Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 07 de junio de 2021

jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a JONATAN MARCELO ALEJANDRO AYALA, en la causa Nro. 5562-P del registro de éste Juzgado, quien manifestó ser titular del Documento Nacional de Identidad Nro.
36.560.079, argentino, nacido el 7 de septiembre de 1991 en Tigre, soltero, hijo de Rubén Daniel Soler y de Andrea Gabriela Ayala, con último domicilio conocido en la calle César de Olivera 1020 de la localidad de Maquinista Savio, provincia de Buenos Aires, e identificado mediante prontuario policial de la sección AP nº 1.315.924, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comunicarse con este Juzgado vía telefónica 4575-4490/93 o correo electrónico juzcorr4-si@jusbuenosaires.gov.ar con el fin de ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo Rebelde Arts. 129, 303 y sstes. del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: Isidro, 28 de mayo de 2021. En atención a lo informado por la comisaría actuante y a lo manifestado por las partes, intímese al imputado Ayala por edictos a que dentro del quinto día de publicados se comunique con este Juzgado vía telefónica 4575-4490/93 o correo electrónico juzcorr4-si@jusbuenosaires.gov.ar a fin de ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde Artículos 129, 303 y sstes. del Código Procesal Penal."
Fdo.: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: Evelyn Lakner, Secretaria. 28 de mayo de 2021.
jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial número 1 del Departamento Judicial de La Plata a cargo de la Dra. María Cecilia Valeros de Córica, en autos caratulados "Bonuccelli Esther Carolina s/Quiebra Pequeña", Expte. 825986, se ha decretado con fecha 24 de junio de 2020, la Quiebra de ESTHER CAROLINA BONUCCELLI, DNI 3.947.382, CUIL 20-03947382-3, con domicilio real en calle 121 Nº 437 e/527 y 528, La Plata, habiendo sido designada la Síndico Cra. Erika Paola Aragón Szybisty. Los acreedores podrán presentar sus pedidos verificatorios hasta el día 06 de agosto de 2021, de optarse por la verificación presencial, se hará en calle 57 N 632, Piso 3 A, La Plata, de lunes a viernes de 15 a 18 hs., previo solicitud de turno al celular 221-4817936, 221-5085628, y/o correo electrónico consulpyano@hotmail.com. De optarse por la verificación electrónica, se deberá enviar pedido verificatorio de su crédito, como sus títulos justificativos escaneados y enviados en archivos PDF, al correo electrónico citado. En el caso de corresponder abonar Arancel, se efectuará a través de transferencia bancaria al Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta 5017-81297/8, CBU: 0140075503501708129789. El vencimiento para formular observaciones es hasta el 24 de agosto de 2021. Se presentará informe individual de créditos el día 21 de septiembre de 2021 e informe general el día 04 de noviembre de 2021. Se intima a la fallida y a terceros poner a disposición del Síndico bienes y documentación que tengan en su poder. Se prohíbe que se le efectúen pagos, o entrega de bienes, de cualquier naturaleza, haciéndose saber a quienes lo hicieran que serán considerados ineficaces. La Plata, mayo de 2021. Guillermina B. Di Luca. Secretaria.
jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a la víctima de autos Sr. ARMANDO AUGUSTO PEVETRELLI, en causa nro. 17405 seguida a Sañudo Jonatan Mauricio por el delito de Robo Agravado la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 11
de mayo de 2021. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aún cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aún cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima - En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs., al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado."- Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución.- A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 28 de mayo de 2021. Autos Y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art.
129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como Falta de Voluntad para participar del proceso."- Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. Maria B. Martino. Secretario.
jun. 3 v. jun. 9

SECCIÓN JUDICIAL > página 17

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2021 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date07/06/2021

Page count78

Edition count3385

Première édition02/07/2010

Dernière édition18/07/2024

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