra. Actuario y lo dispuesto por los Arts. 530, 533 y ccdtes. del Cód. Proc. Penal, Art. 7 de la Ley 4.552 y normativa fiscal vigente -Ley 15.079, Art. 77-, fíjase la suma de Pesos Trescientos Noventa $390 en concepto de costas del proceso, intimándose al obligado al pago en el término de cinco 5 días de notificado, bajo apercibimiento de ley. Líbrese oficio Notifíquese."- Fdo. Dra. Ana María Fernández, Juez Correccional. Fdo. María Laura Villlalba, Secretaria.
jul. 1 v. jul. 7
POR 5 DÍAS - En IPP PP-03-02-003919-20/00 caratulada "Usurpación de Inmueble" de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del Dr. Gastón Giles por licencia del titular, Secretaría a cargo del autorizante, de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado MIGUEL ÁNGEL SANCHEZ cuyo último domicilio conocido era en calle 46 N 1647 de Santa Teresita, la siguiente resolución: "Mar del Tuyú, 07 de septiembre de 2020. Autos y Vistos: Proveyendo la solicitud de desalojo esgrimída por la titular de la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Nº 11 Departamental, Dr. Pablo Gastón Gamaleri, teniendo para ello a la vista la investigación Penal Preparatoria Nº PP-03-02-003919-20/00 Y Considerando I
Que el denunciante Ricardo Mario Charette a fs. 01 y vta. y 209 vta., manifiesta haber sido desposeído de la vivienda de su propiedad complejo de seis departamentos, sitos en calle 4 N 1846, siendo los usurpados los identificados como N 2, 3 y 5 solicitando se arbitren los medios para que sean expulsados los presuntos usurpadores haciendo cesar los efectos del delito y le sea restituída la vivienda en cuestión. II Que a criterio del suscripto la procedencia o improcedencia de lo solicitado debe ser abordada desde el instituto de las medidas cautelares previstas en los Arts. 197 a 200 y 231 bis del Código de Procedimiento Penal y aplicando a lo correspondiente las normas del procedimiento civil y comercial. III Que tras un profundo análisis de los elementos colectados en la presente a saber, acta de procedimiento obrante a fs. 01/04, acta de procedimiento de fs. 05/05vta., denuncia penal de fs. 07/08vta., declaración testimonial de fs. 12/12vta., acta de inspección ocular de fs. 13/13vta., croquis de fs. 14, placas fotográficas de fs. 15/15vta., documental de fs. 19/33, 35/38, 46/91, placas fotográficas de fs. 92/108, presentación de fs. 109/118, croquis de fs. 133, acta de fs. 134, placas fotográficas de fs. 135, declaraciones testimoniales de fs. 136/136vta., 140/141vta., documental de fs. 122/147 y demás constancias de autos, entiende el firmante que corresponde hacer lugar a lo solicitado por el Sr. Agente Fiscal, en orden a los argumentos que a continuación se expondrán. IV Que es justo el requerimiento de la víctima en tanto pretende evitar la prolongación del estado antijurídico Art. 83 inc 7º, resultando procedente la medida cautelar de expulsión de quienes actualmente ocupen el inmueble y restitución del mismo a quien fuera su tenedor pacífico. V Que todo lo expuesto lleva al suscripto a suponer que existe verosimilitud en el derecho invocado por la denuciante y la probabilidad de que se cause un perjuicio irreparable de no tomarse una medida que evite la prolongación de los efectos de una conducta "prima facie" ilícita Art. 146
del C.P.P.. Por ello, en orden a lo considerado y lo determinado por Arts. los 197 a 200 y 231 bis del Código de Procedimiento Penal; Arts. 2460, 2468 y ccds. del C.C., Resuelvo:1. Disponer como Medida Cautelar la expulsión del imputado Miguel Ángel Sanchez y la totalidad de los ocupantes, de los inmueble sitos en a El el departamento N 2
ubicado en planta baja lado derecho correspondiente al complejo de departamentos ubicado en calle 4 numeral 1846 entre calle 45 y 46 de la localidad de Santa Teresita, que dicho complejo cuenta con un total de seis 06 departamentos distribuidos en tres 03 departamentos en planta baja y otros tres 03 departamentos en planta alta, siendo el mismo el
SECCIÓN JUDICIAL > página 35

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2021 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date01/07/2021

Page count89

Edition count3391

Première édition02/07/2010

Dernière édition26/07/2024

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